Herencia sin testamento: cómo conseguir la declaración de herederos
Si alguien ha fallecido sin testamento, necesitas su declaración de herederos en notaría. Aquí te cuento cómo pedir al Ministerio de Justicia los certificados clave (defunción, últimas voluntades y seguros) y llegar con todo listo a la notaría.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Ministerio de Justicia / Registro Civil
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve, certificado digital o DNIe para pedir los certificados en la sede de Justicia.
- Datos del fallecido: nombre completo, fecha y lugar de fallecimiento.
- Parentesco claro: Libro de Familia o certificados de nacimiento/matrimonio.
- Dos testigos para la notaría (mejor sin parentesco y que conocieran al fallecido).
Documentación
- Certificado literal de defunción (Registro Civil del lugar del fallecimiento).
- Modelo 790-006 pagado y certificados de Últimas Voluntades y Seguros.
- DNI/NIE del fallecido y de los herederos.
- Libro de Familia o certificados de nacimiento y matrimonio para acreditar parentesco.
- Certificado de empadronamiento/último domicilio del fallecido (competencia notarial).
- Relación de bienes y deudas (bancos, inmuebles, vehículos) para la fase de aceptación.
Paso a paso
- Pide el certificado de defunción en https://sede.mjusticia.gob.es (Registro Civil). Si el RC no está informatizado, pide cita y ve presencialmente.
- Espera 15 días hábiles desde la defunción. Sin eso, Justicia no emite Últimas Voluntades ni Seguros.
- Paga el Modelo 790-006 en la sede (pago telemático) o genera el formulario y paga en banco colaborador. Guarda el justificante.
- Solicita online el Certificado de Últimas Voluntades y el de Seguros de cobertura de fallecimiento. Te los dan en PDF con CSV.
- Pide cita en una notaría competente (último domicilio del fallecido, lugar del fallecimiento o donde haya bienes) y lleva toda la documentación más dos testigos.
- Firma el acta de declaración de herederos abintestato. Si hay colaterales (hermanos/sobrinos), suele haber edicto y un plazo de espera.
- Con el acta en la mano, prepara la aceptación y adjudicación de herencia en notaría y presenta el Impuesto de Sucesiones dentro de 6 meses (prórroga posible).
Trucos que te ahorran tiempo
- Pide todo en digital: defunción (si disponible), últimas voluntades y seguros. Te ahorras viajes y colas.
- Lleva los testigos bien documentados (DNI vigente y domicilios). Si fallan, pierdes la cita de notaría.
- Anticípate con bancos y recibos: pide certificados de saldo a fecha de fallecimiento; el notario los agradecerá.
- Si hay deudas, pregunta por beneficio de inventario antes de aceptar. Mejor curarte en salud que comerte un marrón.
Errores frecuentes
- Pedir Últimas Voluntades antes de tiempo (sin 15 días hábiles): denegación y más vueltas.
- Ir a una notaría no competente: te mandarán a otra y perderás semanas.
- No llevar testigos o que sean familiares directos sin alternativa: el notario puede no aceptarlos.
- Olvidar el Impuesto de Sucesiones: luego vienen recargos, y los registros/bancos te bloquean todo.
- No acreditar el domicilio del fallecido: sin empadronamiento o prueba, la notaría no abre expediente.
- 1.Entras en https://sede.mjusticia.gob.es y pides el certificado literal de defunción en el apartado de Registro Civil (con Cl@ve o por sede si el registro está informatizado).
- 2.Esperas 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento y, en la misma sede, pagas la tasa Modelo 790-006 y solicitas el Certificado de Últimas Voluntades y el de Seguros de cobertura de fallecimiento.
- 3.Descargas los justificantes y, si la sede no te deja pagar, generas el 790-006 y lo pagas en banco colaborador; luego subes/adjuntas el justificante en la sede y pides los certificados.
- 4.Con los certificados y la documentación de parentesco, pides cita en una notaría del último domicilio del fallecido o donde tenga bienes y tramitas el Acta de declaración de herederos abintestato (lleva dos testigos).
- 5.Recoges el acta notarial de declaración de herederos cuando el notario cierre el expediente y, si toca, tras el plazo de publicidad/edictos.
- 6.Con el acta, ya puedes firmar la aceptación y adjudicación de herencia en notaría y después liquidar el Impuesto de Sucesiones en tu comunidad autónoma antes de registrar propiedades o mover cuentas.
