Modelo 145: comunica a tu pagador tus datos para calcular la retención de IRPF
Sirve para que tu empresa (o quien te paga pensión o paro) calcule bien la retención del IRPF. Lo rellenas tú y se lo entregas al pagador, no a Hacienda.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- DNI/NIE y tus datos completos.
- NIF y nombre de tu pagador (empresa, Seguridad Social o SEPE).
- Fechas clave: inicio del trabajo, nacimientos, sentencias de divorcio, reconocimiento de discapacidad.
- Libro de familia o certificados de nacimiento de hijos que vayas a declarar.
- Resolución/convenio de guarda y custodia y de pensión de alimentos/compensatoria (si aplica).
- Certificado de discapacidad y, si procede, de movilidad reducida.
Documentación
- Modelo 145 cumplimentado, firmado y fechado.
- Libro de familia/certificados para acreditar descendientes (si te lo piden).
- Sentencias o convenios para custodias y pensiones (si procede).
- Certificados de discapacidad emitidos por el órgano competente (si procede).
- Cualquier justificante de convivencia con ascendientes si los incluyes (te lo pueden pedir para archivo).
Paso a paso
- Entra en la AEAT y localiza el modelo: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/retenciones-ingresos-cuenta/modelo-145.html.
- Descarga el PDF rellenable del Modelo 145. Rellena: tus datos y NIF, NIF del pagador, situación familiar, descendientes/ascendientes, discapacidad y pensiones o anualidades por alimentos (si aplican). Pon las fechas.
- Firma y fecha el formulario. Si tu empresa tiene portal de RR. HH., súbelo; si no, imprime y entrégalo en RR. HH./nóminas.
- Pide copia sellada o descarga el acuse del portal y guárdalo con los justificantes. Esto te salva si hay lío.
- Comprueba en la siguiente nómina que el tipo se ha actualizado. Si no, reclama aportando el justificante.
- Cuando cambie algo (nacimiento, divorcio, fin de pensión, nueva discapacidad…), presenta otro 145 en 10 días.
Trucos que te ahorran tiempo
- Entrega el 145 antes del cierre de nómina del mes si quieres que aplique ya. Pregunta a RR. HH. cuál es su fecha límite.
- Si te están reteniendo demasiado poco y temes el sablazo en la Renta, pide subir voluntariamente tu porcentaje.
- Si tu pagador es la Seguridad Social o el SEPE, suelen tener trámite online para comunicar/ajustar la retención: úsalo y guarda el justificante.
- Revisa que esté bien el NIF del pagador y todas las fechas. Un dígito mal y te aplican mal el tipo.
- Guarda el 145 y los soportes al menos 4 años (periodo típico de comprobación).
Errores frecuentes
- Pensar que se presenta en Hacienda: no, es al pagador.
- No firmar o no fechar el 145: la empresa no lo aplica.
- Incluir hijos mayores de 25 o pareja de hecho como cónyuge a cargo: no procede.
- Olvidar marcar custodia compartida o no repartir al 50% con tu ex.
- Marcar casillas de discapacidad sin certificado o de movilidad geográfica sin derecho.
- No comunicar cambios en 10 días (nacimientos, divorcio, fin de pensiones) y que te apliquen mal la retención meses.
- No pedir copia sellada o acuse: si hay error, no puedes demostrar que lo entregaste a tiempo.
- 1.Entra en la página oficial del Modelo 145 de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/retenciones-ingresos-cuenta/modelo-145.html
- 2.Descarga el Modelo 145 (PDF rellenable) y cumplimenta: tus datos y NIF, NIF del pagador, situación familiar, descendientes/ascendientes, discapacidad y pensiones o anualidades por alimentos si procede.
- 3.Firma y fecha el Modelo 145. Si tu empresa tiene portal de RR. HH., súbelo ahí; si no, imprímelo y entrégalo en RR. HH./nóminas.
