Resumen rápido
La Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales obliga a inscribir en el censo municipal a todos los perros, gatos y hurones. Antes del censo necesitas microchip, vacunación al día y, para los perros, seguro de responsabilidad civil obligatorio para todas las razas (cobertura mínima 120.000 €). Los plazos son 3 meses para cachorros, 30 días para adopciones o cambios de domicilio y 48 horas para denunciar pérdida o robo.
¿Qué es el Censo Animal?
El Censo de Animales de Compañía es un registro municipal y autonómico donde debes inscribir a tu mascota. Desde la entrada en vigor de la Ley 7/2023 de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, el registro es obligatorio para todos los perros, gatos y hurones en España.
¿Es realmente obligatorio?
Sí. La nueva ley establece que todo animal de compañía debe estar inscrito en el registro de su comunidad autónoma. El incumplimiento puede acarrear multas de 500 € a 10.000 € según la comunidad autónoma.
¿Qué animales hay que censar?
| Animal | ¿Obligatorio? | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Perros | Sí | Siempre (reforzado 2023) |
| Gatos | Sí | Ley 7/2023 |
| Hurones | Sí | Ley 7/2023 |
| Aves, reptiles, exóticos | Depende de la CCAA | Varía |
Requisitos previos
Antes de inscribir a tu mascota en el censo necesitas:
- Microchip implantado — Obligatorio desde cachorro (antes de 3 meses). Lo hace un veterinario autorizado y se registra en la base de datos REIAC.
- Cartilla sanitaria — Con las vacunas al día (obligatoria la antirrábica en la mayoría de CCAA).
- Seguro de responsabilidad civil — Obligatorio para perros (cobertura mínima 120.000 €). Desde la Ley 7/2023 aplica a todas las razas, no solo a los considerados "peligrosos".
Cómo registrar a tu mascota paso a paso
Paso 1: Implantación del microchip
Acude a un veterinario autorizado. El coste oscila entre 30 € y 50 €. El veterinario registrará el chip en la base REIAC.
Paso 2: Vacunación
Asegúrate de que tu mascota tiene la vacuna antirrábica vigente. Es obligatoria en todas las CCAA excepto Galicia, País Vasco, Asturias y Cataluña (aunque se recomienda).
Paso 3: Contratar el seguro de RC
Para perros, necesitas un seguro de responsabilidad civil. Desde 2023 es obligatorio para todos los perros, no solo razas "peligrosas". Coste aproximado: 30-70 €/año.
Paso 4: Solicitar cita en el Ayuntamiento
La inscripción en el censo se realiza en tu Ayuntamiento o junta municipal. En muchas ciudades se puede hacer online a través de la sede electrónica.
Paso 5: Presentar documentación
- DNI/NIE del propietario
- Cartilla sanitaria del animal con microchip y vacunas
- Póliza del seguro de RC (para perros)
- Justificante de pago de la tasa municipal (varía: 0 € - 30 €)
Paso 6: Recibir la placa censal
El Ayuntamiento te entregará una placa identificativa con el número de censo. Debe ir siempre en el collar del animal.
Plazos importantes
| Situación | Plazo |
|---|---|
| Nuevo cachorro | 3 meses desde el nacimiento |
| Adopción / compra | 30 días desde la adquisición |
| Cambio de domicilio | 30 días desde el cambio |
| Fallecimiento del animal | 30 días para dar la baja |
| Pérdida o robo | 48 horas para comunicar |
¿Qué pasa si NO censas a tu mascota?
Las sanciones varían por comunidad autónoma:
| Gravedad | Multa |
|---|---|
| Leve (no censar) | 500 € – 10.000 € |
| Grave (no identificar con chip) | 10.001 € – 50.000 € |
| Muy grave (abandono) | 50.001 € – 200.000 € |
Curso obligatorio para nuevos propietarios de perros
La Ley 7/2023 establece que todo nuevo propietario de perro debe realizar un curso de formación gratuito antes de obtener la licencia de tenencia. El curso cubre:
- Necesidades básicas del animal
- Legislación vigente
- Convivencia y tenencia responsable
El certificado del curso es necesario para la licencia de tenencia, que a su vez es requisito para el censo.
Trámites relacionados en GovEasy
GovEasy te ayuda con todos los trámites de tu mascota:
- 📋 Censo animal — Guía paso a paso de tu ayuntamiento
- 🔖 Microchip e identificación — Veterinarios autorizados cercanos
- 📄 Licencia de tenencia de perro — Documentación y cita
- ✈️ Pasaporte europeo animal — Para viajar con tu mascota por la UE
- 🔄 Cambio de titularidad — En caso de adopción o cesión
- ❌ Baja por fallecimiento — Comunicación obligatoria al censo
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Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio censar a los gatos en España?
Sí, desde la entrada en vigor de la Ley 7/2023 todos los gatos deben tener microchip y estar inscritos en el censo de animales de compañía (municipal o autonómico, según la comunidad).
¿Necesito seguro para mi perro aunque no sea PPP?
Sí. La Ley 7/2023 extiende la obligación de seguro de responsabilidad civil a todos los perros, no solo los considerados potencialmente peligrosos. La cobertura mínima recomendada es de 120.000 €.
¿Qué multa hay por no censar al animal?
La Ley 7/2023 tipifica como infracción leve (500–10.000 €) no inscribir al animal en el censo, y como infracción grave (10.001–50.000 €) no identificarlo con microchip cuando es obligatorio.
¿Cuánto cuesta dar de alta a mi mascota?
El microchip suele costar 30–50 € (lo implanta y registra el veterinario), la vacuna antirrábica 25–40 €, el seguro RC entre 30 y 70 €/año y la tasa municipal de censo varía entre 0 y 30 € según ayuntamiento.
¿Tengo que hacer un curso para tener perro?
La Ley 7/2023 prevé un curso de formación gratuito sobre tenencia responsable. Su exigibilidad efectiva depende del desarrollo reglamentario y de la comunidad autónoma; en algunos municipios ya es requisito para obtener la licencia.
Fuentes oficiales
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