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Pedir el complemento por residencia (mínimos) en tu pensión del INSS

Una solicitud mal calculada cuesta cientos de euros al mes. Revisamos las bases por ti.

Si tu pensión contributiva se queda por debajo de la mínima y vives en España, puedes pedir el complemento a mínimos (condicionado a residencia en territorio español). Te sirve para que el INSS te suba la pensión hasta el mínimo, si cumples límites de ingresos y residencia.

Empezar trámiteGratis · sin tarjeta · guardas el progreso
Fuente oficial enlazada7 pasos8 documentos
Plazo
1–4 semanas
Coste
Gratuito
Oficial
Fuente oficial

Qué hace GovEasy

  • Prepara el expediente y la documentación
  • Detecta errores frecuentes antes del envío
  • Guarda tu progreso y te avisa de plazos

Qué hace el organismo

INSS

  • Recibe y revisa tu solicitud
  • Emite la resolución o el documento oficial

Guía completa

Lo que necesitas tener a mano
  1. Cl@ve, certificado digital o DNIe para entrar en Tu Seguridad Social. Sin eso, toca cita en el CAISS.
  2. DNI/NIE y, si pides cónyuge a cargo, su documentación también.
  3. Certificado de empadronamiento (mejor histórico y, si es por cónyuge a cargo, conjunto). Esto acredita residencia en España.
  4. Ingresos: última Declaración de la Renta o certificado de imputaciones de la AEAT y justificantes de pensiones/ingresos actuales.
  5. Libro de familia o certificado de matrimonio/pareja registrada si vas por cónyuge a cargo.
  6. Número de cuenta donde cobras la pensión.
Documentación
  1. DNI/NIE en vigor.
  2. Resolución de tu pensión o datos del expediente/NAF.
  3. Certificado de empadronamiento (histórico si has cambiado de municipio) del ayuntamiento.
  4. IRPF: copia de la última Declaración o certificado de imputaciones (AEAT).
  5. Certificados de otras pensiones (españolas/extranjeras) y justificantes de otros ingresos (alquileres, intereses, etc.).
  6. Libro de familia o certificado de matrimonio/pareja registrada y certificado de convivencia si pides cónyuge a cargo.
  7. Justificantes de estancias en el extranjero si has salido más de 90 días (para evitar sustos).
Paso a paso
  1. Accede a Tu Seguridad Social: entra en https://sede.seg-social.gob.es y entra con Cl@ve, certificado o DNIe.
  2. En «Tu pensión» > «Modificar/Comunicar datos», busca la parte de «Ingresos y residencia (complemento a mínimos)». Sí, está un poco escondido.
  3. Rellena la declaración de ingresos del año en curso: pensiones, alquileres, intereses… Si vas con cónyuge a cargo, añade sus datos e ingresos.
  4. Adjunta documentos: empadronamiento, IRPF/certificado AEAT, certificados de otras pensiones, libro de familia/convivencia si procede.
  5. Envía y guarda el justificante. Si te requieren algo, te avisarán por el mismo portal o por carta. Usa la opción de «Aportar documentación» para subir lo que falte.
  6. Si no puedes online: pide cita previa en https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/cita-previa y presenta todo en el CAISS. Te sellan la solicitud y queda registrado.
  7. Espera resolución: suelen tardar unas semanas. Cuando llegue, revisa el importe actualizado en tu banco y en Tu Seguridad Social. Si no estás de acuerdo, reclamación previa en 30 días hábiles.
Trucos que te ahorran tiempo
  1. Empadronamiento histórico de una: evita que te pidan ampliarlo si has cambiado de municipio.
  2. Certificado de imputaciones de la AEAT si no hiciste Renta (mejor que decir “no tengo nada”).
  3. Si pides cónyuge a cargo, aporta empadronamiento conjunto y certificado de matrimonio/pareja registrada; sin eso, te lo van a parar.
  4. Escanea bien los documentos (PDF legibles y completos). Los adjuntos cutres acaban en requerimiento.
  5. Si viajas, lleva control de días fuera. Más de 90 días al año sin justificar te puede costar el complemento y una devolución.
Errores frecuentes
  1. No declarar un ingreso “pequeño” (alquiler, intereses, una pensión extranjera): cuando cruce datos con AEAT, te caerá reintegro y suspensión.
  2. Empadronamiento desactualizado o en otro municipio: sin acreditar residencia en España, no hay complemento.
  3. Olvidar los documentos del cónyuge cuando pides cónyuge a cargo: denegación automática.
  4. No responder a un requerimiento del INSS: te archivan o suspenden el complemento.
  5. Salirte al extranjero más de 90 días sin comunicar: suspensión y devolución de cobros.
  1. 1.Entras en https://sede.seg-social.gob.es y accedes a Tu Seguridad Social con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
  2. 2.En Tu Seguridad Social, vas a «Tu pensión» > «Modificar/Comunicar datos» y eliges la opción de «Ingresos y residencia» (complemento a mínimos).
  3. 3.Rellenas la declaración de ingresos del año en curso y adjuntas el certificado de empadronamiento, tu Renta/certificado de imputaciones y, si aplica, documentos del cónyuge.
  4. 4.Si no puedes hacerlo online, pides cita en un CAISS del INSS en https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/cita-previa y llevas toda la documentación en papel.
  5. 5.Presentas la solicitud y guardas el justificante de registro. Si te falta algo, usan el mismo canal para «Aportar documentación» (desde Tu Seguridad Social o en el registro electrónico).
  6. 6.Revisas el estado del expediente en Tu Seguridad Social y esperas la resolución. Te llegará por vía electrónica o por carta.
  7. 7.Si te lo conceden, compruebas el ingreso actualizado. Si te lo deniegan, puedes presentar reclamación previa desde la propia sede en el plazo de 30 días hábiles.
  • DNI o NIE en vigor (y el de tu cónyuge si pides cónyuge a cargo)
  • Certificado de empadronamiento (mejor histórico) del ayuntamiento donde vives
  • Resolución de tu pensión o número de expediente/NAF
  • Declaración de la Renta (última presentada) o certificado de imputaciones de la AEAT
  • Justificantes de ingresos actuales: otras pensiones (españolas o extranjeras), alquileres, intereses, etc.
  • Libro de familia o certificado de matrimonio/pareja registrada y certificado de convivencia (si solicitas complemento por cónyuge a cargo)
  • Número de cuenta bancaria (IBAN) donde cobras la pensión
  • Si has estado fuera: billetes o justificantes de estancias en el extranjero para cuadrar las salidas (>90 días anuales afectan)

¿Qué necesito para completar Complemento de Residencia sin que me lo rechacen?

Complemento de Residencia es gratuito en INSS y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.

  • Cl@ve activa (PIN o permanente)
  • GovEasy (extensión + gestor colegiado)
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Te explicamos cómo hacerlo

Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.

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goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.

Tu progreso

50%
  1. Entender
  2. Preparar
  3. Ejecutar
  4. Seguimiento

Tu siguiente paso

1.Entras en https://sede.seg-social.gob.es y accedes a Tu Seguridad Social con Cl@ve, certificado digital o DNIe.

  • Validamos la documentación antes del envío
  • Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
  • Te avisamos de plazos y cambios de estado

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