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Modelo 720: declarar bienes y derechos en el extranjero

Cada mes de retraso = recargo del 1% AEAT (art. 27 LGT). Te lo dejamos listo en minutos.

Si vives fiscalmente en España y tienes cuentas, inversiones o inmuebles fuera, el Modelo 720 es la declaración informativa para decirle a Hacienda qué tienes y dónde. Solo aplica por bloques cuando superas 50.000€ y en años siguientes si hay cambios gordos.

Empezar trámiteGratis · sin tarjeta · guardas el progreso
Fuente oficial enlazada6 pasos6 documentos
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Inmediato online
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Gratuito
Oficial
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Qué hace GovEasy

  • Prepara el expediente y la documentación
  • Detecta errores frecuentes antes del envío
  • Guarda tu progreso y te avisa de plazos

Qué hace el organismo

AEAT

  • Recibe y revisa tu solicitud
  • Emite la resolución o el documento oficial

Guía completa

Lo que necesitas tener a mano
  1. NIF y método de acceso: Cl@ve, certificado digital o DNIe.
  2. Listado de cuentas fuera de España: números, entidad, país, fecha de alta, saldo a 31/12 y saldo medio del último trimestre.
  3. Tus valores/acciones/fondos/seguros de vida/annuities fuera: ISIN o identificador, custodio/aseguradora, país, número de títulos/participación y valor a 31/12.
  4. Inmuebles fuera: dirección, país, fecha y valor de adquisición, porcentaje de titularidad y, si lo vendiste, fecha de baja.
  5. Tipo de cambio oficial a 31/12 para convertir todo a euros.
Documentación
  • Extractos bancarios que muestren saldo a 31/12 y saldo medio del Q4.
  • Certificados de custodia o informes de broker para valores y fondos.
  • Pólizas o certificados de valor de rescate para seguros a 31/12.
  • Escrituras o contratos de compra/venta de inmuebles (y recibos de impuestos si ayudan a acreditar valores/fechas).
  • Justificantes de baja/cancelación de cuentas o activos si aplica.
Paso a paso
  1. Entra en la AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es > Declaraciones informativas > Modelo 720.
  2. Identifícate con Cl@ve, certificado o DNIe y abre “Presentación ejercicio [año]”.
  3. Elige Formulario web (rápido) o TGVI online si subes un fichero grande.
  4. Rellena solo los bloques que te apliquen (1 cuentas, 2 valores/seguros, 3 inmuebles). Calcula antes si superas 50.000€ por bloque.
  5. Convierte importes a euros con el tipo de cambio de 31/12. Revisa fechas, países y porcentaje de titularidad.
  6. Valida. Si corriges una anterior, marca complementaria o sustitutiva y referencia el justificante previo.
  7. Firma y envía. Descarga el justificante con CSV y guarda copia de lo declarado.
Trucos que te ahorran tiempo
  • Haz una hoja de cálculo por bloques con sumas y conversiones a euros. Te evitará errores tontos.
  • Si no llegas a 50.000€ en un bloque, no lo declares (no por quedar bien: menos datos, menos lío).
  • Si el banco/broker da datos a 31/12 en otra divisa, anota el tipo de cambio que uses y guarda captura.
  • Si eres autorizado en cuentas ajenas, decide si mantener esa autorización. A veces te mete en el 720 sin necesidad.
  • El formulario de AEAT es quisquilloso: usa Chrome/Firefox limpios y sin bloqueadores.
Errores frecuentes
  • Presentar fuera de plazo (1 enero–31 marzo): sanción al canto, aunque ya no es la salvajada de antes.
  • Declarar todo cada año sin tocarte: solo repites si sube más de 20.000€ en ese bloque o hay altas/bajas.
  • Olvidar el saldo medio del último trimestre en cuentas: te tirará error o te faltará dato clave.
  • No convertir correctamente a euros a 31/12: descuadres y requerimientos.
  • Meter criptomonedas en el 720: van en el Modelo 721.
  • No guardar el CSV del envío: si te lo piden y no lo tienes, toca sudar para recuperarlo.
  1. 1.Entras en sede.agenciatributaria.gob.es > Declaraciones informativas > Modelo 720 y pulsas en "Presentación ejercicio [año]".
  2. 2.Te identificas con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
  3. 3.Eliges "Formulario web" (o "Presentación por fichero (TGVI online)" si tienes el fichero preparado).
  4. 4.Rellenas los bloques que te apliquen: 1) Cuentas bancarias, 2) Valores/seguros/derechos, 3) Inmuebles. Convierte todas las cifras a euros con el tipo de cambio de 31/12.
  5. 5.Validas la declaración, arreglas los errores que te marque y marcas si es complementaria o sustitutiva si corriges otra anterior.
  6. 6.Firmas y envías. Descargas el recibo con el Código Seguro de Verificación (CSV) y guarda el justificante.
  • NIF y acceso con Cl@ve, certificado digital o DNIe
  • Datos de cuentas en el extranjero: IBAN o número, entidad, país, fecha de alta, saldo a 31/12 y saldo medio del último trimestre
  • Datos de valores/acciones/fondos/planes/seguros: ISIN o identificador, entidad depositaria/aseguradora, país, número/titularidad, valor a 31/12 y fecha de adquisición
  • Datos de inmuebles fuera de España: dirección completa y país, fecha y valor de compra, porcentaje de titularidad, fecha de baja si lo vendiste
  • Justificantes de cancelación o baja de cuentas/activos (si procede)
  • Tipo de cambio oficial a 31/12 para convertir importes a euros (BCE/BOE)

¿Qué necesito para completar Modelo 720 (Bienes Extranjero) sin que me lo rechacen?

Modelo 720 (Bienes Extranjero) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 7 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.

  • Cl@ve activa (PIN o permanente)
  • GovEasy (extensión + gestor colegiado)
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Este trámite puede arrancar y avanzar dentro de goveasy. El panel privado concentra preparación, revisión y seguimiento del expediente.

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  2. Preparar
  3. Ejecutar
  4. Seguimiento

Tu siguiente paso

1.Entras en sede.agenciatributaria.gob.es > Declaraciones informativas > Modelo 720 y pulsas en "Presentación ejercicio [año]".

  • Validamos la documentación antes del envío
  • Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
  • Te avisamos de plazos y cambios de estado

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