Comunicar un ERTE al SEPE (solicitud colectiva y periodos de actividad)
Para empresas con ERTE: aquí comunicas al SEPE la solicitud colectiva de prestaciones y cada mes los periodos de actividad de tu plantilla. Es lo que permite que cobren y que no te reclamen pagos indebidos.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
SEPE
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Certificado digital de empresa o Cl@ve Permanente del representante. Sin eso, ni entras.
- NIF y CCC afectados por el ERTE.
- Resolución de la autoridad laboral con número de expediente y fecha de efectos (PDF legible).
- Listado de personas trabajadoras con NIF/NIE, Nº de la Seguridad Social, tipo de medida (suspensión o reducción con %), y fechas.
- Datos de contacto y IBAN del trabajador si no consta en el SEPE (solo en la solicitud colectiva inicial).
Documentación
- Resolución/constancia del ERTE (fuerza mayor, ETOP o RED), en PDF.
- Relación de afectados por ERTE. Si usas fichero, ajusta el formato que admite Certific@2.
- Poder/representación si lo presenta una asesoría (alta de representante en Certific@2).
- Variaciones: nuevas resoluciones o comunicaciones de la autoridad laboral cuando cambie algo.
Paso a paso
- Entra en https://sede.sepe.gob.es > Empresas > Certific@2 y accede con certificado o Cl@ve.
- Si es tu primera vez, da de alta la empresa y vincula los CCC. Si actúa tu gestoría, autorízala dentro de Certific@2.
- Abre Solicitud colectiva: elige suspensión o reducción, indica nº de expediente y fechas, adjunta la resolución y carga la relación de trabajadores.
- Firma y registra. Descarga y guarda el justificante/CSV del envío.
- Cada mes, del 1 al 20, entra en Comunicación de periodos de actividad y envía los días trabajados/no trabajados o el % real de reducción. Si prefieres fichero, usa el formato admitido por la sede.
- Cuando alguien se reincorpora o cambia de situación, comunica baja/alta en prestación y variaciones el mismo día o cuanto antes.
- Revisa notificaciones en la sede y en Carpeta Ciudadana. Si hay subsanación, corrige dentro de plazo.
Trucos que te ahorran tiempo
- No mezcles suspensiones y reducciones en el mismo fichero: menos rechazos.
- Sube los envíos antes del día 20 y evita horas punta (primeros y últimos días del plazo).
- Si el fichero da error, divide por CCC o por tipo de medida y revisa campos obligatorios (NIF, NSS, fechas y %). Un campo mal formateado tumba todo.
- Da de alta a tu asesoría como representante en Certific@2 y que ellos peleen con los ficheros. Tú solo validas.
- Guarda siempre el justificante y un PDF de la resolución. Te salva si algo “desaparece”.
Errores frecuentes
- No informar los periodos del 1 al 20: retrasos, cobros indebidos y posibles sanciones.
- Indicar fechas o % que no cuadran con la resolución: rechazo automático o pagos mal calculados.
- Olvidar la baja en prestación cuando alguien vuelve al 100%: el trabajador cobra de más y luego llega la devolución.
- Subir un formato no admitido (Excel a pelo en lugar de lo que pide la sede): error y tiempo perdido.
- Tramitar sin representación habilitada: entras, pero no puedes firmar y te comes el viaje.
- 1.Entras en https://sede.sepe.gob.es > Empresas > Certific@2 y accedes con tu certificado digital o Cl@ve.
- 2.Si es la primera vez, das de alta la empresa y vinculas los CCC; si lo hace tu gestoría, la autorizas como representante dentro de Certific@2.
- 3.Presentas la solicitud colectiva de prestaciones del ERTE: eliges tipo (suspensión/reducción), indicas nº de expediente y fechas, adjuntas la resolución y cargas la relación de personas trabajadoras (introducción manual o fichero admitido por la sede).
- 4.Firmas y registras. Descargas el justificante/CSV y guardas la copia del envío.
- 5.Cada mes, del 1 al 20, entras en Certific@2 > Comunicación de periodos de actividad y remites los días trabajados/no trabajados o el porcentaje real de reducción por trabajador (fichero o captura de datos).
- 6.Cuando alguien se reincorpora o cambia su situación (alta/baja en prestación, variación de jornada), lo comunicas en Certific@2 el mismo día o cuanto antes y adjuntas, si procede, nueva resolución de la autoridad laboral.
- 7.Vigilas notificaciones en la sede del SEPE y en Carpeta Ciudadana (https://carpetaciudadana.gob.es); si te piden subsanar, subes la corrección en plazo y vuelves a firmar.
