Modelo 210 IRNR (no residentes sin EP): declara alquileres, imputación de inmuebles y otras rentas
Sirve para que, si no resides fiscalmente en España y no operas con establecimiento permanente, declares y pagues el IRNR por alquileres, imputación de inmuebles, intereses, dividendos o ganancias (incluida venta de vivienda). Te evita recargos y te permite pedir devolución del 3% retenido en ventas.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- NIE/NIF y datos de contacto.
- Referencia catastral y valor catastral si hay inmueble (alquiler o imputación).
- Certificado de residencia fiscal si quieres tipo 19% UE/EEE o aplicar convenio.
- Justificantes de ingresos y gastos (alquiler: recibos, IBI, intereses, comunidad; valores: extractos del broker, etc.).
- Justificante del Modelo 211 si vendiste un inmueble.
- IBAN (mejor SEPA) para devoluciones y una cuenta en banco colaborador para pagar con NRC.
Documentación
- Identificación: NIE/NIF y, si procede, pasaporte.
- Certificado de residencia fiscal vigente (emitido por tu país) si aplicas tipo reducido o deducciones.
- Documentos del inmueble: escritura o recibo IBI con referencia y valor catastral.
- Contrato de alquiler y recibos de cobro; facturas/recibos de gastos deducibles.
- Justificante del Modelo 211 (venta de inmueble) y precio/fecha de compra y venta.
- Datos bancarios: IBAN/BIC para devoluciones, y NRC para pagos.
Paso a paso
- Entra en la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/no-residentes/modelo-210.html y abre el formulario del Modelo 210.
- Identifícate con Cl@ve/certificado. Si no tienes, usa la opción de predeclaración para imprimir y pagar en banco.
- Elige el tipo de renta: alquiler, imputación de inmueble, intereses/dividendos, transmisión. Indica el periodo (trimestre o fecha de devengo).
- Rellena datos personales y, si procede, del inmueble (referencia y valor catastral). Marca UE/EEE si aplica y ten el certificado de residencia por si te lo piden.
- Introduce ingresos y gastos (solo UE/EEE en alquiler). La calculadora del 210 te saca la cuota con el tipo correspondiente (24% o 19%).
- Paga: genera NRC con tu banco colaborador o domicilia en cuenta española. Si sale a devolver/cero, pasa a presentar e indica IBAN.
- Presenta y guarda el justificante con CSV. Si es por venta de inmueble, pon el justificante del Modelo 211 para la devolución del 3%.
Trucos que te ahorran tiempo
- Haz el borrador un día antes del fin de plazo: el día 20 los bancos se caen y el NRC falla.
- Si eres UE/EEE, sube/guarda bien tu certificado de residencia fiscal del año: sin eso, AEAT te aplicará 24% y sin gastos.
- Para imputación de inmuebles, mira el valor catastral en el recibo del IBI y si está revisado: cambia el porcentaje (1,1% vs 2%).
- Si no tienes cuenta española, la predeclaración e ingreso en banco colaborador te evita peleas con tarjetas extranjeras.
- Guarda siempre el CSV y el PDF: si te requieren, respondes en 5 minutos.
Errores frecuentes
- Presentar fuera de plazo y pagar recargos por despiste del trimestre.
- No poner el justificante del Modelo 211 tras vender: la devolución del 3% se queda en el limbo.
- Aplicar el 19% y deducir gastos sin certificado de residencia fiscal: te lo regularizan y con intereses.
- Equivocarte de periodo (trimestre mal) y tener que rectificar.
- Usar Safari o móvil viejo: el formulario peta. Tira de Chrome/Edge en PC y todo fluye.
- 1.Entra en la sede de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/no-residentes/modelo-210.html
- 2.Pulsa en el formulario del Modelo 210 y identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNIe (o usa predeclaración sin identificación si solo quieres imprimir y pagar en banco).
- 3.Elige el tipo de renta que declaras (alquiler, imputación de inmueble, intereses/dividendos, ganancia por venta) y el periodo devengo (trimestre o fecha concreta).
- 4.Rellena tus datos y los del inmueble/pagador; si aplicas convenio/UE-EEE y deducciones en alquiler, marca esa opción y ten a mano el certificado de residencia fiscal.
- 5.Revisa la cuota: si sale a ingresar, paga por NRC desde tu banco o domicilia (cuenta española); si sale a devolver o cero, indica IBAN y continúa.
- 6.Presenta la autoliquidación y guarda el justificante con CSV. Si has vendido inmueble, incluye el número justificante del Modelo 211 para la devolución del 3%.
- 7.Consulta el estado o descarga la copia en la sede (Mis expedientes > Impuestos y tasas > No residentes).
