Registrar y declarar animales exóticos y especies CITES (tenencia, importación y Art. 10)
Si tienes o vas a traer un reptil, ave exótica, primate u otra especie regulada, aquí pides los permisos CITES y registras la tenencia para no comerte una multa. Vale para tenencia legal, importación/exportación y el certificado intracomunitario (Art. 10) si quieres vender o ceder.
- [1]Registro de Animal Exótico / Especie CITES (MAPA / SOIVRE) — MAPA / SOIVRE (2026-05-04T18:02:14.088Z)
- [2]Autorización de Núcleo Zoológico (Comunidad Autónoma) — Comunidad Autónoma (2026-05-04T18:02:14.088Z)
- [4]Registro en el Censo de Animales de Compañía (Ayuntamiento) — Ayuntamiento (2026-05-04T18:02:14.088Z)
- [5]Implantación de Microchip e Identificación Animal (Comunidad Autónoma) — Comunidad Autónoma (2026-05-04T18:02:14.088Z)
Te explicamos cómo hacerlo
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- 1.Comprueba si tu especie está en CITES/Anexos UE en la página del MITECO y si figura como invasora: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/comercio-internacional/ y https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/especies-exoticas-invasoras/
- 2.Marca el ejemplar (microchip/anilla) y pide al veterinario el certificado de marcaje con número, fecha y tu identificación. Sin marcado, CITES te tumba la solicitud.
- 3.Entras con certificado/Cl@ve en la sede del MITECO (procedimiento CITES) y solicitas lo que toque: permiso de importación/exportación/reexportación o certificado Art. 10 para tenencia/venta. Adjunta origen, marcado y fotos.
- 4.Si importas: con el permiso de importación ya aprobado, coordinas la entrada por un Punto de Inspección Fronterizo con SOIVRE y Sanidad Animal, y presentas el DUA en Aduanas (AEAT): https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/aduanas/aduanas.shtml
- 5.Acudes a la inspección cuando te citen (SOIVRE/BCP). Lleva originales CITES y el animal para verificar el marcado. Paga lo que toque (tasas/gestión aduanera) y te liberan el ejemplar.
- 6.Recibes el permiso/certificado CITES (te lo pueden enviar en papel de seguridad). Guarda el original como oro: te lo pueden pedir en controles, ventas y movimientos.
- DNI/NIE y certificado digital o Cl@ve permanente (para tramitar en la sede del MITECO).
- Prueba de origen legal del ejemplar: factura/contrato de cesión, permiso CITES anterior o certificado de cría en cautividad (si es Anexo A/B).
- Marcaje del animal: microchip ISO 11784/11785 o anilla cerrada homologada (aves), con certificado veterinario de implantación/anillado.
- Fotos del ejemplar y del marcaje (anilla legible o número de microchip) tomadas por el veterinario.
- Si es importación: permiso de importación CITES aprobado por MITECO y permiso de exportación del país de origen (antes de enviar el animal).
- Si mueves por aduana: DUA y justificantes de IVA/aranceles (AEAT) y cita/inspección en el Punto de Inspección Fronterizo (SOIVRE).
- Para vender/ceder Anexo A: solicitud de Certificado intracomunitario CITES (Art. 10) y prueba de marcado/origen.
Anexo A sin Art. 10 no se vende
Si tu especie está en Anexo A (equivalente Apéndice I), no puedes vender, ceder ni anunciar sin Certificado CITES Art. 10. Sanciones y decomiso si te pillan.
Especie invasora: ni comprar ni reproducir
Si está en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, no se puede poseer, ceder ni reproducir salvo casos muy tasados. Las multas son serias y pueden decomisar el animal.
Originales CITES o no pasas aduana
Para importación/exportación necesitas los originales en papel de seguridad. Copias/escaneos no valen en frontera.
Marcaje obligatorio
Sin microchip (reptiles, mamíferos) o anilla cerrada (aves) con certificado, te deniegan permisos y Art. 10. Si el marcaje no coincide con el documento, toca repetir.
¿Me pueden multar si tengo un loro/reptil sin papeles?
Sí. Si es CITES sin documentos o una especie invasora, te arriesgas a sanción y decomiso. Si es Anexo A, sin Art. 10 ni marcado ni te acerques a venderlo.
¿Necesito Art. 10 para vender un Anexo B?
Para Anexo B no suele exigirse Art. 10, pero debes demostrar origen legal y marcaje. Guarda factura, certificado de cría y el número de microchip/anilla.
¿Cuánto tarda el permiso/certificado CITES?
Suele moverse entre 2 y 6 semanas según carga del MITECO y lo completo que esté tu expediente. Importaciones pueden alargarse si falta documentación del país de origen.
¿Puedo hacer esto con Cl@ve o necesito certificado digital?
Vale Cl@ve permanente o certificado digital para solicitar online. Aun así, el permiso suele emitirse en papel de seguridad y te lo envían o entregan.
¿Y si el animal es viejo y no tengo papeles?
Complicado. Con fotos antiguas, testigos y marcaje actual algunos casos se salvan, pero no es lo normal. Si además es invasora, olvídalo: la normativa lo prohíbe.
¿Esto sale más barato si lo hago sin agente de aduanas?
Si importas, puedes autodespachar, pero es un jardín. Entre SOIVRE, Sanidad Animal y AEAT, un agente te ahorra tiempo y sustos. El coste total depende de tasas y transporte.
¿Qué es Registro de Animal Exótico / Especie CITES y ante qué organismo se presenta?
Registro de Animal Exótico / Especie CITES es un trámite gestionado por MAPA / SOIVRE. Declaración y registro de animales exóticos o especies protegidas (CITES). Obligatorio para reptiles, aves exóticas, primates y otras especies reguladas.
¿Cuánto cuesta realizar Registro de Animal Exótico / Especie CITES?
El coste de Registro de Animal Exótico / Especie CITES es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de MAPA / SOIVRE antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Registro de Animal Exótico / Especie CITES?
El tiempo estimado para Registro de Animal Exótico / Especie CITES es 2–6 semanas. Puede variar según la carga del organismo MAPA / SOIVRE y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Registro de Animal Exótico / Especie CITES?
Para Registro de Animal Exótico / Especie CITES el usuario requiere certificado digital emitido por una autoridad reconocida (FNMT, ACCV, etc.). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Registro de Animal Exótico / Especie CITES necesita cita previa?
Sí, Registro de Animal Exótico / Especie CITES normalmente requiere cita previa en MAPA / SOIVRE. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Registro de Animal Exótico / Especie CITES exige microchip o pasaporte animal?
Determinados trámites de Registro de Animal Exótico / Especie CITES requieren microchip, cartilla sanitaria actualizada y, si hay desplazamiento internacional, pasaporte animal emitido por veterinario colegiado.
¿Registro de Animal Exótico / Especie CITES aplica a todas las especies?
Registro de Animal Exótico / Especie CITES puede aplicar solo a determinadas especies o razas. Revisa la normativa autonómica correspondiente y la clasificación de animales potencialmente peligrosos cuando proceda.
¿Dónde se registra Registro de Animal Exótico / Especie CITES?
Los registros animales asociados a Registro de Animal Exótico / Especie CITES suelen depender del órgano autonómico competente en sanidad animal o del ayuntamiento. Confirma el cauce en tu CCAA.
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