Residencia para emprendedores (Ley 14/2013)
Si tienes un proyecto innovador y quieres vivir en España para ponerlo en marcha, esta es tu autorización. La tramita Migraciones (UGE‑CE) online y luego te sacas la TIE en Policía.
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- 1.Entras en la sede de Migraciones (UGE‑CE) y eliges el procedimiento de “Autorización de residencia para emprendedores (Ley 14/2013)” en https://extranjeros.inclusion.gob.es
- 2.Te identificas con Cl@ve o certificado digital y presentas la solicitud telemática adjuntando en PDF el plan de negocio y el resto de documentos
- 3.Generas y pagas la tasa de la autorización en la propia sede y subes el justificante de pago
- 4.Si te piden subsanar, respondes al requerimiento desde la misma sede dentro del plazo que te indiquen
- 5.Recibes resolución (plazo legal 20 días hábiles; hay silencio positivo). Descargas la resolución favorable
- 6.Pides cita de huellas para la TIE en “Toma de huellas (Expedición de TIE)” en https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html (elige tu provincia)
- 7.Pagas la tasa 790‑012, llevas pasaporte, resolución favorable, EX‑17, empadronamiento y foto; te toman huellas y, en 30–45 días, recoges la TIE
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
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