Modelo 101 (Retenciones IRPF): presentación e ingreso online
Para ingresar a Hacienda las retenciones de IRPF que has practicado (nóminas, profesionales, premios). Si retienes a alguien, te toca presentarlo en plazo y pagar lo retenido.
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- 1.Entras en la Sede de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta/pagos-fraccionados/modelo-101.html y pulsas en Presentación del modelo 101.
- 2.Te identificas con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- 3.Rellenas ejercicio y periodo (mensual 01–12 o trimestral 1T, 2T, 3T, 4T) y seleccionas las claves de rentas que has retenido (trabajo, profesionales, premios…).
- 4.Anotas por cada clave las bases y las retenciones practicadas. Revisa el cálculo de la cuota a ingresar.
- 5.Pagas: genera un NRC en tu banca online (indicando Modelo 101, ejercicio, periodo e importe) o usa la pasarela de pago de la Sede; luego introduces el NRC.
- 6.Firmas y presentas. Descargas el justificante con CSV y el PDF presentado. Guarda ambos para cuadrar con el resumen anual (Modelo 190).
- NIF de la empresa/autónomo obligado a retener (y alta censal correcta en AEAT)
- Certificado digital, DNIe o Cl@ve (nivel avanzado) para firmar en la Sede
- Detalle por conceptos: bases e importes retenidos en el periodo (trabajo, profesionales, premios, etc.)
- Ejercicio y periodo de liquidación que presentas (mensual o trimestral según tu censo)
- Cuenta bancaria para cargo o datos para generar NRC (si pagas en el momento)
- Justificante anterior si haces complementaria (número de justificante de la declaración previa)
Plazos y multas
Si eres trimestral: 1–20 de abril, julio, octubre y enero. Si eres mensual (grandes empresas): 1–20 del mes siguiente. Presentar fuera de plazo lleva recargos (1% por cada mes completo hasta 12; 15% + intereses si pasas de 12 meses) y sanción si Hacienda te requiere. Retenciones e ingresos a cuenta no se suelen aplazar.
Ojo con el modelo que te toca
Para retenciones periódicas lo normal es el Modelo 111 y su resumen anual 190. Si en tu censo no figura el 101, no lo verás en la Sede. Revisa tu situación censal en el Modelo 036/037.
NRC y fallos de navegador
La pasarela de pago a veces bloquea pop‑ups. Si te da guerra, usa Chrome y habilita ventanas emergentes. Si no te emite NRC, págalo desde tu banca con los datos exactos (modelo, ejercicio, periodo e importe) y vuelve a la Sede a presentar con ese NRC.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 101?
Quien haya practicado retenciones/ingresos a cuenta de IRPF en el periodo. En la práctica, la mayoría usan el Modelo 111; el 101 sólo aparece habilitado en la Sede si tu situación censal lo contempla. Si no lo ves, te toca el 111.
¿Puedo presentar el modelo a cero si no he retenido nada?
Sí, puedes presentar sin actividad si ese periodo no hubo retenciones. Te evita sustos y cuadra con el resumen anual (Modelo 190).
¿Se puede aplazar o fraccionar el ingreso del 101?
En general, no. Las deudas por retenciones e ingresos a cuenta son inaplazables. Sólo casos muy excepcionales se admiten, y no cuentes con ello.
Me he equivocado en una cifra, ¿cómo lo arreglo?
Presenta una declaración complementaria del mismo ejercicio y periodo, marcando la opción correspondiente e indicando el número de justificante anterior. Declara solo la diferencia que faltaba.
¿Cómo consigo el NRC para presentar?
En tu banca online, con los datos del declarante, Modelo 101, ejercicio, periodo e importe exacto. También puedes pagarlo en la Sede con tarjeta o cargo en cuenta y te genera el NRC al momento.
¿Esto cómo encaja con el resumen anual?
Las retenciones periódicas se resumen en el Modelo 190 en enero. Lo que declares en el 101/111 tiene que cuadrar con el 190 por claves y perceptores.
¿Qué es Modelo 101 (Retenciones IRPF) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 101 (Retenciones IRPF) es un trámite gestionado por AEAT. Documento de retenciones sobre rendimientos del trabajo y actividades económicas. Modelo oficial de la AEAT.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 101 (Retenciones IRPF)?
Modelo 101 (Retenciones IRPF) es gratuito. No se aplica ninguna tasa oficial al solicitante.
¿Cuánto tarda Modelo 101 (Retenciones IRPF)?
El tiempo estimado para Modelo 101 (Retenciones IRPF) es Inmediato. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 101 (Retenciones IRPF)?
Para Modelo 101 (Retenciones IRPF) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 101 (Retenciones IRPF) necesita cita previa?
No, Modelo 101 (Retenciones IRPF) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 101 (Retenciones IRPF)?
Están obligadas a presentar Modelo 101 (Retenciones IRPF) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 101 (Retenciones IRPF) fuera de plazo?
Presentar Modelo 101 (Retenciones IRPF) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 101 (Retenciones IRPF)?
Los plazos oficiales de Modelo 101 (Retenciones IRPF) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
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Tu siguiente paso
1.Entras en la Sede de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta/pagos-fraccionados/modelo-101.html y pulsas en Presentación del modelo 101.
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