Dar de baja a tu animal por fallecimiento, pérdida o robo (censo municipal)
Para comunicar al censo de tu ayuntamiento que tu perro/gato u otro animal registrado ha fallecido, se ha perdido o te lo han robado. Te evita sustos con multas y deja el registro al día.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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- 1.Recoge el número de microchip y la prueba principal: certificado del veterinario/crematorio si es fallecimiento, o denuncia policial si es extravío/robo.
- 2.Escanea todo en PDF (DNI, microchip, certificado o denuncia). Ojo con el peso: muchas sedes no dejan subir más de 5 MB por archivo.
- 3.Entra en la sede electrónica de tu ayuntamiento y busca el trámite “Baja en censo de animales de compañía (fallecimiento/extravío/robo)”. Suele estar en ‘Trámites’ > ‘Animales’ o ‘Censo’.
- 4.Rellena la solicitud online indicando el número de microchip, fecha del hecho y motivo (fallecimiento, extravío o robo). Adjunta los PDFs y presenta por registro electrónico (si pide Cl@ve o certificado, usa el que tengas).
- 5.Descarga el justificante de presentación. Guarda el número de registro. Si no te llega confirmación de baja en 24-72 h, entra a tu expediente y comprueba que no te han pedido subsanar.
- 6.Si tu comunidad autónoma tiene registro propio de identificación y tu ayuntamiento no comunica de oficio, notifica también allí (lo suelen gestionar colegios veterinarios; tu clínica te puede tramitar la baja con el microchip).
- DNI/NIE del titular (y del autorizado si lo hace otra persona)
- Número de microchip del animal (tarjeta identificativa o informe del veterinario)
- Certificado veterinario de defunción o justificante de crematorio/incineradora (si ha muerto o eutanasia)
- Denuncia en Policía Nacional/Guardia Civil por extravío o robo (si aplica)
- Formulario municipal de baja en el censo de animales de compañía, cumplimentado (de la sede electrónica de tu ayuntamiento)
- Documento de representación/autorización firmada y copia del DNI del titular (si no lo haces tú)
- Cartilla/pasaporte del animal o último justificante de vacunación (a veces lo piden para cruzar datos)
Tienes 30 días para notificar
Las ordenanzas suelen dar 30 días para comunicar la muerte, pérdida o robo al censo. Pasarte de plazo puede acarrear sanción administrativa.
Pérdida/robo: denuncia siempre
Si no presentas denuncia, el ayuntamiento puede no tramitar la baja por extravío/robo. Además te cubre ante posibles usos del microchip por terceros.
No encuentras el microchip
Pídeselo a tu veterinario o al colegio de veterinarios de tu comunidad. Sin número no te aceptan la baja en la mayoría de censos.
Subsanaciones que atrasan todo
Si subes fotos borrosas o documentos incompletos, te pedirán subsanar y el expediente se para. Sube PDFs legibles y todo en una sola presentación.
¿Me pueden multar si no doy de baja al animal?
Sí. No comunicar fallecimiento, extravío o robo es infracción según tu ordenanza municipal. Las cuantías varían, pero suelen ser sanciones leves si te demoras sin justificar.
No tengo el número de microchip, ¿qué hago?
Llama a tu veterinario: lo tienen en el historial. También puedes pedir ayuda al colegio veterinario de tu comunidad. Sin ese dato, el censo no te tramita la baja.
¿Hace falta la cartilla o pasaporte del animal?
No siempre, pero muchos ayuntamientos la piden para cruzar datos. Si no la tienes, adjunta lo que tengas (última vacuna, factura del chip) y explica en observaciones.
¿Puedo hacer el trámite si no soy el titular?
Sí, con autorización firmada y copia del DNI del titular. Si el titular ha fallecido, aporta certificado de defunción y documento que acredite el vínculo o herencia.
¿También tengo que darlo de baja en el registro autonómico?
Depende de tu comunidad. En algunas el ayuntamiento comunica de oficio; en otras debes avisar al registro autonómico. Tu veterinario puede gestionarlo con el microchip.
¿Puedo mandarlo por email al ayuntamiento?
Mejor no. Lo correcto es registro electrónico o presencial. Un email simple puede no tener validez de registro y te quedarías igual.
¿Qué es Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal y ante qué organismo se presenta?
Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal es un trámite gestionado por Ayuntamiento. Comunicación obligatoria de la muerte, extravío o robo de un animal registrado. Plazo máximo de 30 días para notificar al censo.
¿Cuánto cuesta realizar Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal?
Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal es gratuito. No se aplica ninguna tasa oficial al solicitante.
¿Cuánto tarda Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal?
El tiempo estimado para Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal es Inmediato. Puede variar según la carga del organismo Ayuntamiento y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal?
Para Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal el usuario no requiere identificación digital. Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal necesita cita previa?
No, Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal exige microchip o pasaporte animal?
Determinados trámites de Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal requieren microchip, cartilla sanitaria actualizada y, si hay desplazamiento internacional, pasaporte animal emitido por veterinario colegiado.
¿Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal aplica a todas las especies?
Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal puede aplicar solo a determinadas especies o razas. Revisa la normativa autonómica correspondiente y la clasificación de animales potencialmente peligrosos cuando proceda.
¿Dónde se registra Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal?
Los registros animales asociados a Baja por Fallecimiento o Pérdida de Animal suelen depender del órgano autonómico competente en sanidad animal o del ayuntamiento. Confirma el cauce en tu CCAA.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
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