- 4.Pide y guarda justificante (copia sellada o acuse del portal). Conserva también los documentos que acreditan lo declarado.
- 5.Revisa tu siguiente nómina para ver que han actualizado el tipo de retención. Si no, insiste con el justificante.
- 6.Cuando cambie algo (nacimiento, divorcio, fin de pensión, discapacidad, etc.), presenta un nuevo 145 en un máximo de 10 días.
- DNI o NIE en vigor
- NIF y razón social de tu pagador (empresa, Seguridad Social o SEPE)
- Libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos que declares
- Resolución o convenio regulador sobre custodia y pensión de alimentos/compensatoria (si aplica)
- Certificado oficial de discapacidad y, en su caso, de movilidad reducida (si aplica)
- Documentos que acrediten convivencia con ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad si los incluyes (solo si te lo piden)
- Datos de fechas clave: inicio relación laboral, nacimientos, sentencias, reconocimiento de discapacidad
No se presenta en Hacienda
El Modelo 145 se entrega al pagador (empresa, Seguridad Social, SEPE). Hacienda no lo recoge en su sede electrónica.
Plazo de 10 días para cambios
Si cambian tus circunstancias (nacimientos, divorcio, discapacidad, pensiones), tienes 10 días para comunicarlo. El nuevo tipo aplica en la siguiente nómina que dé tiempo a cerrar.
Datos falsos, lío seguro
Dar datos erróneos o inventados puede suponer sanción y ajustes en tu Renta. Tu pagador puede pedirte justificantes y está obligado a conservar tu 145.
Si no lo das, te aplican tipo por defecto
Sin 145 suelen aplicarte un tipo más alto (sin hijos ni circunstancias). Luego ajustarás en la Renta, pero te puede fastidiar el neto mes a mes.
Ojo con lo que sí cuenta
Hijos mayores de 25 no dan mínimo por descendientes. Pareja de hecho no es cónyuge a cargo. Custodia compartida reparte al 50%.
¿Qué necesito para completar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) sin que me lo rechacen?
Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Tengo que presentar el 145 en la AEAT?
No. El 145 se entrega al pagador (tu empresa, Seguridad Social o SEPE). La AEAT solo publica el modelo y la normativa; no lo tramita.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 145?
Te aplicarán un tipo por defecto, normalmente más alto, y cobrarás menos neto. En la Renta ajustarás, pero mientras tanto te afecta al bolsillo.
¿Cuándo tengo que comunicar cambios?
Tienes 10 días desde que se produce el cambio (nacimiento, divorcio, inicio/fin de pensiones, discapacidad…). Aplica en la siguiente nómina que dé tiempo a cerrar.
¿Puedo pedir que me retengan más o menos?
Puedes pedir que te retengan más y la empresa debe aceptarlo. Pedir menos no es opcional: el tipo sale del cálculo legal con los datos que declares.
Tengo custodia compartida, ¿cómo lo pongo?
Marca custodia compartida y reparte los descendientes al 50%. Tu expareja y tú no podéis aplicar el 100% cada uno.
Estoy cobrando pensión o el paro, ¿a quién envío el 145?
A la Seguridad Social (si es pensión) o al SEPE (si es prestación). Muchas veces se hace desde sus sedes electrónicas; guarda el justificante.
¿Tengo que adjuntar el libro de familia o sentencias?
No se adjuntan a Hacienda, pero tu pagador puede pedirlas para archivar. Tenlos a mano por si los quieren revisar.
¿Qué es Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de 145 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones)?
El coste de Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones)?
El tiempo estimado para Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones)?
Para Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) necesita cita previa?
No, Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones)?
Están obligadas a presentar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) fuera de plazo?
Presentar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones)?
Los plazos oficiales de Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué necesito para completar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 145 (Comunicación Datos Retenciones) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
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Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
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- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entra en la página oficial del Modelo 145 de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/retenciones-ingresos-cuenta/modelo-145.html
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