Solicitud de reconocimiento del grado de dependencia (SAAD)
Pides que te valoren el grado de dependencia para acceder a ayudas y servicios del SAAD. Va dirigido a personas que necesitan apoyo para las actividades básicas del día a día y viven en España.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
INSS
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve o certificado digital para presentar online. Si no, REC o registro presencial con cita.
- Empadronamiento y residencia en tu comunidad. Sin esto, te paran el expediente.
- Médico de cabecera al tanto para el informe de salud. Sin informe actualizado, te lo van a pedir.
- Contacto disponible para la visita domiciliaria. Ese día cuenta.
Documentación
- DNI/NIE del solicitante y del representante si procede (curatela/poder).
- Volante de empadronamiento reciente; mejor histórico si has cambiado de municipio.
- Informe de salud con diagnóstico, pruebas relevantes, evolución y limitaciones funcionales.
- Tarjeta sanitaria y listado de medicación.
- Resoluciones previas (discapacidad, incapacidad del INSS) si las tienes.
- Consentimiento de consulta de datos (ingresos/patrimonio) para la prestación económica.
- Documento de convivencia o libro de familia si afecta al PIA.
Paso a paso
- Localiza tu trámite: entra en el Punto de Acceso General y elige tu comunidad para descargar la solicitud y ver la sede: https://administracion.gob.es/pag_Home/ciudadanos/Mayores/atencion-dependencia.html
- Pide cita en servicios sociales municipales. Te hacen el informe social y revisan papeles. Sin ese informe, en muchas comunidades no tiran.
- Presenta la solicitud online en la sede de tu comunidad con Cl@ve/certificado. Adjunta el informe médico y empadronamiento. Guarda el justificante de registro como oro.
- ¿La sede te da guerra? REC al rescate: presenta por https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do dirigido a tu consejería de servicios sociales (asunto: "Solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia").
- Valoración en domicilio: te llamarán. Ten ayudas técnicas a la vista, explica lo que te cuesta y cómo te organizas. No maquilles la realidad.
- Resolución y PIA: te notifican el grado (I, II, III) y la propuesta de servicios o prestación. Firma lo que te encaje. Si no estás conforme, alega o recurre en 1 mes por la sede o el REC.
Trucos que te ahorran tiempo
- Autoriza consulta de datos y evita traer media vida en fotocopias. Te lo exigen igual si no autorizas.
- Pide al médico un informe funcional (qué puedes y qué no) además del diagnóstico. Pesa más que una lista de CIE-10.
- Si cambias de comunidad, pide traslado del expediente antes de mudarte para no repetir todo.
- Guarda el acuse de recibo: fecha de efectos suele tirar de ahí.
Errores frecuentes
- Presentar sin empadronamiento actualizado: suspensión al canto.
- Adjuntar informes médicos viejos: te pedirán subsanar y perderás meses.
- No estar en casa el día de la visita: nueva cita = retraso largo.
- Pensar que el INSS lo gestiona: te vas al sitio equivocado y pierdes tiempo.
- No recurrir en plazo de 1 mes si el grado no cuadra: luego es más cuesta arriba.
- 1.Entras en el Punto de Acceso General y eliges tu comunidad autónoma para descargar el formulario de “Reconocimiento de la situación de dependencia”: https://administracion.gob.es/pag_Home/ciudadanos/Mayores/atencion-dependencia.html
- 2.Pides cita en tu centro de servicios sociales municipales para que te hagan el informe social y te orienten con la solicitud (suele ser obligatorio).
- 3.Presentas la solicitud y la documentación por la sede electrónica de tu comunidad con Cl@ve o certificado (enlace desde el paso 1). Guarda justificante de registro.
- 4.Si la sede de tu comunidad falla o no la encuentras, presentas por el Registro Electrónico Común (REC) dirigiéndolo a tu consejería de servicios sociales: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- 5.Esperas la visita de valoración en tu domicilio. Ten a mano informes médicos, ayudas técnicas y explica cómo te apañas en casa.
- 6.Recibes resolución con tu grado y la propuesta de Plan Individual de Atención (PIA). Si no estás de acuerdo, presentas alegaciones o recurso de alzada en 1 mes por el mismo registro (REC o sede de tu comunidad).
