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Registro de Franquiciadores en España

Procedimiento obligatorio para empresas que desean operar como franquiciadores en España, gestionado por el Registro Mercantil y supervisado por la AEAT. Es imprescindible para iniciar actividad de franquicia y cumplir con la Ley 7/1996.

Fuente oficial enlazadaAhorro estimado ~70 min8 documentos clave
Plazo
1–4 semanas
Coste
Variable según provincia y volumen de documentación
Complejidad
Alto
Oficial
Validado
  1. 1.Preparar toda la documentación exigida, incluyendo contrato tipo y manual de franquicia.
  2. 2.Acceder a la sede electrónica del Registro Mercantil correspondiente a la provincia de la sociedad.
  3. 3.Solicitar cita previa presencial u online para el trámite de inscripción como franquiciador.
  4. 4.Presentar la documentación en el Registro Mercantil y abonar la tasa correspondiente.
  5. 5.Obtener el justificante de inscripción y comunicar el alta a la AEAT mediante el Modelo 036 en https://sede.agenciatributaria.gob.es.
  6. 6.Actualizar el registro anualmente con la documentación requerida según la Ley 7/1996.

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