Modelo 115: retenciones por alquiler de locales y oficinas
Sirve para ingresar a Hacienda las retenciones que has practicado al pagar el alquiler de un inmueble urbano para tu actividad (local, oficina, almacén). Si eres inquilino-empresa o autónomo y retienes al casero, este es tu modelo periódico.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve, certificado digital o DNIe operativo.
- Alta censal con la obligación de retener por arrendamientos (Modelo 036/037). Sin esto, el 115 te dará guerra.
- Facturas/recibos del alquiler del periodo con base, IVA y retención.
- Totales del periodo: suma de bases sujetas y de retenciones practicadas.
- IBAN si quieres domiciliar o NRC si prefieres pagar por banco.
Documentación
- Modelo 036/037 con la casilla de retenciones por arrendamientos dada de alta.
- Datos del arrendador: NIF y nombre/razón social.
- Facturas con la base del alquiler (sin IVA), el IVA y la retención aplicada.
- Justificante de pago/NRC si no domicilias.
- Certificado de no retención del casero, si aplica (para no practicar retención legalmente).
Paso a paso
- Confirma tu obligación: entra en la Sede de la AEAT y verifica que en tu censo constan las “Retenciones e ingresos a cuenta. Arrendamientos”. Si no, presenta un 036/037 de alta antes del cierre del plazo.
- Calcula bien: suma solo las bases del alquiler (sin IVA) y las retenciones. No metas el IVA en la base de retención.
- Accede al formulario: ve a la página del Modelo 115 en la Sede (apartado de retenciones) y abre el formulario del ejercicio con tu Cl@ve/certificado.
- Rellena: NIF, periodo (trimestre o mes), totales de bases y retenciones. Si no hubo rentas con retención, marca sin actividad o pon 0.
- Paga: elige domiciliación (hasta el día 15) o NRC. Si es NRC, usa el botón de pago del propio formulario o tu banca online, y pega el NRC.
- Presenta y guarda: firma, presenta y descarga el PDF con CSV. Guárdalo, te hará falta para cuadrar con el Modelo 180 anual.
Trucos que te ahorran tiempo
- Precuadra el 115 con tu contabilidad: crea un sumatorio trimestral/mensual de bases y retenciones del alquiler.
- Domicilia si puedes: te evitas el baile del NRC y cierras antes del día 15.
- Navegador: el formulario suele ir fino en Chrome/Edge. Evita móviles y pop-ups bloqueados.
- Calendario: pon recordatorio fijo del 1–15 (domiciliar) y 1–20 (presentar/pagar). Si el 20 es festivo/sábado, se mueve al siguiente hábil.
Errores frecuentes
- Retener sobre el IVA: no. La retención se calcula solo sobre la base del alquiler.
- No presentar por “importe pequeño”: no hay mínimo. Si hay alquiler de local con retención, toca 115.
- Quedarte fuera de plazo: recargo desde el 1% y subiendo por meses. Presenta en cuanto lo detectes.
- Confundir vivienda con local: vivienda no lleva 115. Local/oficina para actividad, sí.
- Olvidar el alta en el 036/037: luego el sistema te rechaza o te llega un requerimiento. Activa la obligación antes.
- Casero no residente: el 115 no aplica; toca régimen de no residentes (otro modelo).
- 1.Comprueba en sede.agenciatributaria.gob.es que en tu censo (Modelo 036/037) tienes marcada la obligación de "Retenciones por arrendamientos"; si no, date de alta antes de presentar.
- 2.Calcula el periodo (mensual si gran empresa; si no, trimestral) y suma: bases sujetas a retención y retenciones practicadas. Recuerda: la retención no se calcula sobre el IVA.
- 3.Entra en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/retenciones-ingresos-cuenta/modelo-115.html y abre el "Formulario del Modelo 115" del ejercicio vigente con tu Cl@ve/certificado.
- 4.Rellena los datos del declarante y el periodo, indica totales de bases y retenciones. Si no hubo pagos con retención, marca "Sin actividad" o importe 0.
- 5.Elige forma de pago: domiciliar (hasta día 15) o NRC. Si eliges NRC, usa la opción "Realizar pago (Obtener NRC)" desde el propio formulario o págalo en tu banco y pega el NRC.
- 6.Firma y presenta. Descarga el justificante PDF con CSV y guarda el acuse. Si eres de los que luego presenta el Modelo 180 anual, estos totales te harán falta.
