Recuperar tu residencia de larga duración en España (recuperación de la autorización)
Si tuviste residencia de larga duración en España y la perdiste (por estar fuera demasiado tiempo, etc.), esto es para recuperarla. Te sirve para volver a tener tu NIE en vigor y vivir y trabajar sin límite.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Policía Nacional / Ministerio de Inclusión
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve o certificado digital (el de FNMT va perfecto) para entrar en Mercurio.
- Pasaporte vigente y escaneado completo.
- Tu antigua TIE o la resolución que pruebe que tuviste larga duración (si la conservas).
- Tarjeta bancaria para pagar tasas 790-052 y, luego, la 790-012.
Documentación
- Modelo EX-11 cumplimentado y firmado.
- Pasaporte completo, con sellos legibles.
- Empadronamiento reciente si ya estás en España.
- Justificante de la tasa 790-052 (epígrafe 2.6).
- Antecedentes penales del país en el que viviste fuera, con Apostilla/legalización y traducción jurada (si lo haces desde fuera, te lo van a pedir sí o sí; en España, algunas Oficinas también lo piden si has estado años fuera).
- Copia TIE anterior o resolución de concesión (ayuda a acelerar).
Paso a paso
- Entra en Mercurio Extranjería: https://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html y accede con Cl@ve/certificado.
- Selecciona el trámite de recuperación de residencia de larga duración (EX-11), rellena datos y sube los PDFs de documentos.
- Genera y paga la tasa 790-052 en https://sede.administracionespublicas.gob.es/tasas (elige epígrafe 2.6). Sube el justificante (NRC o PDF).
- Firma y presenta. Guarda el justificante de registro y activa notificaciones electrónicas (DEHú) para no perder la resolución.
- Concesión en mano: pide cita de huellas (TIE) en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiem, paga la tasa 790-012 en https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/ y lleva pasaporte, foto, resolución y padrón si lo piden.
- Vuelve a por la TIE cuando te digan (2–4 semanas). Revisa que tus datos estén correctos al recoger.
Trucos que te ahorran tiempo
- Sube los documentos en PDF único por categoría y con títulos claros ("Pasaporte_completo.pdf"). Menos requerimientos, menos esperas.
- Si estás fuera, revisa la web de tu Consulado: los requisitos de visado de recuperación varían y algunos piden cita por email.
- La web de citas de Policía va mejor de madrugada y con Chrome. No lo digo yo, lo dice tu paciencia.
- Si te urge trabajar, pide a tu empleador que te dé de alta con la resolución mientras llega la TIE.
Errores frecuentes
- Presentar antecedentes sin Apostilla o sin traducción jurada: denegación o requerimiento asegurado.
- Pagar la tasa equivocada (no confundas 790-012 de TIE con 790-052 de autorización).
- No adjuntar prueba de que tuviste larga duración: te pueden pedir subsanación y se te va un mes fácilmente.
- No mirar DEHú o el correo de avisos: te notifican un requerimiento y se te pasa el plazo.
- Dejar la cita de huellas para el final: hay ciudades con meses de espera; pídela en cuanto tengas la resolución.
- 1.Entras en Mercurio Extranjería (https://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html), accedes con Cl@ve o certificado y eliges el trámite de recuperación de residencia de larga duración (modelo EX-11).
- 2.Rellenas y firmas el EX-11, adjuntas pasaporte, antigua TIE/resolución, empadronamiento (si estás en España) y, si procede, antecedentes penales legalizados y traducidos.
- 3.Generas y pagas la tasa 790-052 (epígrafe 2.6) en https://sede.administracionespublicas.gob.es/tasas y subes el justificante (NRC o PDF).
- 4.Envías la solicitud y guardas el resguardo. Luego esperas resolución de la Oficina de Extranjería (te llegará por notificación electrónica si te diste de alta en DEHú).
- 5.Si te conceden la recuperación, pides cita de toma de huellas (TIE) en Policía en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplustiem, pagas la tasa 790-012 en https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/ y acudes con pasaporte, foto y resolución.
- 6.Recoges la nueva TIE en la comisaría indicada (suele tardar 2–4 semanas; te dan resguardo con la fecha de recogida).
