Modelo 202: pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
Sirve para ingresar los pagos fraccionados del IS de tu sociedad en abril, octubre y diciembre. Te toca si tributas por IS (si eres grupo en consolidación, va por el 222).
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
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- 1.Entra en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuesto-sobre-sociedades/pagos-fraccionados/modelo-202.html y pulsa en "Presentación ejercicio corriente".
- 2.Identifícate con Cl@ve, certificado o DNIe y selecciona el NIF de la sociedad.
- 3.Elige periodo: 1P (abril), 2P (octubre) o 3P (diciembre) y la modalidad (40.2 o 40.3). Rellena importes según te corresponda.
- 4.Elige forma de pago: domiciliación (solo hasta el día 15), NRC de banco colaborador o transferencia. Si vas por NRC, obtenlo en tu banco o en la propia Sede y vuelve para firmar.
- 5.Firma y presenta. Descarga el justificante PDF con CSV y, si has generado NRC, verifica que consta el número en el recibo.
- 6.Si prefieres presencial, pide cita previa en AEAT (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos/cita-previa.html), lleva el modelo cumplimentado y el NRC/IBAN, y lo registras en mostrador.
- NIF de la sociedad y de quien firma (administrador o apoderado)
- Cl@ve, certificado digital o DNIe del firmante (representante legal o apoderado en AEAT)
- Datos para calcular el pago: modalidad 40.2 (cuota del último IS) o 40.3 (base imponible acumulada del periodo)
- Para 40.2: cuota íntegra del último Modelo 200 y minoraciones aplicadas (deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta)
- Para 40.3: contabilidad al día (base imponible acumulada del periodo, retenciones y pagos fraccionados anteriores)
- IBAN para domiciliar (si eliges domiciliación) o NRC del banco colaborador (si pagas al instante)
- Justificante de apoderamiento en AEAT si no firma el administrador (apoderamiento para presentar y pagar impuestos)
Plazos de presentación
Del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre. Si es domiciliación, hasta el día 15. Si el 20 cae en inhábil, pasa al siguiente hábil.
Recargos por fuera de plazo
Si presentas tarde con ingreso voluntario: recargo del 1% + 1% por cada mes completo de retraso; a partir de 12 meses, 15% + intereses (art. 27 LGT). Si te requieren antes, hay sanción.
Modalidad 40.3 obligatoria para grandes
Si tu volumen de operaciones del año anterior supera 6.010.121,04 €, vas por 40.3 sí o sí. La modalidad elegida en el primer 202 del ejercicio te ata todo el año.
No es el tuyo si eres grupo fiscal
Consolidación fiscal usa Modelo 222. Presentar 202 por error te complica el cuadro y tocará rectificar.
Cuidado con el día 20
La web se satura y los bancos dejan de emitir NRC tarde. No lo dejes para el último día si no quieres sustos.
¿Cuándo se presenta el Modelo 202?
Del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre. Si domicilias, tienes hasta el día 15. Si el último día es inhábil, se mueve al siguiente hábil.
¿Qué pasa si me equivoco de modalidad (40.2/40.3)?
La modalidad se define con el primer 202 del ejercicio y te vincula todo el año. Si te has equivocado, tendrás que rectificar y puede implicar complementarias y recargos.
¿Debo presentarlo si me sale a cero?
Sí, si estás obligado a pagos fraccionados, se presenta aunque salga cero. En 40.3, con pérdidas puede salir cero, pero igualmente hay que enviarlo.
¿Cómo pago el 202?
Puedes domiciliar (hasta el día 15), pagar con NRC de un banco colaborador o usar la opción de transferencia de la Sede. Guarda siempre el justificante con CSV.
¿Me pueden multar si lo presento tarde?
Sí. Con ingreso voluntario hay recargo automático (1% por mes, luego 15% + intereses). Si AEAT te requiere antes, puede haber sanción y no aplica el recargo reducido.
¿Cómo corrijo un 202 ya presentado?
Desde la misma opción del modelo puedes presentar complementaria (más ingreso) o sustitutiva (sustituye la anterior). Si sube el importe, calcula recargos/intereses.
¿Qué es Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de 202 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 202 (Pago Fraccionado IS)?
El coste de Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 202 (Pago Fraccionado IS)?
El tiempo estimado para Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 202 (Pago Fraccionado IS)?
Para Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) necesita cita previa?
Sí, Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) normalmente requiere cita previa en AEAT. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 202 (Pago Fraccionado IS)?
Están obligadas a presentar Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) fuera de plazo?
Presentar Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 202 (Pago Fraccionado IS)?
Los plazos oficiales de Modelo 202 (Pago Fraccionado IS) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
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Tu siguiente paso
1.Entra en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuesto-sobre-sociedades/pagos-fraccionados/modelo-202.html y pulsa en "Presentación ejercicio corriente".
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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