Cambio de titularidad de animal de compañía
Para poner a tu nombre un perro/gato/hurón ya identificado y censado. Sirve cuando adoptas, compras o alguien te lo cede y toca actualizar el censo municipal y el registro del microchip.
Te explicamos cómo hacerlo
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- 1.Firma con el antiguo titular un contrato/cesión y consigue su DNI/NIE escaneado.
- 2.Cambia el titular del microchip en el registro autonómico: pide a tu veterinario el “cambio de propietario” llevando DNI, contrato y cartilla. En Catalunya se tramita en AIAC (https://www.aiac.cat); en Comunitat Valenciana en RIVIA (https://rivia.gva.es).
- 3.Modifica o da de alta el censo municipal: si vives en Madrid, entra en https://sede.madrid.es y tramita “Censo de animales de compañía”; si vives en Barcelona, entra en https://ajuntament.barcelona.cat/tramits y busca “Cens d'animals de companyia”.
- 4.Adjunta el contrato/cesión, número de microchip y vacunación antirrábica en la sede electrónica de tu ayuntamiento y presenta la solicitud. Si hay tasa, págala ahí y guarda el justificante.
- 5.Si cambias de municipio, pide la baja del censo en el ayuntamiento anterior y da el alta en el nuevo el mismo día para que no quede descuadrado.
- 6.A los 1–5 días revisa que el censo y el registro del microchip ya te muestran como titular y guarda los resguardos.
- DNI/NIE del nuevo titular (y del antiguo si firma la cesión)
- Contrato de compraventa, adopción o documento de cesión firmado
- Número de microchip y etiqueta/certificado de identificación
- Cartilla sanitaria o pasaporte del animal
- Justificante de vacunación antirrábica vigente (según tu comunidad)
- Domicilio y municipio de residencia del nuevo titular (para el censo municipal)
- Si cambias de municipio: baja en el censo anterior (si te la facilitan)
Plazos y multas
La mayoría de ordenanzas dan 10–30 días para comunicar cambios de titular y domicilio. No hacerlo puede ser sanción leve. Si el microchip sigue a nombre del antiguo, a efectos legales el animal sigue siendo suyo.
Microchip y censo son cosas distintas
Cambiar solo el censo municipal NO actualiza el titular del microchip. Toca hacerlo en el registro autonómico (vía veterinario/colegio). Si hay un incidente, mirarán el microchip.
Perros potencialmente peligrosos (PPP/PRP)
Si el perro necesita licencia municipal, además del cambio de titular tendrás que tener tu licencia y seguro en vigor antes de que el ayuntamiento te lo acepte.
Cambio entre municipios/comunidades
Si te mudas, baja en el censo del municipio antiguo y alta en el nuevo. Pide al veterinario que actualice domicilio en el registro del microchip para que REIAC refleje el cambio.
¿Me pueden multar si no cambio el titular?
Sí. Las ordenanzas suelen obligar a censar y mantener datos actualizados. Si no cambias titular o domicilio en plazo (habitual: 10–30 días), te pueden caer sanciones leves.
¿Y si el antiguo propietario no quiere firmar?
Sin contrato o autorización, el veterinario lo tiene difícil para mover el registro. Pide que sea la protectora/tienda quien tramite el cambio, o aporta pruebas de la posesión. En casos feos, toca denuncia.
¿Necesito ir al veterinario?
Para el cambio de titular del microchip, sí o sí. El censo municipal normalmente lo haces online en la sede del ayuntamiento.
¿Cuánto cuesta realmente?
El censo suele ser gratuito o 5–10 €. El cambio de titular del microchip a menudo va incluido cuando lo gestiona el veterinario, pero depende del colegio de veterinarios de tu comunidad.
¿Qué pasa si el animal no tiene microchip?
Primero al veterinario a implantar microchip y registrar. Es obligatorio para perros en toda España (gatos y hurones, según comunidad). Luego haces el censo municipal.
¿Si el animal viene de otra comunidad autónoma hay algo extra?
Haz el cambio de titular en el registro de origen y actualiza domicilio. Después, alta en el censo de tu ayuntamiento. Algunos registros migran datos a REIAC automáticamente al cambiar domicilio.
¿Qué es Cambio de Titularidad de Animal de Compañía y ante qué organismo se presenta?
Cambio de Titularidad de Animal de Compañía es un trámite gestionado por Ayuntamiento. Transferencia de propiedad de un animal registrado. Necesario en adopciones, compraventas o cesiones. Actualización en censo municipal y REIAC.
¿Cuánto cuesta realizar Cambio de Titularidad de Animal de Compañía?
El coste de Cambio de Titularidad de Animal de Compañía es Gratuito – 10 €. Verifica importes actualizados en la sede de Ayuntamiento antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Cambio de Titularidad de Animal de Compañía?
El tiempo estimado para Cambio de Titularidad de Animal de Compañía es 1–5 días. Puede variar según la carga del organismo Ayuntamiento y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Cambio de Titularidad de Animal de Compañía?
Para Cambio de Titularidad de Animal de Compañía el usuario no requiere identificación digital. Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Cambio de Titularidad de Animal de Compañía necesita cita previa?
No, Cambio de Titularidad de Animal de Compañía se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Cambio de Titularidad de Animal de Compañía exige microchip o pasaporte animal?
Determinados trámites de Cambio de Titularidad de Animal de Compañía requieren microchip, cartilla sanitaria actualizada y, si hay desplazamiento internacional, pasaporte animal emitido por veterinario colegiado.
¿Cambio de Titularidad de Animal de Compañía aplica a todas las especies?
Cambio de Titularidad de Animal de Compañía puede aplicar solo a determinadas especies o razas. Revisa la normativa autonómica correspondiente y la clasificación de animales potencialmente peligrosos cuando proceda.
¿Dónde se registra Cambio de Titularidad de Animal de Compañía?
Los registros animales asociados a Cambio de Titularidad de Animal de Compañía suelen depender del órgano autonómico competente en sanidad animal o del ayuntamiento. Confirma el cauce en tu CCAA.
Acción inmediata
Ver guía y requisitos
Necesitamos al menos tu municipio para decidir si existe una sede local o autonómica validada para el expediente animal.
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