Ingreso Mínimo Vital (IMV) del INSS: cómo pedirlo y no morir en el intento
Prestación del INSS para hogares con pocos ingresos. Te sirve para solicitar, seguir y mantener el IMV si vives en España de forma legal y cumples los límites de renta y patrimonio.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve PIN/Permanente o certificado digital (DNIe también vale). Sin esto, cita previa en INSS.
- Móvil y email operativos para avisos y códigos.
- Unidad de convivencia clara: quién vive contigo y desde cuándo. Sin esto, te lo paran.
Documentación
- DNI/NIE de todos los convivientes (TIE/pasaporte si no eres español).
- Certificado de empadronamiento histórico y colectivo (nombre y fechas de todos en el domicilio).
- Libro de familia o certificaciones del Registro Civil (nacimientos, matrimonio/divorcio). Si hay tutelas/acogimientos, la resolución.
- IBAN de una cuenta a nombre del titular de la solicitud.
- Sentencia y convenio regulador si hay pensiones o custodia.
- Certificados de discapacidad/dependencia (si aplica).
- Justificantes de ingresos no tributarios o del extranjero si la AEAT no los tiene.
Paso a paso
- Mira el simulador en https://imv.seg-social.es para no perder tiempo si no cumples.
- Solicita online con Cl@ve/certificado desde el mismo portal (botón "Solicitar"). Entras a la Sede del INSS, rellenas la solicitud, autorizas consulta de datos y subes el padrón histórico-colectivo y el resto en PDF.
- Sin Cl@ve: pide cita previa INSS en https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/cita-previa y entrega la documentación en ventanilla. Te registran la solicitud y te dan justificante.
- Firma y guarda el resguardo (número de expediente). Sin esto, estás vendido si hay incidencias.
- Atiende requerimientos: revisa Carpeta Ciudadana (https://carpetaciudadana.gob.es) y Tu Seguridad Social. Si te piden algo, sube lo que falta desde el expediente o por REC (https://rec.redsara.es) indicando el número de expediente.
- Resolución y cobro: si te lo aprueban, cobras desde el mes siguiente a la solicitud. Si tardan, recuerda que el máximo legal es 6 meses.
Trucos que te ahorran tiempo
- Pide el padrón histórico y colectivo en el ayuntamiento con margen. Mucha gente lleva un padrón simple y se lo echan para atrás.
- Sube PDF legibles (evita fotos borrosas). Junta páginas en un único archivo por documento.
- Si estás en un alquiler compartido, deja claro quién forma tu unidad de convivencia y quién no; si no, te computarán ingresos de medio edificio.
- Cuenta bancaria: que sea del titular de la solicitud. Si no, te lo devuelven para subsanar.
- Usa Carpeta Ciudadana para no perderte notificaciones; es donde antes aparecen los sustos.
Errores frecuentes
- Padrón incorrecto (no histórico o sin todos los convivientes). Denegación garantizada.
- No comunicar cambios en 30 días (nueva pareja, trabajo, mudanza). Te suspenden y toca devolver.
- Subir documentos incompletos (falta una hoja del libro de familia, convenio regulador sin firmar). Requerimiento y retraso de semanas.
- Unidad de convivencia inventada para cuadrar ingresos. El cruce de datos con AEAT y padrón te pilla y la denegación cae.
- No guardar el justificante: si hay incidencia, sin número de expediente no puedes rastrear nada.
- 1.Entras en https://imv.seg-social.es y usas el simulador para ver si cumples (te ahorras tiempo si no llegas a los requisitos).
- 2.Con Cl@ve o certificado digital, pulsas "Solicitar" en https://imv.seg-social.es y accedes al formulario del INSS (vía Sede Electrónica).
- 3.Rellenas la solicitud online: seleccionas tu unidad de convivencia, marcas la autorización para que el INSS consulte tus datos y subes en PDF el padrón histórico-colectivo, libro de familia y lo que te pidan.
- 4.Si no tienes Cl@ve/certificado, pides cita presencial en INSS en https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/cita-previa y llevas originales y copias de toda la documentación.
- 5.Firmas y envías. Descarga el justificante de registro (número de expediente) y guárdalo como si fuera oro.
- 6.Vigilas notificaciones y requerimientos en Tu Seguridad Social y en tu Carpeta Ciudadana: https://carpetaciudadana.gob.es (si te piden subsanar, hazlo dentro del plazo).
- 7.Si te requieren aportar algo, lo subes desde el mismo expediente o por el Registro Electrónico Común: https://rec.redsara.es seleccionando INSS como organismo, indicando el número de expediente en el asunto.
- DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia (y TIE/pasaporte si eres extranjero)
- Certificado de empadronamiento histórico y colectivo (padrón con todos los convivientes y desde cuándo vivís juntos)
- Libro de familia o certificaciones del Registro Civil (nacimientos, matrimonio/divorcio, tutela/acogimiento si toca)
- Número de cuenta (IBAN) a nombre del titular que pide el IMV
- Sentencia de separación/divorcio y convenio regulador (si hay custodia/pensiones)
- Resolución o certificado de discapacidad/dependencia (si aplica)
- Justificantes de ingresos recientes si no constan en AEAT (nóminas, prestaciones de otros países, alquileres, etc.)
Plazo máximo y silencio administrativo
El INSS tiene hasta 6 meses para resolver. Si no contestan, se entiende denegado (silencio negativo). Guarda el justificante de solicitud.
Unidad de convivencia: el padrón te puede salvar o hundir
Pide el certificado de empadronamiento histórico y COLECTIVO. Si falta alguien o la fecha de convivencia no cuadra, te lo paran.
