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Preparación guiada en goveasy
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Reagrupación familiar (autorización y TIE tras entrar en España)

Cita previa en comisaría: 3–6 semanas de espera media. Activa Radar y te avisamos antes.

Pides que te dejen traer a tu familia a vivir contigo legalmente en España. Sirve si ya tienes residencia en regla y cumples requisitos de ingresos y vivienda.

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Empezar trámiteAsistente IA Hablar con gestor
Fuente oficial enlazadaAhorro estimado ~70 min8 documentos clave
Plazo
3–8 semanas para la resolución; la TIE llega en 1–2 semanas tras huellas
Coste
Tasa 790-052 (autorización): ~10–12€ + TIE 790-012 (huellas): ~16–21€
Complejidad
Alto
Oficial
Fuente oficial

Qué hace GovEasy

  • Prepara el expediente y la documentación
  • Detecta errores frecuentes antes del envío
  • Guarda tu progreso y te avisa de plazos

Qué hace el organismo

Policía Nacional / Ministerio de Inclusión

  • Recibe y revisa tu solicitud
  • Emite la resolución o el documento oficial

Guía completa

Lo que necesitas tener a mano
  1. Cl@ve o certificado digital para presentar el EX-02 online.
  2. Contrato de alquiler/escritura y empadronamiento actualizados.
  3. Ingresos estables: nóminas, contrato y banco.
  4. Certificados extranjeros (matrimonio/nacimiento) apostillados y traducidos.
  5. Paciencia para el Informe de vivienda adecuada y para la cita de huellas.
Documentación
  1. EX-02 cumplimentado y firmado.
  2. Pasaporte completo del familiar a reagrupar y tu TIE/NIE y pasaporte.
  3. Certificado literal de matrimonio o nacimiento, apostilla/legalización y traducción jurada (menos de 6 meses).
  4. Informe de vivienda adecuada del Ayuntamiento/CCAA (contrato/escritura, plano, cédula si la piden).
  5. Medios económicos: contrato, nóminas 6 meses, IRPF, vida laboral, extractos.
  6. Empadronamiento del reagrupante (y convivientes si procede).
  7. Modelo 790-052 pagado (justificante).
  8. Seguro médico si no cotizas/estás de alta.
Paso a paso
  1. Pide el Informe de vivienda en tu Ayuntamiento/CCAA (Servicios Sociales). Tardan y caduca, así que primero esto.
  2. Rellena y firma el EX-02. Escanea todo en PDF legible.
  3. Presenta telemáticamente por Mercurio con Cl@ve/certificado: sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html.
  4. Paga la tasa 790-052 en sede.administracionespublicas.gob.es/tasasExtranjeria/inicio y sube el justificante.
  5. Atiende requerimientos si te llegan por Carpeta Ciudadana. Tienes plazos cerrados.
  6. Concesión: descarga la resolución. Tu familiar pide visado en el consulado (exteriores.gob.es/Consulados/Paginas/index.aspx).
  7. Entrada en España y TIE: cita en sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html, paga 790-012 (sede.policia.gob.es/Tasa790_012/), lleva EX-17, fotos, pasaporte, visado y resolución.
Trucos que te ahorran tiempo
  1. Sube PDFs claros y un índice de documentos en la primera página.
  2. Certificados recientes: no esperes al último día, pero tampoco los saques con meses de antelación.
  3. Prueba citas a primera hora (07:55–08:10) y a mitad de mes. Cambia de comisaría dentro de tu provincia.
  4. Carpeta Ciudadana abierta y con avisos activados. Muchas notificaciones se pierden por email.
  5. Si tus ingresos van justos, añade avales (contrato indefinido, antigüedad, saldo bancario) y evita denegaciones por economía.
Errores frecuentes
  1. No tener 1 año de residencia del reagrupante o no poder renovar otro año: denegación directa.
  2. Informe de vivienda caducado o inexistente: requerimiento/archivo.
  3. Certificados sin apostilla/traducción jurada: inadmisión o denegación.
  4. Ingresos insuficientes sin justificar: tumba segura.
  5. Presentar fuera de plazo la TIE (más de 1 mes tras entrar): sanción y problemas luego.
  6. No pagar la tasa correcta (790-052/epígrafe equivocado): expediente parado hasta que lo arreglas.
  1. 1.Consigue el Informe de vivienda adecuada en tu Ayuntamiento/CCAA (Servicios Sociales). Llévate contrato/escritura, plano y empadronamiento.
  2. 2.Rellena el Modelo EX-02 y presenta la solicitud online con Cl@ve o certificado en Mercurio: sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html
  3. 3.Paga la tasa Modelo 790 código 052 (autorización de residencia) en sede.administracionespublicas.gob.es/tasasExtranjeria/inicio y sube el justificante a tu expediente.
  4. 4.Revisa tu Carpeta Ciudadana (carpetaciudadana.gob.es) y Mercurio para notificaciones. Si te requieren algo, súbelo en plazo.
  5. 5.Con la concesión, tu familiar pide visado por reagrupación en el Consulado de España de su país: exteriores.gob.es/Consulados/Paginas/index.aspx
  6. 6.Tras entrar en España, pide cita para la TIE en Policía (Toma de huellas) en sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html, paga la tasa 790-012 (sede.policia.gob.es/Tasa790_012/) y lleva EX-17, fotos, pasaporte, visado y resolución.
  • Pasaporte completo del familiar a reagrupar (todas las páginas) vigente
  • Tu TIE/NIE y pasaporte del reagrupante en vigor
  • Certificado literal de matrimonio o nacimiento del familiar, legalizado/apostillado y traducido por traductor jurado (reciente, <6 meses)
  • Informe de vivienda adecuada del Ayuntamiento/Comunidad Autónoma (con contrato de alquiler o escritura y plano)
  • Medios económicos: contrato y nóminas últimos 6 meses, resumen bancario, IRPF último año y vida laboral
  • Certificado de empadronamiento del reagrupante (y de convivientes si te lo piden)
  • Justificante de pago de la tasa de extranjería Modelo 790 código 052
  • Seguro médico para el familiar si no estás de alta en la Seguridad Social con derecho a asistencia
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Tu progreso

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  1. Entender
  2. Preparar
  3. Ejecutar
  4. Seguimiento

Tu siguiente paso

1.Consigue el Informe de vivienda adecuada en tu Ayuntamiento/CCAA (Servicios Sociales). Llévate contrato/escritura, plano y empadronamiento.

  • Validamos la documentación antes del envío
  • Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
  • Te avisamos de plazos y cambios de estado

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