Alta en el padrón municipal (empadronamiento) en tu Ayuntamiento
Te das de alta en el padrón del municipio donde vives para poder tener médico, escolarizar peques, votar y hacer mil trámites. Sirve para cualquiera que resida en ese municipio, tengas o no contrato a tu nombre.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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- 1.Entra en la sede electrónica de tu Ayuntamiento y busca “Padrón” o “Empadronamiento”. Si tienen trámite online, accede con Cl@ve, certificado digital o DNIe (ejemplos: sede.madrid.es, ajuntament.barcelona.cat, sede.valencia.es).
- 2.Descarga y rellena la hoja padronal de tu Ayuntamiento. Si te empadronas en casa de otra persona, que firme también el titular del domicilio.
- 3.Si no puedes hacerlo online o prefieres presencial, pide cita previa en la sección de Padrón/Habitantes de tu Ayuntamiento (en muchos casos la cita se pide desde su web de cita previa).
- 4.Acude a la cita con originales y copias de toda la documentación. Entregas la hoja padronal y los justificantes. Te dan de alta en el acto si todo cuadra.
- 5.Si lo haces online, sube los documentos escaneados y firma la solicitud con Cl@ve Firma o certificado. Guarda el justificante y vigila las notificaciones en tu carpeta ciudadana municipal.
- 6.Una vez de alta, descarga o pide el volante/certificado de empadronamiento. La baja en tu municipio anterior la tramita de oficio el nuevo Ayuntamiento, no tienes que hacer nada.
- DNI, NIE o pasaporte en vigor (original y copia)
- Justificante de domicilio: contrato de alquiler, escritura/nota simple o cesión de uso
- Si te empadronas en casa de otra persona: autorización firmada del titular + fotocopia de su DNI/NIE
- Recibo reciente de suministro (luz/agua/gas) del domicilio, si el contrato es antiguo o no está a tu nombre
- Hoja padronal del Ayuntamiento (la descargas de su sede o te la dan en la oficina), firmada por todos los mayores de edad que se empadronan
- Menores: libro de familia o certificado de nacimiento y autorización de ambos progenitores; si hay custodia exclusiva, aporta sentencia/convenio
- Personas extranjeras sin NIE: pasaporte (y, si lo tienes, NIE/TIE); no te pueden negar por no tener NIE
- En pisos compartidos: además, declaración/cesión del titular o arrendatario y prueba de que vive ahí (recibo a su nombre)
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