Traslado intraempresarial (ICT): autorización y TIE en España
Si tu empresa trae a alguien de otra sede del mismo grupo a España (directivo, especialista o en formación), aquí pides la autorización de Migraciones (Ley 14/2013) y luego la TIE ante Policía. Válido para empresas que mueven personal dentro del mismo grupo empresarial.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Policía Nacional / Ministerio de Inclusión
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Certificado digital/Cl@ve de la empresa o representante para presentar en Migraciones.
- Pasaporte del trabajador bien escaneado (todo el libreto).
- Carta de desplazamiento con fechas, salario y funciones claras.
- Pruebas del grupo empresarial (organigrama, escrituras) para demostrar el vínculo.
- Seguro médico o previsión de alta en Seguridad Social en cuanto llegue.
Documentación
- Pasaporte vigente (copia completa).
- Carta de desplazamiento y/o contrato en España con detalle de puesto y salario.
- Vínculo empresarial entre origen y destino (organigrama, participaciones, CIF, escrituras).
- Cualificación/experiencia del trabajador (títulos, CV, certificados; o plan de formación si es trainee).
- Antecedentes penales de los últimos 5 años (legalizados/apostillados y traducidos si no están en español).
- Seguro médico en España si aún no hay alta en SS a la entrada.
- Tasa 038 (Ley 14/2013) pagada por la empresa.
- Para la TIE: EX-17, tasa 790-012, foto y, según comisaría, padrón.
Paso a paso
- Presenta la autorización ICT en la Sede de Migraciones (UGE-CE) en nombre de la empresa. Sube toda la documentación y guarda el acuse.
- Paga la tasa 038 y adjunta el justificante. Sin tasa, el expediente se queda cojo.
- Espera resolución (plazo legal 20 días; silencio positivo). Si piden subsanación, respóndela en plazo.
- Si el trabajador está fuera, con la concesión pide visado ICT en el consulado que toque. Revisa requisitos locales (cambian según país).
- Entrada en España y alta en Seguridad Social por la empresa (antes de empezar a currar).
- Cita de huellas (TIE): pide cita, paga 790-012, lleva EX-17, pasaporte, resolución/visado, foto y padrón si lo exigen.
- Recogida de TIE cuando te citen (3–6 semanas habituales). Lleva resguardo y pasaporte.
Trucos que te ahorran tiempo
- Sube PDFs claros y completos; nada de fotos borrosas: te piden subsanación y pierdes semanas.
- Carta de desplazamiento detallada: funciones, salario y duración. Evita ambigüedades.
- Citas de huellas: prueba a primera hora o de madrugada; cambia de comisaría si tu ciudad está saturada.
- Familia en paralelo: tramita la reagrupación como familiares de ICT a la vez para entrar juntos.
- Silencio positivo: si pasan 20 días hábiles, pide certificado de silencio y tira con eso para el visado/alta.
Errores frecuentes
- Confundir ICT nacional con ICT-UE: luego no hay movilidad por la UE y te toca repetir.
- No pagar la tasa 038 o adjuntarla mal: expediente parado.
- Antecedentes sin apostilla/traducción: inadmisión o subsanación segura.
- Dejar pasar el mes para la TIE: sanción y marrón en fronteras.
- Seguro insuficiente si no hay alta en SS aún: consulado te tumba el visado.
- Sueldo por debajo del mercado para el perfil: Migraciones lo cuestiona; justifica bien condiciones y rol.
- 1.La empresa entra en la Sede de Migraciones (UGE-CE) y presenta online la autorización de residencia por traslado intraempresarial (ICT) con certificado digital/Cl@ve: https://extranjeros.inclusion.gob.es
- 2.La empresa paga la tasa 038 de la Ley 14/2013 y adjunta el justificante en la solicitud (importe variable según autorización)
- 3.Si el trabajador está fuera de España, con la resolución favorable pide visado ICT en el Consulado de España que le corresponda: https://www.exteriores.gob.es/Consulados
- 4.Una vez en España, pides cita de huellas (TIE) en Policía: Trámites de Extranjería > Toma de huellas (expedición TIE) en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html
- 5.Rellenas y pagas la tasa 790-012 online o en banco: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/
- 6.Acudes a la cita con EX-17, pasaporte, resolución/visado, foto, padrón (si lo exigen) y justificante 790-012; te toman huellas y te dan resguardo para recoger la TIE
- 7.Recoges la TIE en la misma comisaría cuando te citen (suele tardar 3–6 semanas; lleva el resguardo y el pasaporte)
- Pasaporte completo del trabajador (todas las páginas en vigor, copia)
- Carta de desplazamiento de la empresa con puesto, salario, duración y condiciones
- Acreditación del grupo empresarial y vínculo entre origen y destino (escrituras, organigrama, participaciones)
- Títulos y/o experiencia del trabajador que acrediten perfil de directivo/especialista o plan de formación (si es en prácticas)
- Seguro médico con cobertura en España (si aún no hay alta en Seguridad Social a la entrada)
- Certificado de antecedentes penales del país de residencia de los últimos 5 años (legalizado/apostillado y, si aplica, traducido)
- Justificante del pago de la tasa 038 (Ley 14/2013) por la empresa
- Para huellas: formulario EX-17, foto tamaño carnet, justificante de tasa 790-012 y padrón si lo pide tu comisaría
Plazo de huellas
Tienes 1 mes desde la entrada en España o desde la concesión (si ya estabas aquí) para pedir la TIE. Fuera de plazo te expones a sanción (100–500€) y problemas en fronteras.
