Reconocimiento de paternidad en el Registro Civil
Si eres el padre y quieres que conste legalmente, esto va de reconocer la paternidad ante el Registro Civil (o notario). Vale para bebés recién inscritos o para hijos ya inscritos sin filiación paterna.
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- 1.Comprueba el Registro Civil competente: normalmente el del lugar de nacimiento del hijo; si vas a otro, ellos remiten el reconocimiento al Registro del nacimiento.
- 2.Pides cita previa en tu Registro Civil desde justicia.gob.es (apartado Registro Civil) o en la web específica de tu oficina. Si no aparece online, llama al propio Registro.
- 3.Acudes el día de la cita con tu identificación y, si el hijo es menor, con la madre; si el hijo tiene 12 o más, que vaya también para consentir. Allí firmáis el acta de reconocimiento ante el Encargado.
- 4.Si hiciste el reconocimiento ante notario o en un Consulado, presentas testimonio o copia autorizada en el Registro Civil del nacimiento para que lo anoten.
- 5.El Registro anota la filiación en el asiento de nacimiento y, cuando conste, te expiden o actualizan el Libro de Familia y certificados literales.
- 6.Pides (o descargas, si tu RC lo permite) un certificado literal de nacimiento actualizado con la filiación ya inscrita para tus otros trámites (apellidos, pasaporte, etc.).
Acción inmediata
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