Modelo 720: declarar bienes y derechos en el extranjero
Si vives fiscalmente en España y tienes cuentas, inversiones o inmuebles fuera, el Modelo 720 es la declaración informativa para decirle a Hacienda qué tienes y dónde. Solo aplica por bloques cuando superas 50.000€ y en años siguientes si hay cambios gordos.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- NIF y método de acceso: Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- Listado de cuentas fuera de España: números, entidad, país, fecha de alta, saldo a 31/12 y saldo medio del último trimestre.
- Tus valores/acciones/fondos/seguros de vida/annuities fuera: ISIN o identificador, custodio/aseguradora, país, número de títulos/participación y valor a 31/12.
- Inmuebles fuera: dirección, país, fecha y valor de adquisición, porcentaje de titularidad y, si lo vendiste, fecha de baja.
- Tipo de cambio oficial a 31/12 para convertir todo a euros.
Documentación
- Extractos bancarios que muestren saldo a 31/12 y saldo medio del Q4.
- Certificados de custodia o informes de broker para valores y fondos.
- Pólizas o certificados de valor de rescate para seguros a 31/12.
- Escrituras o contratos de compra/venta de inmuebles (y recibos de impuestos si ayudan a acreditar valores/fechas).
- Justificantes de baja/cancelación de cuentas o activos si aplica.
Paso a paso
- Entra en la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es > Declaraciones informativas > Modelo 720.
- Identifícate con Cl@ve, certificado o DNIe y abre “Presentación ejercicio [año]”.
- Elige Formulario web (rápido) o TGVI online si subes un fichero grande.
- Rellena solo los bloques que te apliquen (1 cuentas, 2 valores/seguros, 3 inmuebles). Calcula antes si superas 50.000€ por bloque.
- Convierte importes a euros con el tipo de cambio de 31/12. Revisa fechas, países y porcentaje de titularidad.
- Valida. Si corriges una anterior, marca complementaria o sustitutiva y referencia el justificante previo.
- Firma y envía. Descarga el justificante con CSV y guarda copia de lo declarado.
Trucos que te ahorran tiempo
- Haz una hoja de cálculo por bloques con sumas y conversiones a euros. Te evitará errores tontos.
- Si no llegas a 50.000€ en un bloque, no lo declares (no por quedar bien: menos datos, menos lío).
- Si el banco/broker da datos a 31/12 en otra divisa, anota el tipo de cambio que uses y guarda captura.
- Si eres autorizado en cuentas ajenas, decide si mantener esa autorización. A veces te mete en el 720 sin necesidad.
- El formulario de AEAT es quisquilloso: usa Chrome/Firefox limpios y sin bloqueadores.
Errores frecuentes
- Presentar fuera de plazo (1 enero–31 marzo): sanción al canto, aunque ya no es la salvajada de antes.
- Declarar todo cada año sin tocarte: solo repites si sube más de 20.000€ en ese bloque o hay altas/bajas.
- Olvidar el saldo medio del último trimestre en cuentas: te tirará error o te faltará dato clave.
- No convertir correctamente a euros a 31/12: descuadres y requerimientos.
- Meter criptomonedas en el 720: van en el Modelo 721.
- No guardar el CSV del envío: si te lo piden y no lo tienes, toca sudar para recuperarlo.
- 1.Entras en sede.agenciatributaria.gob.es > Declaraciones informativas > Modelo 720 y pulsas en "Presentación ejercicio [año]".
- 2.Te identificas con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- 3.Eliges "Formulario web" (o "Presentación por fichero (TGVI online)" si tienes el fichero preparado).
- 4.Rellenas los bloques que te apliquen: 1) Cuentas bancarias, 2) Valores/seguros/derechos, 3) Inmuebles. Convierte todas las cifras a euros con el tipo de cambio de 31/12.
- 5.Validas la declaración, arreglas los errores que te marque y marcas si es complementaria o sustitutiva si corriges otra anterior.
- 6.Firmas y envías. Descargas el recibo con el Código Seguro de Verificación (CSV) y guarda el justificante.
- NIF y acceso con Cl@ve, certificado digital o DNIe
- Datos de cuentas en el extranjero: IBAN o número, entidad, país, fecha de alta, saldo a 31/12 y saldo medio del último trimestre
- Datos de valores/acciones/fondos/planes/seguros: ISIN o identificador, entidad depositaria/aseguradora, país, número/titularidad, valor a 31/12 y fecha de adquisición
- Datos de inmuebles fuera de España: dirección completa y país, fecha y valor de compra, porcentaje de titularidad, fecha de baja si lo vendiste
- Justificantes de cancelación o baja de cuentas/activos (si procede)
- Tipo de cambio oficial a 31/12 para convertir importes a euros (BCE/BOE)
Plazo duro: 1 de enero a 31 de marzo
Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se informa. Fuera de plazo hay sanciones del régimen general de informativas (art. 198 LGT), aunque ya no existen las multas confiscatorias antiguas.