- Pasaporte completo vigente (todas las páginas con sellos legibles en un solo PDF si lo haces online)
- Modelo EX-11 cumplimentado y firmado (Autorización de residencia de larga duración o larga duración-UE)
- Justificante de pago de la tasa 790-052, epígrafe 2.6 (autorización de larga duración)
- Copia de tu antigua TIE o resolución que acredite que tuviste larga duración (si la tienes)
- Empadronamiento reciente si estás en España al presentar (menos de 3 meses)
- Certificado de antecedentes penales del país donde residiste desde que saliste de España, legalizado/apostillado y con traducción jurada (si presentas desde el extranjero, casi siempre lo piden)
- Foto tamaño carnet y justificante de cita para huellas (solo para el paso de TIE en Policía)
Plazo y silencio administrativo
La Oficina de Extranjería tiene hasta 3 meses para resolver. Si no dicen nada, el silencio suele ser positivo en larga duración, pero no te confíes: pide certificado de silencio antes de cantar victoria.
Si estás fuera de España
La recuperación desde el extranjero se tramita vía Consulado con visado de recuperación. Te pedirán antecedentes penales legalizados y traducciones. Confirma requisitos en la web del Consulado porque cambian según país.
TIE: cita y tasa aparte
La recuperación no es la tarjeta. Después toca huellas en Policía (tasa 790-012). La web de citas va a tirones y suele ir mejor de madrugada y en Chrome.
Legalizaciones y traducciones
Cualquier documento extranjero debe ir con Apostilla de La Haya o legalización consular y traducción jurada. Sin eso, te lo tumban sin pestañear.
¿Qué necesito para completar Recuperación de Residencia sin que me lo rechacen?
Recuperación de Residencia tiene una tasa oficial de 10–20€ en Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Puedo recuperar la residencia si estoy fuera de España?
Sí, pero es vía Consulado con un visado de recuperación. Prepárate para antecedentes penales apostillados y traducciones. Una vez con el visado, entras en España y haces huellas para la TIE.
¿Necesito demostrar medios económicos o contrato?
No, para la larga duración (y su recuperación) no te piden medios ni contrato. Es un derecho por el tiempo que ya residiste, no una autorización ligada a trabajo.
¿Cuánto tardan y puedo trabajar mientras tanto?
La resolución suele caer en 4–8 semanas. Con la concesión de recuperación ya puedes trabajar; el papel de resolución te sirve con el NIE para alta en Seguridad Social mientras llega la TIE.
¿Pierdo la antigüedad de residencia al recuperar?
No, tu antigüedad acumulada en España no se borra por recuperar la larga duración. Te cuenta para nacionalidad y demás, salvo las ausencias largas que puedan restar si te pasaste de los límites legales.
Me deniegan la recuperación, ¿qué hago?
Puedes presentar recurso de reposición (1 mes) o ir al contencioso (2 meses). Pide el expediente para ver el motivo: suele ser por falta de legalización/traducción o porque no encaja el supuesto de pérdida.
¿Hace falta cita previa para presentar la recuperación?
Online no. Si vas presencial, muchas Oficinas piden cita y están saturadas. Si puedes, tira de Mercurio con Cl@ve o certificado y te ahorras el paseo.
¿Qué es Recuperación de Residencia y ante qué organismo se presenta?
Recuperación de Residencia es un trámite gestionado por Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. Trámite oficial de Recuperación de Residencia gestionado por Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Recuperación de Residencia?
El coste de Recuperación de Residencia es 10–20€. Verifica importes actualizados en la sede de Policía Nacional / Ministerio de Inclusión antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Recuperación de Residencia?
El tiempo estimado para Recuperación de Residencia es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Recuperación de Residencia?
Para Recuperación de Residencia el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Recuperación de Residencia necesita cita previa?
No, Recuperación de Residencia se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Qué documentos originales necesito para Recuperación de Residencia?
Para Recuperación de Residencia normalmente se exige pasaporte en vigor, justificante de tasa 790 cuando corresponda y prueba del motivo que justifique la solicitud. Consulta el listado específico en la sede de Policía Nacional.
¿Puedo tramitar Recuperación de Residencia desde fuera de España?
Determinados supuestos de Recuperación de Residencia pueden iniciarse desde el consulado español en el país de origen. Otros requieren presencia física en España. Verifica el cauce aplicable antes de viajar.
¿Recuperación de Residencia requiere huellas biométricas?
Sí, en la mayoría de procedimientos de extranjería y residencia, Recuperación de Residencia conlleva una cita presencial en comisaría para toma de huellas y entrega del documento físico.
¿Qué necesito para completar Recuperación de Residencia sin que me lo rechacen?
Para completar Recuperación de Residencia necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Recuperación de Residencia tiene una tasa oficial de 10–20€ en Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en Mercurio Extranjería (https://sede.administracionespublicas.gob.es/mercurio/inicioMercurio.html), accedes con Cl@ve o certificado y eliges el trámite de recuperación de residencia de larga duración (modelo EX-11).
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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