IBI Madrid: consulta, pago, domiciliación y duplicado del recibo
Aquí gestionas tu IBI del Ayuntamiento de Madrid: miras lo que debes, pagas, domicilias o te apuntas al SEP, y sacas duplicados. Pensado para quien tenga un inmueble en Madrid (propietarios, usufructuarios o representantes).
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve, certificado digital o DNIe. Sin esto verás menos cosas.
- Tu DNI/NIE y, si actúas por otra persona, un apoderamiento válido.
- Referencia catastral del inmueble (sale en el recibo; si no, búscala en la Sede del Catastro).
- IBAN si vas a domiciliar o apuntarte al SEP.
- Si ya te llegó la carta de pago, ten a mano el código de barras o el CSV.
Documentación
- Identificación: DNI/NIE o pasaporte.
- Acceso digital: Cl@ve/certificado/DNIe.
- Datos del inmueble: referencia catastral y dirección.
- Documento de pago: recibo/carta de pago con código de barras o CSV.
- IBAN: para domiciliación/SEP.
- Apoderamiento: si actúas por el titular.
Paso a paso
- Entra en la sede: https://sede.madrid.es/ y busca “IBI” o “Oficina Virtual Tributaria (Agencia Tributaria Madrid)”.
- Accede con Cl@ve/certificado y entra en Tus tributos. Verás el IBI del ejercicio, importes y estado.
- ¿Pagar ya? Pulsa Pagar. Si no tienes recibo, genera carta de pago y paga online con tarjeta o cargo en cuenta. Guarda el justificante (PDF con CSV).
- ¿Domiciliar? En Domiciliaciones/Sistema Especial de Pago (SEP), mete el IBAN, confirma y descarga la orden. Si cambiaste de banco, actualiza aquí.
- ¿Duplicado? En Mis recibos/Consulta de deudas, filtra por IBI y ejercicio, descarga duplicado o carta de pago.
- Si no te aparece el inmueble, comprueba tu titularidad en Catastro y regulariza (venta, herencia, etc.). Hasta que no conste bien, el Ayuntamiento no te mostrará el recibo.
Trucos que te ahorran tiempo
- Paga y tramita desde ordenador con Chrome/Edge. Menos errores que en móvil.
- Descarga siempre el PDF con CSV. Si hay lío, te salva para justificar el pago.
- La domiciliación/SEP suele aplicarse al año siguiente si la haces tarde. Hazlo antes de fin de año y te olvidas.
- Si fallan los pagos con tarjeta, genera carta de pago y paga en tu banco online como “pago de tributos” usando el CSV.
Errores frecuentes
- Pensar que la domiciliación es inmediata y perder el cargo: llega recargo si vence el plazo.
- Vender el piso y no cambiar titularidad en Catastro: te sigue llegando el IBI a ti.
- Devolver un recibo domiciliado creyendo que no pasa nada: entras en ejecutiva y con recargos.
- Dejarlo para el último día: la sede va lenta y la pasarela se cae justo cuando menos te interesa.
- 1.Entras en la sede del Ayuntamiento de Madrid y busca “IBI” u “Oficina Virtual Tributaria (Agencia Tributaria Madrid)”: https://sede.madrid.es/
- 2.Accedes con Cl@ve, certificado digital o DNIe y entras en tus tributos para consultar el IBI del ejercicio vigente y los anteriores.
- 3.Para pagar: si tienes recibo/carta de pago, usa el pago online con tarjeta o cargo en cuenta; si no, genera la carta de pago y paga ahí mismo o en entidad colaboradora.
- 4.Para domiciliar el IBI (o apuntarte al SEP): dentro del IBI, selecciona Domiciliación/Sistema Especial de Pago, introduce el IBAN y confirma la orden.
- 5.Para duplicados: entra en ‘Mis recibos’ o ‘Consulta de deudas’, filtra por IBI y descarga el duplicado o la carta de pago con CSV.
- 6.Si has cambiado de banco: actualiza el IBAN en la misma pantalla de domiciliaciones y guarda el justificante.
- 7.Si no ves el inmueble: comprueba que eres titular en Catastro y, si procede, aporta documentación de titularidad o tramita el cambio de titularidad catastral.
