Residencia para emprendedores (Ley 14/2013)
Si tienes un proyecto innovador y quieres vivir en España para ponerlo en marcha, esta es tu autorización. La tramita Migraciones (UGE‑CE) online y luego te sacas la TIE en Policía.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Policía Nacional / Ministerio de Inclusión
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Ver la guíaInformación oficial verificada y actualizada.
Hecho por profesionales
Un gestor lo hace por ti
Cuéntale tu caso y recibe un presupuesto sin compromiso.
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- 1.Entras en la sede de Migraciones (UGE‑CE) y eliges el procedimiento de “Autorización de residencia para emprendedores (Ley 14/2013)” en https://extranjeros.inclusion.gob.es
- 2.Te identificas con Cl@ve o certificado digital y presentas la solicitud telemática adjuntando en PDF el plan de negocio y el resto de documentos
- 3.Generas y pagas la tasa de la autorización en la propia sede y subes el justificante de pago
- 4.Si te piden subsanar, respondes al requerimiento desde la misma sede dentro del plazo que te indiquen
- 5.Recibes resolución (plazo legal 20 días hábiles; hay silencio positivo). Descargas la resolución favorable
- 6.Pides cita de huellas para la TIE en “Toma de huellas (Expedición de TIE)” en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html (elige tu provincia)
- 7.Pagas la tasa 790‑012, llevas pasaporte, resolución favorable, EX‑17, empadronamiento y foto; te toman huellas y, en 30–45 días, recoges la TIE
- Pasaporte completo en vigor (todas las páginas escaneadas en PDF)
- Plan de negocio innovador con impacto en España (producto/servicio, mercado, inversión, empleo previsto, calendario y viabilidad)
- Seguro médico privado sin copagos válido en España
- Medios económicos acreditados (extractos bancarios, inversión comprometida, préstamos, etc.)
- Certificado de antecedentes penales de los países donde viviste los últimos 5 años, legalizado/apostillado y con traducción jurada
- Justificante de pago de la tasa de la autorización (Ley 14/2013) que genera la sede de Migraciones
- Certificado de empadronamiento reciente (lo piden para la TIE en muchas comisarías)
- 1 foto tamaño 32x26 mm fondo blanco y formulario de TIE (EX‑17) para el día de huellas
Plazo y silencio positivo
La UGE‑CE tiene 20 días hábiles para resolver. Si no contestan, hay silencio positivo. Guarda el resguardo de presentación y las notificaciones.
Situación regular obligatoria
Si presentas estando en situación irregular en España, te lo van a tumbar. O entra con visado o presenta desde tu país.
Penales y traducciones
El certificado de penales debe ir legalizado/apostillado y traducido por traductor jurado. Si entregas uno ‘normal’, te lo requieren y pierdes semanas.
Dos tasas, dos momentos
Una tasa para la autorización (UGE‑CE) y otra para la TIE (Modelo 790‑012). No confundas pagos: sin el 790‑012 no te toman huellas.
Citas de huellas vuelan
Las citas suelen salir a primera hora de días laborables. Si te duermes, te comes semanas de espera y el proyecto parado.
¿Puedo pedirlo desde fuera de España?
Sí. Puedes solicitar un visado de emprendedor en el consulado. Si ya estás en España en situación regular, la autorización se presenta online ante UGE‑CE.
¿Necesito tener NIE antes de solicitar?
No. Si no tienes NIE, te lo asignan al presentar la solicitud telemática. Lo verás en la resolución.
¿Mi familia puede venir conmigo?
Sí. La Ley 14/2013 permite tramitar simultáneamente cónyuge/pareja e hijos. Se presentan como acompañantes y luego cada uno saca su TIE.
¿Qué pasa si no me contestan en plazo?
Pasados 20 días hábiles opera el silencio positivo. Con el justificante y la acreditación del silencio puedes ir a por la TIE.
¿Cuánto dinero me van a pedir?
No hay mínimo oficial. Tienes que demostrar medios suficientes para vivir y ejecutar el proyecto. Cuantos más gastos personales/familiares, más te van a pedir justificar.
¿Vale cualquier negocio?
No. Piden innovación e impacto en España (tecnología, procesos, empleo cualificado, etc.). Un bar o una tienda genérica sin componente innovador suele acabar en denegación.
¿Qué es Residencia Emprendedor y ante qué organismo se presenta?
Residencia Emprendedor es un trámite gestionado por Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. Trámite oficial de Residencia Emprendedor gestionado por Policía Nacional / Ministerio de Inclusión. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Residencia Emprendedor?
El coste de Residencia Emprendedor es 10–20€. Verifica importes actualizados en la sede de Policía Nacional / Ministerio de Inclusión antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Residencia Emprendedor?
El tiempo estimado para Residencia Emprendedor es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Policía Nacional / Ministerio de Inclusión y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Residencia Emprendedor?
Para Residencia Emprendedor el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Residencia Emprendedor necesita cita previa?
No, Residencia Emprendedor se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Qué documentos originales necesito para Residencia Emprendedor?
Para Residencia Emprendedor normalmente se exige pasaporte en vigor, justificante de tasa 790 cuando corresponda y prueba del motivo que justifique la solicitud. Consulta el listado específico en la sede de Policía Nacional.
¿Puedo tramitar Residencia Emprendedor desde fuera de España?
Determinados supuestos de Residencia Emprendedor pueden iniciarse desde el consulado español en el país de origen. Otros requieren presencia física en España. Verifica el cauce aplicable antes de viajar.
¿Residencia Emprendedor requiere huellas biométricas?
Sí, en la mayoría de procedimientos de extranjería y residencia, Residencia Emprendedor conlleva una cita presencial en comisaría para toma de huellas y entrega del documento físico.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en la sede de Migraciones (UGE‑CE) y eliges el procedimiento de “Autorización de residencia para emprendedores (Ley 14/2013)” en https://extranjeros.inclusion.gob.es
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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