Modelo 200: Impuesto sobre Sociedades (annual return)
Used to file the annual self-assessment of the Impuesto sobre Sociedades. If you run an SL, SA, cooperativa or fundación resident in Spain, this is for you (even if you had no activity).
What GovEasy does
- Prepares your case file and documentation
- Detects frequent errors before submission
- Saves your progress and reminds you of deadlines
What the agency does
AEAT
- Receives and reviews your application
- Issues the resolution or official document
Guía completa
What you need to have ready
- Certificado digital de representante o un asesor apoderado. Sin esto, ni entras.
- Cuentas anuales cerradas: balance y PyG como mínimo. Si no están cuadradas, te vas a atascar.
- Pagos fraccionados (202/222) y retenciones soportadas con sus importes/NRC.
- Deducciones y bases negativas pendientes, con detalle y límites.
- IBAN si vas a domiciliar o acceso a tu banca para sacar el NRC.
Documentation
- NIF de la entidad y datos del administrador vigentes.
- Cuentas anuales del ejercicio y, si aplica, memoria para entender ajustes.
- Certificados de retenciones de bancos/clientes y recibos de alquiler (115/180 del arrendador como referencia).
- Justificantes de pagos fraccionados (resguardos 202/222) y su suma.
- Soportes de deducciones/bonificaciones y BIN pendientes.
- Apoderamiento en AEAT si presentas con Cl@ve siendo persona física.
Step by step
- Entra en la Sede de la AEAT → Impuesto sobre Sociedades → Modelo 200 (Sociedades WEB). Identifícate con el certificado del representante o como apoderado.
- Elige ejercicio y crea declaración. Completa Identificación y Datos generales (epígrafe, CNAE, período, si existe ETVE, microempresa, etc.).
- Vuelca los datos contables y haz los ajustes extracontables que correspondan. Informa retenciones, pagos fraccionados y decide si compensas BIN.
- Revisa la liquidación: límites de deducciones, bonificaciones y régimen aplicable. Ojo con marcar cosas que no te corresponden.
- Valida en Errores y avisos. Sin errores críticos, pasa a Presentación.
- Si sale a ingresar: paga desde la pasarela para generar el NRC o domicilia dentro de plazo. A cero o negativa: presenta sin pago.
- Firma y descarga justificante (PDF y CSV). Archívalo con las cuentas y soportes durante 4 años por si te llaman.
Time-savers
- Rellena primero pagos fraccionados y retenciones: te cuadra antes el resultado y ves si vas a ingresar.
- Ten a mano una hoja con BIN y deducciones pendientes por ejercicio: evitarás perder límites y arrastres.
- Si dudas de una casilla, usa el icono de ayuda del campo: muchas respuestas están ahí y evitas un marrón.
- Presenta antes del último día: la pasarela de pago y la web petan cuando media España entra a la vez.
Typical mistakes that can mess you up
- Intentar firmar con Cl@ve sin apoderamiento: no te dejará presentar.
- Olvidar los pagos fraccionados o retenciones: te saldrá a ingresar de más.
- No marcar compensación de BIN cuando procede: pagas de más y luego a rectificar.
- Meter deducciones sin respetar límites: aviso hoy, sanción mañana.
- Presentar fuera de plazo: recargo automático; con requerimiento, sanción seria. No lo apures.
- 1.Entras en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuesto-sobre-sociedades/modelo-200.html y pulsas en Sociedades WEB (Modelo 200). Te identificas con certificado de representante; Cl@ve solo si estás apoderado.
- 2.Seleccionas ejercicio y periodo. Si tienes fichero previo/predeclaración, lo importas; si no, empiezas nueva. Rellena los datos generales y la identificación de la entidad.
- 3.Traslada los datos contables (balance y PyG) y completa los ajustes extracontables. Informa pagos fraccionados (202/222), retenciones soportadas y, si toca, marca compensación de BIN y deducciones con sus límites.
- 4.Revisa las páginas de liquidación, aplica bonificaciones/deducciones que procedan y comprueba el resultado: a ingresar, a devolver (si procede) o cuota cero/negativa.
- 5.Pulsa Validar y corrige los errores de la sección Errores y avisos. No presentes con avisos críticos sin entenderlos: te puede costar dinero.
- 6.Si sale a ingresar: paga desde la propia pasarela del formulario para obtener el NRC, o consíguelo en tu banco y lo metes. Si domicilias, elige la fecha dentro del plazo.
- 7.Firma y Presenta. Descarga el justificante (PDF con CSV) y la declaración completa. Guarda todo junto con las cuentas y soportes durante 4 años.