Umbral de 50.000€ por bloque
Solo declaras si superas 50.000€ en cada bloque: 1) cuentas, 2) valores/seguros/derechos, 3) inmuebles. En años siguientes, solo si hay incremento superior a 20.000€ en ese bloque o si cancelas/bajas algo.
Cripto no va aquí
Las monedas virtuales en el extranjero van en el Modelo 721, no en el 720.
Autorizado también cuenta
Si eres autorizado o representante de una cuenta extranjera, puede obligarte a declarar ese bloque si se supera el umbral.
Conversión a euros
Usa el tipo de cambio oficial a 31/12 para todas las cifras. Redondea según indique el formulario y sé consistente.
Tecnología tiquismiquis
El formulario de la AEAT a veces falla con ciertos navegadores o bloqueadores. Chrome/Firefox actualizados y desactiva extensiones raras durante el envío.
¿Qué necesito para completar Modelo 720 (Bienes Extranjero) sin que me lo rechacen?
Modelo 720 (Bienes Extranjero) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 7 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Estoy obligado si tengo 3.000€ en una cuenta en el extranjero?
No, si el conjunto del bloque de cuentas no supera 50.000€ a 31/12 o en saldo medio del último trimestre. Revisa los tres bloques por separado.
¿Cada cuánto se presenta el 720?
Lo presentas una vez cuando superas 50.000€ en un bloque. Después, solo si ese bloque aumenta más de 20.000€ respecto a lo ya declarado o si cancelas/ventas/altas que cambian la foto.
¿Qué sanciones hay si me paso de plazo?
Se aplica el régimen general de declaraciones informativas (art. 198 LGT): sanciones fijas por presentación extemporánea, con reducción si presentas sin requerimiento. Ya no está el 150% antiguo, pero no conviene jugar con las fechas.
¿Las criptomonedas en exchange extranjero van en el 720?
No. Van en el Modelo 721 (monedas virtuales en el extranjero). El 720 es para cuentas, valores/seguros y bienes inmuebles.
¿Cómo rectifico si me he equivocado?
Presenta una declaración complementaria o sustitutiva desde el mismo formulario del 720, indicando el justificante de la anterior y corrigiendo solo lo que toque.
¿Las cuentas compartidas con mi pareja cuentan enteras o por porcentaje?
Declaras según tu porcentaje de titularidad. Si no está claro, lo normal es 50/50, pero usa lo que figure en la documentación bancaria.
¿Ser autorizado en una cuenta de mis padres en el extranjero me obliga?
Sí, si eres autorizado/representante y el bloque de cuentas supera 50.000€, te puede obligar. Ojo con las autorizaciones “por si acaso”.
¿Qué es Modelo 720 (Bienes Extranjero) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 720 (Bienes Extranjero) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de 720 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 720 (Bienes Extranjero)?
El coste de Modelo 720 (Bienes Extranjero) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 720 (Bienes Extranjero)?
El tiempo estimado para Modelo 720 (Bienes Extranjero) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 720 (Bienes Extranjero)?
Para Modelo 720 (Bienes Extranjero) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 720 (Bienes Extranjero) necesita cita previa?
No, Modelo 720 (Bienes Extranjero) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 720 (Bienes Extranjero)?
Están obligadas a presentar Modelo 720 (Bienes Extranjero) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 720 (Bienes Extranjero) fuera de plazo?
Presentar Modelo 720 (Bienes Extranjero) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 720 (Bienes Extranjero)?
Los plazos oficiales de Modelo 720 (Bienes Extranjero) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué necesito para completar Modelo 720 (Bienes Extranjero) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 720 (Bienes Extranjero) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 720 (Bienes Extranjero) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 7 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Empezar trámiteGratis. Sin cuenta y sin instalar nada.
Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Empieza en goveasy
Este trámite puede arrancar y avanzar dentro de goveasy. El panel privado concentra preparación, revisión y seguimiento del expediente.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en sede.agenciatributaria.gob.es > Declaraciones informativas > Modelo 720 y pulsas en "Presentación ejercicio [año]".
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
Asistente del expediente
Crea el expediente, prepara documentos, detecta riesgos y te indica solo el siguiente paso.
Gestor administrativo
Para casos complejos o urgentes.
No empieces este trámite a ciegas
Crea tu cuenta gratis y guárdalo: te avisamos de plazos, te acompañamos paso a paso y conservamos justificantes en un solo sitio. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.