Autorización de trabajo para extranjeros (cuenta ajena, cuenta propia o estudiante)
Permiso para que, si eres extranjero no UE, puedas trabajar legalmente en España. Sirve tanto si te contrata una empresa, montas algo por tu cuenta o estás con estancia por estudios y quieres currar unas horas.
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- 1.Entras con Cl@ve o certificado en la plataforma telemática (Mercurio Extranjería): https://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html
- 2.Descargas y rellenas el modelo que te toca (EX-03, EX-07 o EX-12), lo firmas (firma electrónica o manuscrita escaneada) y preparas los PDFs
- 3.Generas y pagas la tasa Modelo 790 código 052 (epígrafe de tu autorización) y guardas el justificante para adjuntarlo
- 4.Presentas la solicitud telemática en Mercurio adjuntando formulario y documentos; anota el número de expediente
- 5.Esperas la resolución; si es favorable y eres cuenta ajena, la empresa te da de alta en la Seguridad Social y empiezas a trabajar
- 6.Con la concesión, pides huellas para la TIE y pagas la tasa 790-012 en Policía: cita en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html y tasa en https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/
Acción inmediata
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goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
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