- DNI/NIE y, si actúas por otra persona, autorización o representación (curatela/poder notarial)
- Certificado o volante de empadronamiento reciente (mejor histórico si te lo piden)
- Informe de salud actualizado del médico de familia o especialista (diagnóstico, evolución y limitaciones)
- Tarjeta sanitaria y listado de medicación habitual
- Certificado de discapacidad (si lo tienes) y/o resoluciones de incapacidad del INSS (si las hay)
- Consentimiento para consulta de datos o, si no firmas, fotocopias de IRPF y patrimonio si quieres prestación económica
- Documento de convivencia o libro de familia si convives con más personas (para el PIA)
No lo tramita el INSS
El grado de dependencia se pide ante tu comunidad autónoma (servicios sociales). El INSS no gestiona este reconocimiento, aunque tengas una incapacidad permanente.
Plazo legal: 6 meses
La administración tiene 6 meses para valorar y resolver. Los efectos económicos suelen contar desde la fecha de solicitud, así que presenta cuanto antes, aunque falte alguna copia (autoriza consulta de datos).
Te visitan en casa
La valoración es domiciliaria. Si el día de la cita no puedes o el estado varía, avisa para reprogramar. No estar en casa puede retrasar meses el expediente.
¿Qué necesito para completar Grado Dependencia sin que me lo rechacen?
Grado Dependencia es gratuito en INSS y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 6 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Esto lo lleva el INSS o mi comunidad autónoma?
Tu comunidad autónoma. Servicios sociales gestionan el grado y el PIA. El INSS va por otro lado (incapacidad laboral). Tener una no te garantiza la otra.
¿Cuánto tarda de verdad?
La ley marca 6 meses, pero depende de cada comunidad. La visita suele llegar entre 1 y 4 meses; la resolución puede apurar el plazo o pasarse.
¿Se puede pedir online con Cl@ve?
Sí. La mayoría de comunidades permiten presentación telemática en su sede con Cl@ve o certificado. Si no te apañas, usa el REC y dirígelo a tu consejería de servicios sociales.
¿Piden empadronamiento o tiempo mínimo de residencia?
Te exigirán estar empadronado donde lo pides y residencia legal en España. Para personas extranjeras, la ley exige residencia legal y estable; revisa los requisitos de tu comunidad.
¿Si ya tengo incapacidad del INSS me dan grado alto automáticamente?
No. Son valoraciones distintas. Aporta la resolución del INSS como apoyo, pero te evaluarán con el baremo de dependencia en tu domicilio.
¿Cobro atrasos?
Depende del tipo de prestación y de tu comunidad. Normalmente los efectos parten de la fecha de solicitud o de resolución del PIA. Pregunta al firmar el PIA.
¿Me pueden denegar por ingresos?
El grado no depende de tus ingresos. La cuantía o el tipo de prestación económica sí se ajusta a tu capacidad económica.
¿Qué es Grado Dependencia y ante qué organismo se presenta?
Grado Dependencia es un trámite gestionado por INSS. Trámite oficial de Grado Dependencia gestionado por INSS. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Grado Dependencia?
El coste de Grado Dependencia es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de INSS antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Grado Dependencia?
El tiempo estimado para Grado Dependencia es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo INSS y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Grado Dependencia?
Para Grado Dependencia el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Grado Dependencia necesita cita previa?
Sí, Grado Dependencia normalmente requiere cita previa en INSS. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Qué periodos cotizados necesito para Grado Dependencia?
Las carencias exigibles para Grado Dependencia varían según el tipo de pensión. Revisa tu informe de vida laboral y consulta el simulador del INSS antes de presentar la solicitud.
¿Grado Dependencia es compatible con trabajar?
Algunas modalidades relacionadas con Grado Dependencia son compatibles con actividad laboral (jubilación activa, parcial). Otras exigen cese de actividad. Verifícalo con el INSS.
¿Cuándo empieza a pagarse Grado Dependencia?
Una vez reconocido Grado Dependencia, el primer abono se realiza en el mes siguiente al reconocimiento con efectos desde la fecha del hecho causante. Los atrasos, si proceden, se incluyen.
¿Qué necesito para completar Grado Dependencia sin que me lo rechacen?
Para completar Grado Dependencia necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Grado Dependencia es gratuito en INSS y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 6 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en el Punto de Acceso General y eliges tu comunidad autónoma para descargar el formulario de “Reconocimiento de la situación de dependencia”: https://administracion.gob.es/pag_Home/ciudadanos/Mayores/atencion-dependencia.html
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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