- Certificado digital de representante de persona jurídica (FNMT/AC) o apoderamiento en la AEAT si vas a firmar con tu Cl@ve como persona física apoderada
- NIF de la entidad y datos del representante (administrador) tal como constan en la AEAT
- Cuentas anuales cerradas del ejercicio: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y, si procede, estado de cambios en patrimonio neto
- Detalle de pagos fraccionados efectuados (importes y NRC de Modelos 202/222 si los hiciste)
- Certificados de retenciones e ingresos a cuenta soportados (bancos, clientes, alquileres)
- Detalle de bases imponibles negativas pendientes de compensar y deducciones pendientes (I+D, cine, etc.)
- Justificantes de bonificaciones/deducciones aplicables y documentación de operaciones con rentas exentas si procede
- IBAN para domiciliación o NRC si pagas a ingresar fuera de la pasarela
Plazo que no perdona
Se presenta dentro de los 25 días naturales posteriores a los seis meses tras el cierre del ejercicio. Si cierras a 31/12, del 1 al 25 de julio. Si el último día es inhábil, pasa al siguiente hábil.
Multas y recargos por ir tarde
Sin requerimiento: recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo; a partir de 12 meses, 15% + intereses. Con requerimiento, sanción del 50%-150% de la cuota. No lo dejes para el último día.
Certificado, no Cl@ve (salvo apoderamiento)
Las personas jurídicas deben firmar con certificado digital de representante. Cl@ve PIN de la empresa no existe; si eres persona física apoderada, tu Cl@ve puede valer.
No es el tuyo si eres grupo
Si tributas en consolidación fiscal, toca el Modelo 220, no el 200.
Navegador y firma
La web de AEAT se lleva mejor con Chrome/Edge actuales. Ten el certificado bien instalado o usa un representante. Última hora del último día = colas y errores.
¿Qué necesito para completar Modelo 200 (Impuesto Sociedades) sin que me lo rechacen?
Modelo 200 (Impuesto Sociedades) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 5 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 5 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 200?
Toda entidad con personalidad jurídica residente en España (SL, SA, cooperativas, fundaciones, asociaciones parcialmente exentas) aunque no tenga actividad ni ingresos. Las entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, SCP) no presentan 200.
¿Cuál es mi plazo si mi ejercicio no va de enero a diciembre?
Cuenta seis meses desde la fecha de cierre y tendrás 25 días naturales para presentar. Ejemplo: cierras el 30/09 → presentas del 1 al 25 de abril siguiente.
¿Me pueden multar si no presento o presento tarde sin cuota a ingresar?
Sí. Aunque salga a cero o negativa, la presentación fuera de plazo lleva recargos/sanciones. Presenta en plazo y, si te has pasado, hazlo cuanto antes para minimizar el recargo.
¿Puedo pedir devolución si la cuota sale negativa?
No por salir negativa. La cuota negativa se compensa en ejercicios futuros. Solo hay devolución si los pagos/retenciones superan la cuota o si monetizas ciertas deducciones (p. ej., I+D en condiciones del art. 39.2 LIS).
¿Necesito certificado digital para presentar?
Sí, certificado de representante de persona jurídica o presentar a través de un apoderado. Cl@ve solo te sirve si tú, persona física, estás apoderado para esa entidad.
¿Cómo rectifico si me he equivocado?
Si el error te perjudica, pide rectificación de autoliquidación desde Sociedades WEB (plazo general 4 años). Si omitiste ingresos o debes aumentar la cuota, presenta una complementaria del 200 del mismo ejercicio.
¿El Modelo 200 sustituye el depósito de cuentas en el Registro Mercantil?
No. Son trámites distintos. La AEAT no deposita por ti en el Registro; toca hacer ambos si estás obligado.
¿Qué es Modelo 200 (Impuesto Sociedades) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 200 (Impuesto Sociedades) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de 200 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 200 (Impuesto Sociedades)?
El coste de Modelo 200 (Impuesto Sociedades) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 200 (Impuesto Sociedades)?
El tiempo estimado para Modelo 200 (Impuesto Sociedades) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 200 (Impuesto Sociedades)?
Para Modelo 200 (Impuesto Sociedades) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 200 (Impuesto Sociedades) necesita cita previa?
No, Modelo 200 (Impuesto Sociedades) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 200 (Impuesto Sociedades)?
Están obligadas a presentar Modelo 200 (Impuesto Sociedades) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 200 (Impuesto Sociedades) fuera de plazo?
Presentar Modelo 200 (Impuesto Sociedades) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 200 (Impuesto Sociedades)?
Los plazos oficiales de Modelo 200 (Impuesto Sociedades) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué necesito para completar Modelo 200 (Impuesto Sociedades) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 200 (Impuesto Sociedades) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 200 (Impuesto Sociedades) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 5 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 5 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
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Acción inmediata
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goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
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- Submit
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