Solicitud de reconocimiento del grado de dependencia (SAAD)
Pides que te valoren el grado de dependencia para acceder a ayudas y servicios del SAAD. Va dirigido a personas que necesitan apoyo para las actividades básicas del día a día y viven en España.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
INSS
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Ver la guíaInformación oficial verificada y actualizada.
Hecho por profesionales
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- 1.Entras en el Punto de Acceso General y eliges tu comunidad autónoma para descargar el formulario de “Reconocimiento de la situación de dependencia”: https://administracion.gob.es/pag_Home/ciudadanos/Mayores/atencion-dependencia.html
- 2.Pides cita en tu centro de servicios sociales municipales para que te hagan el informe social y te orienten con la solicitud (suele ser obligatorio).
- 3.Presentas la solicitud y la documentación por la sede electrónica de tu comunidad con Cl@ve o certificado (enlace desde el paso 1). Guarda justificante de registro.
- 4.Si la sede de tu comunidad falla o no la encuentras, presentas por el Registro Electrónico Común (REC) dirigiéndolo a tu consejería de servicios sociales: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- 5.Esperas la visita de valoración en tu domicilio. Ten a mano informes médicos, ayudas técnicas y explica cómo te apañas en casa.
- 6.Recibes resolución con tu grado y la propuesta de Plan Individual de Atención (PIA). Si no estás de acuerdo, presentas alegaciones o recurso de alzada en 1 mes por el mismo registro (REC o sede de tu comunidad).
- DNI/NIE y, si actúas por otra persona, autorización o representación (curatela/poder notarial)
- Certificado o volante de empadronamiento reciente (mejor histórico si te lo piden)
- Informe de salud actualizado del médico de familia o especialista (diagnóstico, evolución y limitaciones)
- Tarjeta sanitaria y listado de medicación habitual
- Certificado de discapacidad (si lo tienes) y/o resoluciones de incapacidad del INSS (si las hay)
- Consentimiento para consulta de datos o, si no firmas, fotocopias de IRPF y patrimonio si quieres prestación económica
- Documento de convivencia o libro de familia si convives con más personas (para el PIA)
No lo tramita el INSS
El grado de dependencia se pide ante tu comunidad autónoma (servicios sociales). El INSS no gestiona este reconocimiento, aunque tengas una incapacidad permanente.
Plazo legal: 6 meses
La administración tiene 6 meses para valorar y resolver. Los efectos económicos suelen contar desde la fecha de solicitud, así que presenta cuanto antes, aunque falte alguna copia (autoriza consulta de datos).
Te visitan en casa
La valoración es domiciliaria. Si el día de la cita no puedes o el estado varía, avisa para reprogramar. No estar en casa puede retrasar meses el expediente.
¿Esto lo lleva el INSS o mi comunidad autónoma?
Tu comunidad autónoma. Servicios sociales gestionan el grado y el PIA. El INSS va por otro lado (incapacidad laboral). Tener una no te garantiza la otra.
¿Cuánto tarda de verdad?
La ley marca 6 meses, pero depende de cada comunidad. La visita suele llegar entre 1 y 4 meses; la resolución puede apurar el plazo o pasarse.
¿Se puede pedir online con Cl@ve?
Sí. La mayoría de comunidades permiten presentación telemática en su sede con Cl@ve o certificado. Si no te apañas, usa el REC y dirígelo a tu consejería de servicios sociales.
¿Piden empadronamiento o tiempo mínimo de residencia?
Te exigirán estar empadronado donde lo pides y residencia legal en España. Para personas extranjeras, la ley exige residencia legal y estable; revisa los requisitos de tu comunidad.
¿Si ya tengo incapacidad del INSS me dan grado alto automáticamente?
No. Son valoraciones distintas. Aporta la resolución del INSS como apoyo, pero te evaluarán con el baremo de dependencia en tu domicilio.
¿Cobro atrasos?
Depende del tipo de prestación y de tu comunidad. Normalmente los efectos parten de la fecha de solicitud o de resolución del PIA. Pregunta al firmar el PIA.
¿Me pueden denegar por ingresos?
El grado no depende de tus ingresos. La cuantía o el tipo de prestación económica sí se ajusta a tu capacidad económica.
¿Qué es Grado Dependencia y ante qué organismo se presenta?
Grado Dependencia es un trámite gestionado por INSS. Trámite oficial de Grado Dependencia gestionado por INSS. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Grado Dependencia?
El coste de Grado Dependencia es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de INSS antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Grado Dependencia?
El tiempo estimado para Grado Dependencia es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo INSS y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Grado Dependencia?
Para Grado Dependencia el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Grado Dependencia necesita cita previa?
Sí, Grado Dependencia normalmente requiere cita previa en INSS. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Qué periodos cotizados necesito para Grado Dependencia?
Las carencias exigibles para Grado Dependencia varían según el tipo de pensión. Revisa tu informe de vida laboral y consulta el simulador del INSS antes de presentar la solicitud.
¿Grado Dependencia es compatible con trabajar?
Algunas modalidades relacionadas con Grado Dependencia son compatibles con actividad laboral (jubilación activa, parcial). Otras exigen cese de actividad. Verifícalo con el INSS.
¿Cuándo empieza a pagarse Grado Dependencia?
Una vez reconocido Grado Dependencia, el primer abono se realiza en el mes siguiente al reconocimiento con efectos desde la fecha del hecho causante. Los atrasos, si proceden, se incluyen.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en el Punto de Acceso General y eliges tu comunidad autónoma para descargar el formulario de “Reconocimiento de la situación de dependencia”: https://administracion.gob.es/pag_Home/ciudadanos/Mayores/atencion-dependencia.html
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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