Comunicar y registrar un contrato de trabajo (Contrat@ SEPE)
Si contratas a alguien, tienes que comunicar el contrato al servicio público de empleo vía Contrat@. Sirve para empresas y autónomos empleadores que firman altas, prórrogas o transformaciones y necesitan el justificante oficial.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
SEPE
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Ver la guíaInformación oficial verificada y actualizada.
Hecho por profesionales
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- 1.Entras en https://sede.sepe.gob.es con Cl@ve o certificado digital (empresa o representante).
- 2.Vas a Empresas > Comunicación de contratos (Contrat@). Elige Alta, Prórroga, Transformación o Copia básica.
- 3.Rellenas los datos del contrato: tipo, fechas, jornada, salario, centro de trabajo, convenio y ocupación.
- 4.Indicas NIF de empresa, CCC, y los datos del trabajador (DNI/NIE y número de la Seguridad Social).
- 5.Adjuntas el PDF del contrato firmado y, si aplica, la copia básica y/o anexos (teletrabajo, cláusulas).
- 6.Firmas la comunicación (Cl@ve Firma o AutoFirma si usas certificado) y envías.
- 7.Descargas el justificante de registro y el número de comunicación. Entregas la copia básica a la RLT en 10 días (o al trabajador si no hay RLT) y guardas el acuse.
- Certificado digital o Cl@ve del titular (empresa o autónomo) o de la asesoría con apoderamiento vigente
- NIF de la empresa/autónomo y Código de Cuenta de Cotización (CCC) donde vas a cotizar al trabajador
- Datos del trabajador: DNI/NIE y Número de Afiliación a la Seguridad Social
- Contrato firmado (PDF) con tipo, jornada, salario, centro de trabajo y duración
- Convenio colectivo aplicable (nombre o código) y ocupación (CNO) del puesto
- Si hay representación legal (RLT): copia básica del contrato y acuse de entrega a la RLT
- Si es persona extranjera: NIE y autorización de residencia y trabajo en vigor
Plazo legal: 10 días
Tienes 10 días desde la firma para comunicar el contrato, sus prórrogas o transformaciones. Si te lo saltas, es infracción leve según la LISOS y te pueden sancionar, además de perder bonificaciones.
Copia básica obligatoria
Si hay representantes legales en la empresa, entrega la copia básica en 10 días y guarda el acuse. Si no hay RLT, entrégala al trabajador. Te lo pueden pedir en una inspección.
Autenticación y firma
Contrat@ suele ir más fino con certificado digital y AutoFirma. Cl@ve funciona para autónomos, pero si la firma falla, cambia de navegador (Chrome/Edge) o usa certificado FNMT.
Presencial solo con cita
Si lo haces en oficina, la cita es del servicio autonómico de empleo (no en SEPE cita de prestaciones). La disponibilidad varía por comunidad y es más lenta.
¿Cuál es el plazo para registrar un contrato y qué pasa si me paso?
Tienes 10 días desde la firma. Si te pasas, es infracción leve según la LISOS y pueden sancionarte. Además, te pueden tumbar bonificaciones si no está comunicado en plazo.
¿Mi asesoría puede comunicarlo por mí?
Sí. Que lo haga con su certificado y un apoderamiento en el Registro Electrónico de Apoderamientos (https://apodera.redsara.es). Sin apoderamiento, Contrat@ no le dejará completar el envío.
¿Tengo que subir la copia básica del contrato?
En Contrat@ comunicas los datos del contrato. La copia básica debes entregarla a la RLT en 10 días y guardar el acuse. Si no hay RLT, entrégala al trabajador y guarda el recibí.
¿También se registran prórrogas y transformaciones a indefinido?
Sí. Se comunican igual que un alta, en el mismo Contrat@, y con el mismo plazo de 10 días. Guarda el justificante de cada una.
Me he equivocado al mandar los datos, ¿puedo rectificar?
En Contrat@ puedes enviar una comunicación de corrección/rectificación. Si el error es crítico (tipo de contrato, fechas), contacta con tu servicio autonómico de empleo para que anulen y reenvíes.
Soy autónomo y Cl@ve no me firma, ¿qué hago?
Prueba en otro navegador y desactiva bloqueadores. Si sigue dando guerra, usa certificado digital FNMT y AutoFirma. Suele ir más estable.
¿Qué es Registro Contrato Trabajo y ante qué organismo se presenta?
Registro Contrato Trabajo es un trámite gestionado por SEPE. Trámite oficial de Registro Contrato Trabajo gestionado por SEPE. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Registro Contrato Trabajo?
El coste de Registro Contrato Trabajo es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de SEPE antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Registro Contrato Trabajo?
El tiempo estimado para Registro Contrato Trabajo es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo SEPE y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Registro Contrato Trabajo?
Para Registro Contrato Trabajo el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Registro Contrato Trabajo necesita cita previa?
Sí, Registro Contrato Trabajo normalmente requiere cita previa en SEPE. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Registro Contrato Trabajo es compatible con trabajar por cuenta ajena?
La compatibilidad de Registro Contrato Trabajo con otra actividad depende de la naturaleza de la prestación o gestión. El SEPE publica criterios de compatibilidad por tipo de prestación.
¿Cuánto tarda el SEPE en pagar tras Registro Contrato Trabajo?
Una vez reconocido Registro Contrato Trabajo por el SEPE, el primer pago suele efectuarse en el mes siguiente al reconocimiento. Los pagos mensuales se abonan entre el 10 y el 15 de cada mes.
¿Necesito demanda de empleo activa para Registro Contrato Trabajo?
Para la mayoría de prestaciones y gestiones del SEPE, incluido Registro Contrato Trabajo cuando sea exigible, debes mantener la demanda de empleo activa en el servicio público de empleo autonómico.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en https://sede.sepe.gob.es con Cl@ve o certificado digital (empresa o representante).
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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