Silencio positivo
La UGE-CE tiene 20 días para resolver. Si no contestan, opera silencio positivo. Aun así, guarda el justificante de presentación y el acuse para acreditarlo.
ICT UE vs ICT nacional
No confundas la autorización ICT-UE (permite cierta movilidad en la UE) con la nacional. Si vas a moverte por otros países UE, pide la modalidad correcta.
Citas de huellas
Las citas vuelan y algunas comisarías solo liberan huecos a primera hora o de madrugada. Reintenta varias veces y usa navegador de escritorio.
¿Qué necesito para completar Traslado Intraempresarial sin que me lo rechacen?
Traslado Intraempresarial tiene una tasa oficial de 10–20€ en Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Puedo traer a mi pareja e hijos con el traslado?
Sí. Se tramita de forma conjunta o posterior como familiares de titular ICT (Ley 14/2013). Piden actas de matrimonio/pareja y de nacimiento, legalizadas/apostilladas y, si toca, traducidas.
¿Cuándo puedo empezar a trabajar?
Con la autorización concedida y el alta en Seguridad Social puedes trabajar; el visado te permite entrar. No hace falta esperar a tener la TIE física si ya estás dado de alta.
¿Puedo cambiarme a otra empresa que no sea del grupo?
No con la ICT. Está ligada al grupo empresarial. Para cambiar fuera del grupo tendrás que pedir otra autorización (p. ej., profesional altamente cualificado) y no seguir con la ICT.
¿Qué pasa si no saco la TIE en el mes?
Es sancionable (infracción leve) y te complicas trámites y viajes. Pide cita cuanto antes y guarda pantallazos si no hay huecos para justificar.
¿Necesito homologar mi título?
En general no, salvo profesiones reguladas. Basta con acreditar cualificación/experiencia para el puesto de directivo o especialista, o el plan de formación si vienes como trainee.
¿Esto sale más barato si ya tengo NIE?
No. La tasa 790-012 se paga por la tarjeta y la 038 por la autorización. Tener NIE previo no te ahorra tasas.
¿Puedo moverme a otros países de la UE con esta autorización?
Solo si es ICT-UE y cumples condiciones de movilidad. Con la ICT nacional, no. Revisa la modalidad concedida en tu resolución.
¿Qué es Traslado Intraempresarial y ante qué organismo se presenta?
Traslado Intraempresarial es un trámite gestionado por Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. Trámite oficial de Traslado Intraempresarial gestionado por Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Traslado Intraempresarial?
El coste de Traslado Intraempresarial es 10–20€. Verifica importes actualizados en la sede de Policía Nacional / Ministerio de Inclusión antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Traslado Intraempresarial?
El tiempo estimado para Traslado Intraempresarial es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Traslado Intraempresarial?
Para Traslado Intraempresarial el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Traslado Intraempresarial necesita cita previa?
No, Traslado Intraempresarial se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Qué documentos originales necesito para Traslado Intraempresarial?
Para Traslado Intraempresarial normalmente se exige pasaporte en vigor, justificante de tasa 790 cuando corresponda y prueba del motivo que justifique la solicitud. Consulta el listado específico en la sede de Policía Nacional.
¿Puedo tramitar Traslado Intraempresarial desde fuera de España?
Determinados supuestos de Traslado Intraempresarial pueden iniciarse desde el consulado español en el país de origen. Otros requieren presencia física en España. Verifica el cauce aplicable antes de viajar.
¿Traslado Intraempresarial requiere huellas biométricas?
Sí, en la mayoría de procedimientos de extranjería y residencia, Traslado Intraempresarial conlleva una cita presencial en comisaría para toma de huellas y entrega del documento físico.
¿Qué necesito para completar Traslado Intraempresarial sin que me lo rechacen?
Para completar Traslado Intraempresarial necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Traslado Intraempresarial tiene una tasa oficial de 10–20€ en Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.La empresa entra en la Sede de Migraciones (UGE-CE) y presenta online la autorización de residencia por traslado intraempresarial (ICT) con certificado digital/Cl@ve: https://extranjeros.inclusion.gob.es
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
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