- DNI/NIE o pasaporte del titular (y del representante si actúas por apoderado)
- Certificado digital, DNIe o Cl@ve para entrar en la Oficina Virtual Tributaria
- Referencia catastral del inmueble (sale en el recibo o en sedecatastro.gob.es)
- Número de recibo/código de barras o CSV de la carta de pago (si ya te ha llegado)
- IBAN de una cuenta a tu nombre si vas a domiciliar o solicitar SEP
- Correo y móvil para avisos y justificantes
- Documento de apoderamiento si no eres el titular (Registro de Apoderamientos del Ayuntamiento de Madrid)
Calendario fiscal: si te pasas del voluntario, recargos
El IBI tiene un periodo voluntario anual que publica el Ayuntamiento. Fuera de plazo, LGT en mano: recargo del 5%, 10% o 20% según el momento, más intereses y costas si llega a ejecutiva.
Domiciliación y SEP no son mágicos e inmediatos
Si domicilias o te apuntas al SEP tarde, puede no aplicarse al ejercicio en curso. Como norma, hazlo antes del 31 de diciembre para que valga para el año siguiente.
Vendiste el piso y te siguen cobrando
Hasta que el Catastro y el padrón tributario reflejen el cambio, el IBI puede seguir a tu nombre. Tramita el cambio en Catastro y comunica la titularidad para evitar sorpresas.
Tecnología que te puede dar el día
La Oficina Virtual suele ir mejor en ordenador y con Chrome/Edge. Si la pasarela de pago falla, prueba otra tarjeta o genera carta de pago y paga en tu banco.
¿Qué necesito para completar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) sin que me lo rechacen?
Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) tiene una tasa oficial variable en Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, cualquier dato que no coincida con el registro obliga a repetir el proceso desde el principio. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Cuándo se paga el IBI en Madrid?
Cada año el Ayuntamiento publica el calendario fiscal con el periodo voluntario de cobro. Entra en la sede y revisa el calendario del ejercicio; no des por hecho que es la misma fecha todos los años.
¿Me pueden multar si no pago el IBI a tiempo?
No es multa, son recargos: 5% si pagas pronto tras vencer, 10% en apremio reducido y 20% ordinario, más intereses y costas si te dejan ir. Sale caro dejarlo correr.
¿Puedo pagar el IBI sin Cl@ve ni certificado?
Sí, con la carta de pago/recibo puedes pagar online o en banco colaborador usando los datos del documento (código de barras o CSV). Con Cl@ve ves tus deudas y descargas duplicados.
¿Cómo me apunto al SEP (pago fraccionado)?
Desde la Oficina Virtual, en IBI, opción Sistema Especial de Pago. Metes IBAN y confirmas. Ojo al plazo: si lo haces tarde, empezará a aplicarse el año siguiente.
He cambiado de banco, ¿cómo actualizo la domiciliación?
Entra en la Oficina Virtual, domiciliaciones, edita el IBAN y guarda. Hazlo con margen antes del cargo para evitar devoluciones y recargos.
¿Cómo saco un duplicado del IBI de años anteriores?
En ‘Mis tributos/Consulta de deudas’ filtra por ejercicio y descarga el duplicado con CSV. Solo verás lo de inmuebles donde constes como titular o representante.
¿Hay bonificaciones (familia numerosa, VPO…)?
Sí, existen bonificaciones. Se piden por sede y suelen requerir hacerlo antes del 31 de diciembre para aplicarlas al año siguiente. Prepara título y documentación específica del caso.
¿Qué es Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) y ante qué organismo se presenta?
Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) es un trámite gestionado por Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. Consulta, pago, domiciliación y duplicado del IBI gestionado por la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. Padrón anual; pago en periodo voluntario o fraccionado mediante el Sistema Especial de Pago (SEP).
¿Cuánto cuesta realizar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid)?
El coste de Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) es Variable según valor catastral. Verifica importes actualizados en la sede de Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid)?
El tiempo estimado para Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) es Inmediato (consulta y pago). Puede variar según la carga del organismo Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid)?
Para Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) necesita cita previa?
No, Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid)?
Están obligadas a presentar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) fuera de plazo?
Presentar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid)?
Los plazos oficiales de Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué necesito para completar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) sin que me lo rechacen?
Para completar Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Impuesto sobre Bienes Inmuebles — IBI (Ayuntamiento de Madrid) tiene una tasa oficial variable en Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, cualquier dato que no coincida con el registro obliga a repetir el proceso desde el principio. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Empezar trámiteInformación oficial verificada y actualizada.
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Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en la sede del Ayuntamiento de Madrid y busca “IBI” u “Oficina Virtual Tributaria (Agencia Tributaria Madrid)”: https://sede.madrid.es/
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- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
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