Traslado intraempresarial (ICT): autorización y TIE en España
Si tu empresa trae a alguien de otra sede del mismo grupo a España (directivo, especialista o en formación), aquí pides la autorización de Migraciones (Ley 14/2013) y luego la TIE ante Policía. Válido para empresas que mueven personal dentro del mismo grupo empresarial.
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- 1.La empresa entra en la Sede de Migraciones (UGE-CE) y presenta online la autorización de residencia por traslado intraempresarial (ICT) con certificado digital/Cl@ve: https://extranjeros.inclusion.gob.es
- 2.La empresa paga la tasa 038 de la Ley 14/2013 y adjunta el justificante en la solicitud (importe variable según autorización)
- 3.Si el trabajador está fuera de España, con la resolución favorable pide visado ICT en el Consulado de España que le corresponda: https://www.exteriores.gob.es/Consulados
- 4.Una vez en España, pides cita de huellas (TIE) en Policía: Trámites de Extranjería > Toma de huellas (expedición TIE) en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html
- 5.Rellenas y pagas la tasa 790-012 online o en banco: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/
- 6.Acudes a la cita con EX-17, pasaporte, resolución/visado, foto, padrón (si lo exigen) y justificante 790-012; te toman huellas y te dan resguardo para recoger la TIE
- 7.Recoges la TIE en la misma comisaría cuando te citen (suele tardar 3–6 semanas; lleva el resguardo y el pasaporte)
Acción inmediata
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goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
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