Modelo 211: retención del 3% al comprar un inmueble a un no residente (IRNR)
Si compras una vivienda o local a un vendedor no residente en España, te toca retener el 3% del precio y pagarlo a Hacienda con el Modelo 211. Con esto cumples con el IRNR y le das al vendedor su justificante para que luego haga su Modelo 210.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve, certificado digital o DNIe para entrar en la sede de la AEAT.
- Escritura o borrador con fecha, notario y precio final.
- Datos del transmitente no residente (NIF/NIE; si solo tiene NIE, no significa que sea residente fiscal).
- Dirección y referencia catastral del inmueble.
- Cuenta en banco colaborador o tarjeta para pagar online desde la sede.
- Porcentajes si hay varios compradores o varios vendedores.
Documentación
- Escritura de compraventa (o minuta notarial) con fecha, precio y datos del notario.
- NIF/NIE del comprador y del transmitente no residente.
- Dirección y referencia catastral (aparecen en la escritura o en el recibo del IBI).
- Datos bancarios (IBAN de banco colaborador) o tarjeta para el pago y obtención del NRC.
- Certificado de residencia fiscal en España del vendedor, solo si alega ser residente (si no lo aporta, toca retener).
- Reparto de porcentajes si hay cotitulares.
Paso a paso
- Confirma la no residencia del vendedor. Si no te da certificado de residencia fiscal en España, aplica retención del 3%. No te líes: NIE ≠ residente.
- Entra en https://sede.agenciatributaria.gob.es > “Retenciones e ingresos a cuenta” > Modelo 211 (IRNR) y identifícate con Cl@ve o certificado.
- Rellena el formulario: tus datos, datos del transmitente no residente, inmueble (dirección y referencia catastral), notario y fecha de la escritura, precio y porcentaje de participación. El sistema calcula el 3% automáticamente.
- Paga el 3% desde la sede: adeudo en cuenta (si tu banco es colaborador) o tarjeta. La sede genera el NRC al instante.
- Presenta la autoliquidación y descarga el justificante y la “copia para el transmitente no residente”.
- Entrega al vendedor su copia del 211 (sin eso no puede hacer bien su Modelo 210) y guarda tu justificante.
- ¿Prefieres presencial? Saca cita previa en la AEAT, genera la predeclaración del 211 en la sede, paga en un banco colaborador y lleva el justificante el día de la cita.
Trucos que te ahorran tiempo
- Hazlo el mismo día o la misma semana de la firma. El plazo es 1 mes y el calendario vuela.
- Paga con adeudo en cuenta si puedes: te da el NRC sin pelearte con la banca online.
- Pide al notario que te pase por email los datos exactos (colegiado, protocolo y fecha) para no meter la pata.
- Si sois varios compradores, prepara los datos de cada uno y presenta un 211 por cada adquirente/transmitente según porcentajes; así no te lo tumban.
- Si tu banco no es colaborador, usa tarjeta desde la sede y listo.
Errores frecuentes
- Confiar en que el notario lo hace: no. El 211 lo presentas tú (o tu gestor).
- No presentar en un mes: recargos, intereses y posible sanción. Evitable totalmente.
- Pensar que el NIE = residente: error clásico. Sin certificado de residencia fiscal en España, se retiene.
- No dar la copia al vendedor: te acabará llamando enfadado porque no puede hacer su 210.
- Meter mal el precio o los porcentajes: el 3% se calcula sobre el precio de la escritura, proporcional si sois varios.
- Hacer un solo 211 cuando hay varios titulares: la AEAT pide desglosar por adquirente/transmitente. Evita devoluciones.
- Pagar desde banco no colaborador sin tarjeta: te quedas sin NRC y te bloqueas. Usa tarjeta si tu banco no está en la lista.
- 1.Comprueba si el vendedor es no residente: si no te acredita residencia fiscal en España, aplica el 3% de retención.
- 2.Entras en sede.agenciatributaria.gob.es > Retenciones e ingresos a cuenta > Modelo 211 (IRNR) y te identificas con Cl@ve o certificado.
- 3.Rellenas los datos: comprador, transmitente no residente, inmueble (dirección y referencia catastral), notario y fecha de escritura, precio y porcentaje. El formulario calcula el 3%.
- 4.Pagas el 3% online: adeudo en cuenta de banco colaborador o tarjeta. Obtienes el NRC automáticamente si pagas desde la sede.
- 5.Presentas el Modelo 211 desde la misma página y descargas el justificante y la “copia para el transmitente no residente”.
- 6.Entregas al vendedor no residente su copia del 211 (se la pedirán para su Modelo 210) y guardas tu justificante.
- 7.Si prefieres presencial: pides cita en la AEAT, generas la predeclaración del 211 desde la sede, pagas en banco colaborador y llevas el justificante el día de la cita.
- Escritura o borrador de compraventa (fecha, notario, precio y datos del inmueble)
- NIF/NIE del comprador y del transmitente no residente (ojo: NIE no implica residencia fiscal)
- Dirección y referencia catastral del inmueble
- Datos del notario (nombre y Colegio), fecha de la transmisión
- Porcentaje de participación si hay varios compradores o varios vendedores
- Cuenta en entidad colaboradora de la AEAT o tarjeta para pagar online (para obtener NRC)
- Si el vendedor dice ser residente en España: certificado de residencia fiscal emitido por la AEAT (si no lo aporta, aplica la retención)
Plazo de 1 mes
Tienes 1 mes desde la escritura de compraventa para ingresar el 3% con el Modelo 211. Si te pasas, llegan recargos, intereses y posible sanción.
