Depósito de Cuentas anuales en el Registro Mercantil
Toca presentar las cuentas anuales de tu sociedad en el Registro Mercantil. Es para SL, SA y similares que cierran ejercicio y aprueban cuentas: sin esto te cierran el registro y pueden caerte multas.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Registro Mercantil / AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Ver la guíaInformación oficial verificada y actualizada.
Hecho por profesionales
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Ver gestores disponiblesPago protegido: el gestor solo cobra cuando el trabajo avanza.
- 1.Apruebas las cuentas en junta dentro de los 6 meses siguientes al cierre y firmas la certificación de aprobación.
- 2.Descargas e instalas el programa D2 desde registradores.org y metes datos, adjuntas las cuentas en PDF y lo que toque. El D2 te genera el fichero para el depósito.
- 3.Entras en https://www.registradores.org/registro-mercantil/deposito-de-cuentas, te identificas con certificado digital o Cl@ve Firma y subes el fichero del D2.
- 4.Pagas los aranceles online (TPV o lo que te ofrezca el portal) y guardas el justificante.
- 5.Si prefieres presencial: pides cita en tu Registro Mercantil provincial (directorio en https://www.registradores.org/registro-mercantil/registro-mercantil-provincial), imprimes la instancia y llevas toda la documentación para que te la sellen y pagas allí.
- 6.Revisas las notificaciones: si hay defectos, subsanas desde tu área privada o llevando la documentación que te pidan. Cuando lo califican, te descargas el recibo de depósito.
- Cuentas anuales según modelo que te toca: Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria (más ECPN y Flujos de Efectivo si vas por modelo normal)
- Certificación de aprobación de cuentas y aplicación del resultado, firmada por el órgano de administración
- Informe de auditoría (y, si aplica, informe de gestión) si estás obligado o si te has auditado voluntariamente
- Hoja de titularidad real (identificación de socios/beneficiarios efectivos)
- Instancia de presentación y Hoja de datos generales de identificación (se generan con el programa D2)
- Justificante de presentación del Modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades o declaración de exención, si procede
- Justificante del pago de aranceles (si presentas telemáticamente: pago con tarjeta; si presencial, el resguardo que te den)
Plazos legales
Tienes 1 mes desde la aprobación de las cuentas para depositarlas. Si cierras a 31/12 y apruebas el 30/06, el límite orientativo es el 30/07.
Multas y cierre registral
No depositar puede suponer multa de 1.200€ a 60.000€ (hasta 300.000€ si facturas >6M) y cierre registral: no podrás inscribir casi nada hasta ponerte al día.
Tecnología puñetera
El D2 necesita Java. En Mac y Linux a veces da guerra; si se cuelga, usa Windows o una versión de Java estable. Cl@ve simple no te vale: usa Cl@ve Firma o certificado digital.
Modelo 200
Muchos registros piden el justificante del Modelo 200 o declaración de exención. Presenta el IS antes o lleva el justificante, o te suspenderán el depósito.
¿Hasta cuándo puedo depositar las cuentas?
Un mes desde que las apruebas. Si el ejercicio cierra el 31 de diciembre y apruebas el 30 de junio, el límite es el 30 de julio.
¿Me pueden multar si no deposito?
Sí. Multas de 1.200€ a 60.000€ (hasta 300.000€ si facturas más de 6 millones) y cierre registral. Además, Hacienda cruza datos y te puede revisar el IS.
¿Hace falta auditor para poder depositar?
Solo si estás obligado a auditar o te has auditado voluntariamente. Si te toca auditar y no adjuntas informe, te rechazan el depósito.
¿Puede presentar mi gestor/a por mí?
Sí. Con su certificado digital y apoderamiento suficiente. En presencial, con autorización y la documentación firmada por el órgano de administración.
¿Tengo que presentar antes el Modelo 200?
Lo recomendable es sí. Hay registros que piden el justificante del 200 o acreditación de exención. Si no lo aportas, es habitual que te suspendan hasta que lo presentes.
¿Cuánto tardan en calificar?
Fuera de campaña, 1–2 semanas. En junio-julio se puede ir a 3–4 semanas. Si hay defectos, el reloj se alarga lo que tardes en subsanar.
¿Qué es Depósito de Cuentas y ante qué organismo se presenta?
Depósito de Cuentas es un trámite gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Trámite oficial de Depósito de Cuentas gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Depósito de Cuentas?
El coste de Depósito de Cuentas es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de Registro Mercantil / AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Depósito de Cuentas?
El tiempo estimado para Depósito de Cuentas es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Registro Mercantil / AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Depósito de Cuentas?
Para Depósito de Cuentas el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Depósito de Cuentas necesita cita previa?
Sí, Depósito de Cuentas normalmente requiere cita previa en Registro Mercantil / AEAT. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Depósito de Cuentas obliga a inscripción en el Registro Mercantil?
Determinadas operaciones derivadas de Depósito de Cuentas requieren inscripción registral. Confirma con tu asesor o con el Registro Mercantil provincial la necesidad concreta en tu caso.
¿Depósito de Cuentas aplica a autónomos y a sociedades?
Depósito de Cuentas puede afectar de forma distinta a autónomos y a sociedades. Revisa las obligaciones específicas de tu forma jurídica antes de presentarlo.
¿Depósito de Cuentas genera obligaciones periódicas adicionales?
Algunos trámites empresariales como Depósito de Cuentas implican obligaciones posteriores (declaraciones, libros, depósito de cuentas). Planifícalo con tu asesor para evitar sanciones.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Apruebas las cuentas en junta dentro de los 6 meses siguientes al cierre y firmas la certificación de aprobación.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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