- NIE o NIF de no residente; si no tienes, pasaporte + NIF asignado por AEAT
- Dirección y datos del inmueble en España (referencia catastral y valor catastral) si es alquiler o imputación
- Certificado de residencia fiscal de tu país (vigente) si aplicas tipo reducido por convenio o el 19% UE/EEE
- Justificantes de ingresos y gastos del periodo (contratos, recibos de alquiler, IBI, intereses, comunidad) si declaras alquiler
- Número justificante del Modelo 211 si has vendido inmueble (para pedir devolución del 3% retenido)
- IBAN (y BIC si es fuera de España) para devoluciones; mejor cuenta SEPA
- NRC (Número de Referencia Completo) si pagas online; lo genera tu banco colaborador
Plazos que no perdonan
Alquileres: del 1 al 20 de abril/julio/octubre/enero por trimestres. Imputación de inmuebles: durante todo el año siguiente al devengo. Venta de inmueble: 3 meses desde que termina el mes posterior a la venta (ojo, corre que vuela).
Recargos y multas por fuera de plazo
Si te pasas: recargo del 1% al 20% según retraso; a partir de 12 meses además intereses. Si AEAT te pilla antes de presentar, puede caer sanción. Sale más barato presentar voluntariamente cuanto antes.
Tipos y gastos: no todos pueden
Tipo general 24%. Si eres de la UE/EEE con intercambio de información, 19% y en alquiler puedes deducir gastos. Sin certificado de residencia fiscal, AEAT te aplica el 24% y sin gastos.
Pagos y NRC
El NRC lo da un banco colaborador en España. La pasarela de pago de AEAT a veces falla con tarjetas extranjeras; si no puedes, usa predeclaración e ingresa en banco colaborador o domicilia con cuenta española.
Devolución del 3% en ventas
Para recuperar el 3% del Modelo 211 del comprador, necesitas presentar el 210 en plazo y poner el justificante del 211. Sin eso, la devolución se eterniza o ni arranca.
¿Qué necesito para completar Modelo 210 (IR No Residentes) sin que me lo rechacen?
Modelo 210 (IR No Residentes) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Qué plazo tengo para declarar alquiler con el 210?
Trimestral: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero, por los alquileres devengados en el trimestre. No lo dejes para el último día porque los bancos para NRC se saturan.
¿Cómo se calcula la imputación de rentas de un inmueble vacío?
Sobre el valor catastral: 1,1% si ha sido revisado recientemente, 2% si no. Pagas el tipo del IRNR que te corresponda (24% general o 19% UE/EEE) sobre esa base.
He vendido mi piso y me retuvieron el 3% (Modelo 211). ¿Cómo lo recupero?
Presenta el 210 por la ganancia/pérdida en el plazo especial (3 meses desde que acaba el mes siguiente a la venta) e indica el justificante del 211. Si te sale a devolver, AEAT te ingresará la diferencia.
¿Me pueden multar si no presento el 210?
Sí. Si presentas tarde por tu cuenta, recargo del 1% al 20%. Si no presentas y te requieren, además sanción. Presenta cuanto antes para que no sangre.
¿Puedo presentar sin certificado digital ni Cl@ve?
Sí, con la predeclaración: imprimes, pagas en banco colaborador y luego registras. Pero online con Cl@ve/certificado es inmediato y te ahorras paseos.
¿Puedo deducir gastos del alquiler siendo no residente?
Solo si eres residente en la UE/EEE con intercambio de información y puedes acreditarlo. En ese caso, IBI, intereses de hipoteca, comunidad y reparaciones son deducibles si hay factura/recibo.
¿Qué es Modelo 210 (IR No Residentes) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 210 (IR No Residentes) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de 210 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 210 (IR No Residentes)?
El coste de Modelo 210 (IR No Residentes) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 210 (IR No Residentes)?
El tiempo estimado para Modelo 210 (IR No Residentes) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 210 (IR No Residentes)?
Para Modelo 210 (IR No Residentes) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 210 (IR No Residentes) necesita cita previa?
No, Modelo 210 (IR No Residentes) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 210 (IR No Residentes)?
Están obligadas a presentar Modelo 210 (IR No Residentes) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 210 (IR No Residentes) fuera de plazo?
Presentar Modelo 210 (IR No Residentes) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 210 (IR No Residentes)?
Los plazos oficiales de Modelo 210 (IR No Residentes) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué necesito para completar Modelo 210 (IR No Residentes) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 210 (IR No Residentes) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 210 (IR No Residentes) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Empezar trámiteGratis. Sin cuenta y sin instalar nada.
Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entra en la sede de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/no-residentes/modelo-210.html
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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