Obligación de comunicar cambios
Tienes 30 días para avisar cambios de domicilio, trabajo, ingresos, estado civil o convivencia. Si no, te pueden suspender, extinguir el IMV y exigir devolución con recargos.
¿Qué necesito para completar Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) sin que me lo rechacen?
Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) es gratuito en Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 5 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 5 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Cuánto tardan en contestar?
Lo normal son 2–8 semanas si todo está claro. El plazo legal es de 6 meses; si pasa, silencio negativo. Revisa tu Carpeta Ciudadana por si hay requerimientos.
¿Puedo cobrar el IMV si trabajo?
Sí, es compatible con ingresos bajos. Lo que ganes se descuenta en el cálculo y puede bajar la cuantía. Si suben tus ingresos, comunícalo en 30 días.
¿Desde cuándo se cobra si me lo aprueban?
Desde el primer día del mes siguiente a la fecha de solicitud. No hay retroactividad más allá de eso.
Vivo con mis padres, ¿puedo pedirlo yo?
Si convives, cuentas dentro de su unidad y computan sus rentas, salvo que puedas acreditar unidad independiente (caso muy tasado). Si lo presentas por tu cuenta viviendo con ellos, te lo tumbarán.
¿Necesito estar inscrito como demandante de empleo?
Te harán firmar compromiso de actividad y te pueden derivar a itinerarios de inclusión. Inscribirte como demandante de empleo es recomendable y puede ser exigido según tu perfil.
¿Es compatible con la renta mínima de mi comunidad autónoma?
Sí, pero se coordina: el IMV es estatal y la ayuda autonómica suele complementarlo o ajustarse. Muchas CCAA descuentan lo que cobras de IMV.
Me cambio de casa o me voy a vivir con mi pareja, ¿qué pasa?
Es un cambio crítico de unidad de convivencia. Comunícalo en 30 días y aporta el nuevo padrón; recalcularán tu IMV. Si no lo haces, te pueden pedir devolución.
¿Qué es el Complemento de Ayuda Para la Infancia (CAPI)?
Es una cuantía mensual del IMV por cada hijo menor de edad de la unidad de convivencia, según su edad a 1 de enero: 100 € para menores de 3 años, 70 € de 3 a menos de 6 y 50 € de 6 a menos de 18 (art. 13.2.e de la Ley 19/2021).
¿Hasta cuántos ingresos puedo tener para cobrar la ayuda por hijo?
Para el CAPI, los ingresos computables del ejercicio anterior deben ser inferiores al 300 % de los umbrales del anexo I de la Ley 19/2021 (y el patrimonio, inferior al 150 % del anexo II). Es un umbral más amplio que el del IMV general, por lo que muchas familias trabajadoras tienen derecho. Confirma tu umbral exacto en el simulador oficial del INSS.
¿Quién puede solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Personas que viven solas (con carácter general, desde los 23 años) o unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica, con residencia legal y efectiva en España, conforme a los artículos 4, 10 y 11 de la Ley 19/2021.
¿Cómo se solicita y con qué documentos?
En la sede electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es) con Cl@ve o certificado digital, o presencialmente en un CAISS con cita previa. Se aporta el DNI/NIE de los miembros, los datos de la unidad de convivencia y una cuenta bancaria; el empadronamiento y los ingresos los verifica el INSS por medios telemáticos (INE y AEAT).
¿La ayuda es compatible con trabajar?
Sí. El IMV y su complemento son compatibles con las rentas del trabajo (art. 11.4 de la Ley 19/2021). El CAPI, además, alcanza a familias con ingresos de hasta el 300 % del umbral precisamente para no penalizar el empleo.
¿Desde cuándo se cobra si me lo conceden?
El derecho a la prestación nace a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud (art. 14.1 de la Ley 19/2021). El pago es mensual por transferencia bancaria.
¿Qué es Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) y ante qué organismo se presenta?
Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) es un trámite gestionado por Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Prestación de la Seguridad Social que garantiza una renta mínima e incluye el Complemento de Ayuda Para la Infancia: hasta 100 € al mes por hijo para familias con ingresos por debajo del 300 % del umbral. Guía con cuantías y solicitud.
¿Cuánto cuesta realizar Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI)?
El coste de Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI)?
El tiempo estimado para Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) es Solicitud online · resolución variable. Puede variar según la carga del organismo Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI)?
Para Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) necesita cita previa?
No, Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Necesito estar dado de alta para Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI)?
En muchos trámites ante el INSS o la TGSS, como Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI), la Seguridad Social exige situación de alta, asimilada al alta o periodos mínimos cotizados. Comprueba tu vida laboral antes de solicitarlo.
¿Cómo compruebo el estado de mi solicitud de Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI)?
Puedes consultar el estado de Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) en "Tu Seguridad Social" con Cl@ve, certificado o vía SMS. El INSS/TGSS también notifica resoluciones por carta o por la sede electrónica.
¿Qué puedo hacer si me deniegan Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI)?
Ante una denegación de Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) puedes presentar reclamación previa en el plazo indicado en la resolución (normalmente 30 días) y, en su caso, demanda ante el juzgado de lo social.
¿Qué necesito para completar Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) sin que me lo rechacen?
Para completar Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Ingreso Mínimo Vital (IMV) y ayuda para hijos (CAPI) es gratuito en Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 5 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 5 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en https://imv.seg-social.es y usas el simulador para ver si cumples (te ahorras tiempo si no llegas a los requisitos).
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
Asistente del expediente
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