- Certificado literal de defunción del Registro Civil (del lugar del fallecimiento)
- Modelo 790 código 006 pagado (certificados de Últimas Voluntades y de Seguros de cobertura de fallecimiento)
- Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad (tras los 15 días hábiles desde la muerte)
- Certificado del Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento
- DNI/NIE del fallecido y de cada heredero
- Libro de Familia o certificados de nacimiento y matrimonio que acrediten parentesco
- Certificado de empadronamiento o último domicilio del fallecido (para elegir notaría competente)
- Datos de dos testigos que conocieran al fallecido (nombres, DNI y domicilios) para la notaría
Espera obligatoria de 15 días hábiles
El Certificado de Últimas Voluntades y el de Seguros no se pueden pedir hasta pasados 15 días hábiles desde la defunción. Antes, la sede no te lo tramita.
Impuesto de Sucesiones: 6 meses
Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar el Impuesto de Sucesiones (prorrogable 6 meses más si lo pides dentro de los 5 primeros). Si te pasas: recargos e intereses.
Colaterales: más lento
Si no hay cónyuge/descendientes/ascendientes y heredan hermanos/sobrinos, el notario suele publicar edicto y esperar un plazo (aprox. 20 días). Cuenta con 2–6 semanas solo para el acta.
Registro Civil saturado
Los Registros Civiles antiguos sin informatizar tardan. Si puedes, pide el certificado literal electrónico en la sede; si no, cita previa presencial y paciencia.
Pago 790-006 da guerra
El pago telemático solo funciona con bancos adheridos. Si te falla, genera el 790-006, paga en ventanilla/cajero de colaborador y guarda el justificante.
¿Qué necesito para completar Herencia sin Testamento sin que me lo rechacen?
Herencia sin Testamento es gratuito en Ministerio de Justicia / Registro Civil y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 4 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Tengo que esperar 15 días sí o sí para pedir Últimas Voluntades?
Sí. Son 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento. Si lo pides antes, te lo van a denegar y perderás el tiempo.
¿Puedo ir a cualquier notaría para la declaración de herederos?
Debes ir a una notaría competente: último domicilio del fallecido, lugar del fallecimiento o donde tenga la mayor parte de los bienes. Casi todas te lo confirman al pedir cita.
¿Qué pasa si aparece un testamento después de hacer la declaración de herederos?
Si aparece un testamento válido, el acta de herederos deja de tener efectos. Tocará rehacer la herencia conforme al testamento.
¿Y si el fallecido tenía deudas?
Plantea aceptar la herencia a beneficio de inventario. Lo tramitas en notaría y te protege para no responder con tu propio patrimonio más allá de lo heredado.
¿Me pueden multar por no hacer la herencia?
Por la herencia como tal, no. Pero el Impuesto de Sucesiones sí tiene plazos y recargos si no presentas. Además, sin liquidarlo no podrás cambiar titulares en registros o bancos.
¿Se puede hacer todo online?
Los certificados de Justicia sí (con Cl@ve o certificado digital). La declaración de herederos y la aceptación de herencia son en notaría; algunas ofrecen videoconferencia, pero normalmente vas a firmar presencial.
¿Qué es Herencia sin Testamento y ante qué organismo se presenta?
Herencia sin Testamento es un trámite gestionado por Ministerio de Justicia / Registro Civil. Trámite oficial de Herencia sin Testamento gestionado por Ministerio de Justicia / Registro Civil. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Herencia sin Testamento?
El coste de Herencia sin Testamento es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de Ministerio de Justicia / Registro Civil antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Herencia sin Testamento?
El tiempo estimado para Herencia sin Testamento es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Ministerio de Justicia / Registro Civil y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Herencia sin Testamento?
Para Herencia sin Testamento el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Herencia sin Testamento necesita cita previa?
Sí, Herencia sin Testamento normalmente requiere cita previa en Ministerio de Justicia / Registro Civil. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Herencia sin Testamento se puede solicitar online en el Registro Civil?
Muchas certificaciones y trámites del Registro Civil, incluido Herencia sin Testamento cuando proceda, pueden solicitarse en sede.mjusticia.gob.es. La entrega puede ser digital, por correo o presencial.
¿Qué plazo tiene Herencia sin Testamento para resolver?
El plazo de resolución de Herencia sin Testamento depende del Registro Civil competente y de la complejidad del asunto. Los registros digitalizados suelen emitir las certificaciones en pocos días.
¿Herencia sin Testamento requiere apostilla si se usa en el extranjero?
Si vas a usar el resultado de Herencia sin Testamento fuera de España, probablemente necesites apostilla de La Haya o legalización consular. Solicítala tras obtener el documento principal.
¿Qué necesito para completar Herencia sin Testamento sin que me lo rechacen?
Para completar Herencia sin Testamento necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Herencia sin Testamento es gratuito en Ministerio de Justicia / Registro Civil y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 4 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en https://sede.mjusticia.gob.es y pides el certificado literal de defunción en el apartado de Registro Civil (con Cl@ve o por sede si el registro está informatizado).
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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