Jubilación parcial: cómo pedirla al INSS (con contrato de relevo)
Es para pasar a trabajar menos horas y empezar a cobrar parte de tu pensión a la vez. Te sirve si estás en Régimen General, cumples edad y cotizaciones, y tu empresa acepta firmar la reducción y el contrato de relevo.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
INSS / TGSS
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Ver la guíaInformación oficial verificada y actualizada.
Hecho por profesionales
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- 1.Cierra con tu empresa la reducción de jornada y el contrato de relevo. Pídeles el certificado de empresa para jubilación parcial y el precontrato/contrato del relevista.
- 2.Entras en Tu Seguridad Social con Cl@ve o certificado: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/tuss. Usas el simulador de jubilación para confirmar que cumples requisitos y descargas tu vida laboral si la necesitas.
- 3.Desde Tu Seguridad Social, abres “Solicitar tu jubilación” y eliges la modalidad de jubilación parcial. Rellenas datos, adjuntas el certificado de empresa, el precontrato/contrato de relevo, y tu IBAN. Envías y guardas el justificante.
- 4.La empresa comunica en TGSS la variación de jornada (Sistema RED/Import@ss: https://importass.seg-social.es) y registra el contrato de relevo en Contrat@ del SEPE: https://contrata.sepe.gob.es/contratasepe.
- 5.Firmas la adenda de reducción de jornada y empiezas la nueva jornada en la fecha pactada. Si el INSS te pide subsanar, subes lo que falte desde Tu Seguridad Social (apartado de “Mis gestiones”).
- 6.Haces seguimiento del expediente y descargas la resolución en Tu Seguridad Social. Si es favorable, cobras la parte de pensión desde la fecha de inicio de la reducción.
- DNI/NIE y, si aplica, pasaporte (escaneado por ambas caras)
- Certificado de empresa para jubilación parcial con porcentaje de reducción, antigüedad y jornada completa previa
- Precontrato o contrato de relevo (datos del relevista, jornada y duración) firmado o borrador
- IBAN de una cuenta bancaria de la que seas titular
- Informe de vida laboral actualizado (lo puedes sacar en Tu Seguridad Social)
- Informe de bases de cotización/nóminas de los últimos 3 meses (para verificar bases)
- Convenio colectivo aplicable (si fija edades/porcentajes específicos) o certificado de discapacidad ≥ 33% si te afecta
Edad, años cotizados y antigüedad importan (y mucho)
En Régimen General te exigirán años mínimos cotizados y antigüedad en la empresa con contrato indefinido y jornada completa. Si no cumples, el INSS te tumba la solicitud sin rodeos.
Contrato de relevo y comunicaciones al día
Sin contrato de relevo (salvo excepciones puntuales) y sin comunicar la reducción a TGSS y registrar el relevo en SEPE, el INSS no reconoce la pensión parcial. Si la empresa despide al relevista y no lo sustituye rápido, te pueden suspender la pensión.
Pide antes de empezar la reducción
Solicítalo antes o a la vez que cambias la jornada. La retroactividad es limitada y si te retrasas puedes perder meses de cobro. Revisa bien que marcas 'parcial' para no iniciar por error una jubilación ordinaria.
Tecnología tiquismiquis
Tu Seguridad Social a veces da guerra con Safari/Edge. Con Chrome o Firefox suele ir mejor. Adjunta en PDF y evita archivos de más de 10 MB o nombres raros con tildes.
¿A qué edad puedo pedir la jubilación parcial?
Depende de tus años cotizados y de si hay contrato de relevo. En la práctica, suele ser a partir de los 60 y pico, con cotización amplia y antigüedad en la empresa. Confírmalo en Tu Seguridad Social antes de mover nada.
¿Hace falta siempre contrato de relevo?
En el Régimen General, en la inmensa mayoría de casos sí. La empresa contrata a un relevista que te ‘sustituye’ en el porcentaje de jornada que reduces, y debe mantenerlo hasta tu jubilación total.
¿Cuánta jornada puedo reducir?
Lo habitual es entre el 25% y el 50%. Puede llegar al 75% si el relevista es indefinido a jornada completa y se cumplen requisitos adicionales. Esto te lo detalla el INSS según tu caso.
¿Cómo cotizo durante la jubilación parcial?
Sigues cotizando con tu empresa con reglas especiales. No es ‘cotizo menos y ya’, hay bases mínimas que se mantienen para que tu futura pensión completa no se hunda.
¿Puedo tener otro trabajo a la vez?
Ojito. La jubilación parcial se calcula en base a tu reducción en esa empresa. Si metes otro trabajo que choca con el porcentaje o con la compatibilidad, te puedes meter en un lío con el INSS.
¿Cuándo empiezo a cobrar la parte de pensión?
Si lo presentas a tiempo y la empresa hace sus comunicaciones, normalmente desde la fecha de inicio de la reducción. Si el INSS tarda, te lo abonan con efectos desde esa fecha cuando llegue la resolución.
¿Qué es Jubilación Parcial y ante qué organismo se presenta?
Jubilación Parcial es un trámite gestionado por INSS / TGSS. Trámite oficial de Jubilación Parcial gestionado por INSS / TGSS. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Jubilación Parcial?
El coste de Jubilación Parcial es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de INSS / TGSS antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Jubilación Parcial?
El tiempo estimado para Jubilación Parcial es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo INSS / TGSS y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Jubilación Parcial?
Para Jubilación Parcial el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Jubilación Parcial necesita cita previa?
No, Jubilación Parcial se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Necesito estar dado de alta para Jubilación Parcial?
En muchos trámites ante el INSS o la TGSS, como Jubilación Parcial, la Seguridad Social exige situación de alta, asimilada al alta o periodos mínimos cotizados. Comprueba tu vida laboral antes de solicitarlo.
¿Cómo compruebo el estado de mi solicitud de Jubilación Parcial?
Puedes consultar el estado de Jubilación Parcial en "Tu Seguridad Social" con Cl@ve, certificado o vía SMS. El INSS/TGSS también notifica resoluciones por carta o por la sede electrónica.
¿Qué puedo hacer si me deniegan Jubilación Parcial?
Ante una denegación de Jubilación Parcial puedes presentar reclamación previa en el plazo indicado en la resolución (normalmente 30 días) y, en su caso, demanda ante el juzgado de lo social.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Cierra con tu empresa la reducción de jornada y el contrato de relevo. Pídeles el certificado de empresa para jubilación parcial y el precontrato/contrato del relevista.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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