No te fíes del NIE
Tener NIE no significa ser residente fiscal. Si el vendedor no prueba residencia fiscal en España, toca retener y presentar el 211.
Varios compradores o vendedores
Si sois varios, se presentan tantos 211 como adquirentes/transmitentes según porcentajes. No lo metas todo en uno o te lo echarán para atrás.
Copia para el vendedor
Entrega al transmitente no residente la copia del 211. Sin eso no puede pedir devolución/compensación con su Modelo 210.
Pago online y bancos
El pago por adeudo en cuenta exige banco colaborador de la AEAT. Si tu banco no está, usa tarjeta desde la sede para sacar el NRC.
¿Qué necesito para completar Modelo 211 (Retención IRNR) sin que me lo rechacen?
Modelo 211 (Retención IRNR) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Quién tiene que presentar el Modelo 211?
El comprador del inmueble cuando el vendedor es no residente en España. Es tu obligación practicar la retención del 3% y ingresarla en Hacienda.
¿Cuánto tengo que pagar con el 211?
El 3% del precio de compraventa que figure en la escritura. Se calcula sobre el total acordado, en proporción a tu porcentaje si sois varios compradores.
¿Y si el vendedor es residente en España?
No hay 211 ni retención, pero que lo pruebe con certificado de residencia fiscal de la AEAT. Si no lo aporta, no te la juegues: retén y presenta.
¿Puedo fraccionar o aplazar el pago del 3%?
No. Es una retención y debe ingresarse íntegra dentro del mes siguiente a la escritura.
¿Qué pasa si no presento en plazo?
Te caerán recargos por fuera de plazo, intereses y, si hay requerimiento, sanción. Y el vendedor te reclamará la copia porque sin ella no puede liquidar su 210 bien.
¿Cómo recupera el vendedor ese 3%?
Con su Modelo 210 del IRNR, compensando o pidiendo devolución si procede. Para eso necesita la copia del 211 que tú le entregas.
¿Qué es Modelo 211 (Retención IRNR) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 211 (Retención IRNR) es un trámite gestionado por AEAT. El Modelo 211 es la declaración de retención a cuenta del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) sobre rentas derivadas de la transmisión de inmuebles en España. El comprador retiene el 3 % del precio de venta y lo ingresa en la AEAT mediante este modelo en el plazo de un mes desde la compraventa. En GovEasy te explicamos paso a paso cómo cumplimentarlo, qué documentos necesitas y los plazos vigentes.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 211 (Retención IRNR)?
El coste de Modelo 211 (Retención IRNR) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 211 (Retención IRNR)?
El tiempo estimado para Modelo 211 (Retención IRNR) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 211 (Retención IRNR)?
Para Modelo 211 (Retención IRNR) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 211 (Retención IRNR) necesita cita previa?
Sí, Modelo 211 (Retención IRNR) normalmente requiere cita previa en AEAT. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 211 (Retención IRNR)?
Están obligadas a presentar Modelo 211 (Retención IRNR) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 211 (Retención IRNR) fuera de plazo?
Presentar Modelo 211 (Retención IRNR) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 211 (Retención IRNR)?
Los plazos oficiales de Modelo 211 (Retención IRNR) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué es el Modelo 211 de la AEAT?
El Modelo 211 es la declaración por la que el comprador de un inmueble a un no residente ingresa en la AEAT la retención del 3% del precio de venta a cuenta del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes). Se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el plazo de un mes desde la fecha de la escritura.
¿Cómo rellenar el Modelo 211 paso a paso?
Entra en sede.agenciatributaria.gob.es (Retenciones e ingresos a cuenta > Modelo 211), identifícate con Cl@ve, certificado o DNIe, indica los datos del adquirente (retenedor) y del transmitente no residente, el importe de la transmisión y calcula el 3%. Genera el NRC de pago en tu banco, presenta y descarga el justificante para entregar una copia al vendedor.
¿Qué es el Modelo 211 de no residentes y en qué se diferencia del 210?
El Modelo 211 lo presenta el comprador para ingresar la retención del 3% cuando compra un inmueble a un no residente. El Modelo 210 lo presenta después el vendedor no residente para declarar la ganancia patrimonial y, si procede, recuperar total o parcialmente ese 3% retenido. Son trámites distintos y complementarios.
¿Cuánto se paga con el Modelo 211 al comprar a un no residente?
Se ingresa el 3% del precio de venta escriturado. No hay tasa adicional por presentar el modelo: el importe es exclusivamente esa retención a cuenta del IRNR del vendedor no residente. El comprador debe entregar al vendedor un ejemplar del 211 para que pueda justificar la retención en su Modelo 210.
¿Qué necesito para completar Modelo 211 (Retención IRNR) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 211 (Retención IRNR) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 211 (Retención IRNR) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
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- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Comprueba si el vendedor es no residente: si no te acredita residencia fiscal en España, aplica el 3% de retención.
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