- Acceso con Cl@ve, certificado digital o DNIe
- Alta en el censo (Modelo 036/037) con la obligación de "Retenciones e ingresos a cuenta. Arrendamientos" activada
- Facturas/recibos del alquiler del periodo con base imponible, IVA y retención practicada
- NIF y nombre/razón social del arrendador (casero) y del pagador
- Totales del periodo: suma de bases sujetas a retención y suma de retenciones practicadas (sin incluir el IVA en la base de retención)
- IBAN si vas a domiciliar el pago
- NRC si pagas por banco y luego presentas el modelo
Plazos de presentación
Periódico: en general trimestral, del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero (si el 20 cae en festivo/sábado, pasa al siguiente hábil). Grandes empresas: mensual, 1–20 del mes siguiente. Domiciliación solo hasta el día 15.
Multas y recargos por fuera de plazo
Si te pasas, te cae recargo por declaración extemporánea (desde el 1% y +1% por cada mes completo de retraso) y, si hay requerimiento, sanción. Presenta y paga cuanto antes para reducir palo.
Cuándo NO se presenta
No presentes el 115 por alquiler de vivienda (uso no empresarial) ni cuando el arrendador te acredite un supuesto de no retención aplicable. Si no has pagado rentas con retención en el periodo, no es obligatorio, pero presentar "sin actividad" evita requerimientos.
Error clásico con el IVA
La retención se calcula sobre la base del alquiler, nunca sobre el IVA. Si metes el IVA en la base, pagarás de más y cuadrarás mal con el 180.
Tecnología tiquismiquis
El formulario funciona mejor en Chrome/Edge en escritorio. Ten a mano tu Cl@ve o certificado y desactiva bloqueadores raros; el botón de pago/NRC a veces no carga si bloqueas pop-ups.
¿Qué necesito para completar Modelo 115 (Retenciones Alquiler) sin que me lo rechacen?
Modelo 115 (Retenciones Alquiler) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Tengo que presentar el 115 si el alquiler es de vivienda?
No. El 115 es para alquiler de inmuebles urbanos afectos a actividad (locales, oficinas). Si es vivienda para vivir, no hay retención y no se presenta.
¿Qué tipo de retención aplico al alquiler del local?
El tipo habitual es el 19% sobre la base del alquiler (sin IVA). Hay supuestos especiales; si dudas o el casero te entrega un certificado de no retención, revisa bien antes de aplicar el tipo.
¿Y si este trimestre no he pagado alquiler o no había retención?
No estás obligado a presentar si no has satisfecho rentas con retención. Aun así, puedes presentar "sin actividad" para que AEAT no te pida explicaciones.
¿El 115 también va cuando el casero es una sociedad?
Sí. Si pagas alquiler de local a una sociedad, normalmente también retienes (tipo habitual 19%). Solo no retienes si se acredita un supuesto de no retención.
¿Qué pasa si el arrendador es no residente?
Si pagas a un no residente sin establecimiento permanente, el 115 no es el modelo correcto. Ahí entran los modelos de no residentes (p. ej., 216/296). Ojo, porque cambia el tipo y la mecánica.
¿Puedo compensar trimestres o pedir devolución en el 115?
No. El 115 es de ingreso de retenciones practicadas. Si te has equivocado, toca presentar complementaria o rectificativa según el caso; no hay "a compensar" aquí.
¿Qué es Modelo 115 (Retenciones Alquiler) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 115 (Retenciones Alquiler) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de 115 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 115 (Retenciones Alquiler)?
El coste de Modelo 115 (Retenciones Alquiler) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 115 (Retenciones Alquiler)?
El tiempo estimado para Modelo 115 (Retenciones Alquiler) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 115 (Retenciones Alquiler)?
Para Modelo 115 (Retenciones Alquiler) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 115 (Retenciones Alquiler) necesita cita previa?
No, Modelo 115 (Retenciones Alquiler) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 115 (Retenciones Alquiler)?
Están obligadas a presentar Modelo 115 (Retenciones Alquiler) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 115 (Retenciones Alquiler) fuera de plazo?
Presentar Modelo 115 (Retenciones Alquiler) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 115 (Retenciones Alquiler)?
Los plazos oficiales de Modelo 115 (Retenciones Alquiler) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué necesito para completar Modelo 115 (Retenciones Alquiler) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 115 (Retenciones Alquiler) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 115 (Retenciones Alquiler) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Empezar trámiteGratis. Sin cuenta y sin instalar nada.
Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Empieza en goveasy
Este trámite puede arrancar y avanzar dentro de goveasy. El panel privado concentra preparación, revisión y seguimiento del expediente.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Comprueba en sede.agenciatributaria.gob.es que en tu censo (Modelo 036/037) tienes marcada la obligación de "Retenciones por arrendamientos"; si no, date de alta antes de presentar.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
Asistente del expediente
Crea el expediente, prepara documentos, detecta riesgos y te indica solo el siguiente paso.
Gestor administrativo
Para casos complejos o urgentes.
No empieces este trámite a ciegas
Crea tu cuenta gratis y guárdalo: te avisamos de plazos, te acompañamos paso a paso y conservamos justificantes en un solo sitio. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.