- Certificado digital de empresa o Cl@ve Permanente del representante (apoderado) para entrar en Certific@2
- NIF de la empresa y CCC afectados
- Número de expediente del ERTE y resolución/autoridad laboral (PDF) con fecha de efectos
- Relación de personas trabajadoras afectadas (NIF/NIE, Nº Seguridad Social) y tipo de medida (suspensión o reducción con porcentaje y jornada)
- Fechas de inicio/fin por trabajador y, si aplica, datos de hijos a cargo
- Datos de contacto de cada trabajador y cuenta bancaria si no consta en el SEPE (en solicitudes colectivas iniciales)
- Poder o autorización si lo tramita tu asesoría (alta de representante en Certific@2)
Plazo del 1 al 20 para periodos de actividad
Si no comunicas los periodos entre el 1 y el 20 del mes siguiente, puedes generar cobros indebidos, retrasos en pagos y sanciones. No lo dejes para el día 20 por si la sede se cae.
Resolución de la autoridad laboral
Sin resolución o constancia válida del ERTE, el SEPE no tramita la solicitud colectiva. Tenla preparada en PDF y que se vea el número de expediente y la fecha de efectos.
Representación y ficheros
Si lo hace tu asesoría, autorízala en Certific@2 antes de enviar. Los ficheros deben respetar el formato que admite la sede; si falla, no insistas con el mismo archivo: revisa el esquema y divide por tipos de medida.
¿Qué necesito para completar ERTE Comunicación sin que me lo rechacen?
ERTE Comunicación es gratuito en SEPE y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Quién está obligado a comunicar un ERTE al SEPE?
La empresa que aplica un ERTE y quiere que su plantilla cobre la prestación. Además, debe comunicar mensualmente los periodos de actividad mientras dure la suspensión o reducción.
¿Cuál es el plazo para enviar los periodos de actividad?
Del 1 al 20 del mes siguiente al que informas. Si te pasas, el pago se retrasa y te pueden exigir devoluciones por cobros indebidos. No esperes al último día.
He reincorporado a una persona, ¿qué hago?
Comunica la baja en la prestación en Certific@2 con la fecha exacta de reincorporación. Si no lo haces, le seguirán pagando y te pedirán el dinero de vuelta.
¿Puedo corregir un envío que tenía errores?
Sí. En Certific@2 puedes enviar un fichero de sustitución o una corrección. Hazlo cuanto antes para que entre en la nómina del mes y evita cobros indebidos.
¿Necesito cita previa o ir a una oficina?
No. Todo va por la sede electrónica con Cl@ve o certificado digital. Guarda los justificantes por si te los piden.
¿Qué pasa si la autoridad laboral modifica o prorroga el ERTE?
Vuelves a comunicarlo al SEPE adjuntando la nueva resolución y actualizas la relación de personas afectadas. Hasta que no lo hagas, el SEPE no ajusta pagos.
¿Qué es ERTE Comunicación y ante qué organismo se presenta?
ERTE Comunicación es un trámite gestionado por SEPE. Trámite oficial de ERTE Comunicación gestionado por SEPE. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar ERTE Comunicación?
El coste de ERTE Comunicación es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de SEPE antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda ERTE Comunicación?
El tiempo estimado para ERTE Comunicación es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo SEPE y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para ERTE Comunicación?
Para ERTE Comunicación el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿ERTE Comunicación necesita cita previa?
No, ERTE Comunicación se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿ERTE Comunicación es compatible con trabajar por cuenta ajena?
La compatibilidad de ERTE Comunicación con otra actividad depende de la naturaleza de la prestación o gestión. El SEPE publica criterios de compatibilidad por tipo de prestación.
¿Cuánto tarda el SEPE en pagar tras ERTE Comunicación?
Una vez reconocido ERTE Comunicación por el SEPE, el primer pago suele efectuarse en el mes siguiente al reconocimiento. Los pagos mensuales se abonan entre el 10 y el 15 de cada mes.
¿Necesito demanda de empleo activa para ERTE Comunicación?
Para la mayoría de prestaciones y gestiones del SEPE, incluido ERTE Comunicación cuando sea exigible, debes mantener la demanda de empleo activa en el servicio público de empleo autonómico.
¿Qué necesito para completar ERTE Comunicación sin que me lo rechacen?
Para completar ERTE Comunicación necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. ERTE Comunicación es gratuito en SEPE y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Empezar trámiteGratis. Sin cuenta y sin instalar nada.
Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en https://sede.sepe.gob.es > Empresas > Certific@2 y accedes con tu certificado digital o Cl@ve.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
Asistente del expediente
Crea el expediente, prepara documentos, detecta riesgos y te indica solo el siguiente paso.
Gestor administrativo
Para casos complejos o urgentes.
No empieces este trámite a ciegas
Crea tu cuenta gratis y guárdalo: te avisamos de plazos, te acompañamos paso a paso y conservamos justificantes en un solo sitio. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.