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NIE de ciudadano de la UE (EX-18) – Certificado de registro

Cita previa en comisaría: 3–6 semanas de espera media. Activa Radar y te avisamos antes.

Si eres de la UE/EEE y vas a vivir en España más de 3 meses, toca inscribirte con el EX-18 y te asignan el NIE en el acto. Es la famosa “hoja verde” de Extranjería.

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Cumplimentación con IA

Rellena el modelo oficial EX-18 con IA

Descarga el modelo oficial gratis, o deja que la IA lo rellene con tus datos y te entregue el PDF por 4,99 €.

Fuente oficial enlazada6 pasos8 documentos
Plazo
En el acto en ventanilla (la cita suele tardar 1–4 semanas)
Coste
12–15€ tasa 790-012 (Certificado de registro ciudadano de la UE)
Oficial
Fuente oficial

Qué hace GovEasy

  • Prepara el expediente y la documentación
  • Detecta errores frecuentes antes del envío
  • Guarda tu progreso y te avisa de plazos

Qué hace el organismo

Policía Nacional / Ministerio de Inclusión

  • Recibe y revisa tu solicitud
  • Emite la resolución o el documento oficial

Guía completa

Lo que necesitas tener a mano
  1. Pasaporte o DNI original y copia.
  2. Tasa 790-012 pagada (epígrafe: Certificado de registro UE).
  3. EX-18 relleno y firmado.
  4. Padrón (menos de 3 meses).
  5. Prueba de actividad: contrato + alta en SS, o alta en RETA, o matrícula si estudias.
  6. Seguro médico si no trabajas (cobertura completa en España, sin copagos).
  7. Medios económicos si no trabajas: extractos bancarios de varios meses.
Documentación
  • Identificación: Pasaporte/DNI original y copia.
  • EX-18: cumplimentado legible, con domicilio real.
  • Tasa 790-012: justificante con NRC o sello del banco.
  • Empadronamiento: certificado reciente.
  • Trabajo por cuenta ajena: contrato y alta en Seguridad Social (informe de situación desde Import@ss).
  • Autónomo: resolución de alta en RETA (TGSS) y, si la tienes, alta en Hacienda.
  • Estudiante: matrícula, seguro médico y declaración de medios.
  • Sin actividad: seguro médico + extractos bancarios que acrediten recursos.
Paso a paso
  1. Rellena el EX-18 desde extranjeros.inclusion.gob.es (Unión Europea). No inventes datos.
  2. Paga la tasa 790-012 en sede.policia.gob.es/Tasa790_012/Tasa790_012.htm. Marca el concepto correcto y guarda el NRC/justificante.
  3. Pide cita en sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html → selecciona tu provincia y “Certificado de registro de ciudadano de la Unión”.
  4. Descarga tus informes: si trabajas/autónomo, saca el informe de afiliación/alta en importass.seg-social.es.
  5. Consigue el padrón en la sede de tu ayuntamiento (que no tenga más de 3 meses).
  6. Prepara el sobre: EX-18, tasa, identificación, padrón, pruebas de trabajo/estudio/recursos, seguro médico.
  7. Acude a la cita: revisan la carpeta y, si todo está bien, te entregan el certificado con tu NIE en el acto.
Trucos que te ahorran tiempo
  • Citas: entra a primera hora (muchas salen a las 8:00). Chrome suele ir mejor que otros.
  • Epígrafe de la tasa: es lo típico que hace perder días. Verifica que pone “Registro ciudadano UE”.
  • Seguro médico: evita pólizas con copagos o “viaje”. Te las van a tumbar.
  • Import@ss: el informe de situación/alta se descarga en 2 minutos con Cl@ve o SMS.
  • Empadronamiento: pídelo con tiempo; algunos ayuntamientos tardan.
Errores frecuentes
  1. Tasa mal pagada (epígrafe equivocado): te mandan a pagar otra vez.
  2. Padrón caducado: si pasa de 3 meses, no lo aceptan.
  3. Seguro insuficiente: pólizas con copagos o límites ridículos → denegación.
  4. No llevar alta en SS: contrato sin alta no sirve.
  5. Datos falsos en EX-18: domicilio incorrecto o teléfono que no existe → problemas si te notifican.
  6. Presentarte sin cita: salvo milagro, vas a perder la mañana.
  1. 1.Descargas y rellenas el EX-18 en extranjeros.inclusion.gob.es (apartado Unión Europea)
  2. 2.Generas y pagas la tasa 790-012 en sede.policia.gob.es/Tasa790_012/Tasa790_012.htm (guarda NRC o justificante sellado)
  3. 3.Pides cita para “Certificado de registro de ciudadano de la Unión” en sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html
  4. 4.Si trabajas/eres autónomo, descargas tu informe de afiliación/alta en importass.seg-social.es
  5. 5.Imprimes padrón y reúnes todo (EX-18, tasa, documentos de trabajo/estudios/recursos, pasaporte/DNI)
  6. 6.Vas a la cita en la Comisaría/Oficina de Extranjería; te revisan todo y te entregan el certificado con tu NIE en el acto
  • Pasaporte o DNI de tu país (original y copia)
  • Modelo EX-18 cumplimentado y firmado
  • Justificante de pago de la tasa Modelo 790 código 012 (epígrafe: Certificado de registro UE)
  • Certificado de empadronamiento (emitido hace menos de 3 meses)
  • Si trabajas por cuenta ajena: contrato y alta en Seguridad Social (Informe de situación desde Import@ss)
  • Si eres autónomo: alta en RETA (resolución TGSS) y tu alta en Hacienda si la tienes
  • Si estudias: matrícula y seguro médico, más declaración de medios económicos
  • Si no trabajas: seguro médico sin copagos y prueba de recursos (extractos bancarios de varios meses)

¿Qué necesito para completar NIE Comunitario sin que me lo rechacen?

NIE Comunitario tiene una tasa oficial de 10–20€ en Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 7 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. La extensión de GovEasy rellena los 4 campos del formulario EX-18 con tus datos guardados y valida cada uno antes de enviarlo, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.

  • Cl@ve activa (PIN o permanente)
  • GovEasy (extensión + gestor colegiado)
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Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.

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Tu progreso

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  1. Entender
  2. Preparar
  3. Ejecutar
  4. Seguimiento

Tu siguiente paso

1.Descargas y rellenas el EX-18 en extranjeros.inclusion.gob.es (apartado Unión Europea)

  • Validamos la documentación antes del envío
  • Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
  • Te avisamos de plazos y cambios de estado

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