Prestación por nacimiento y cuidado del menor (antes maternidad/paternidad)
Permiso retribuido de la Seguridad Social cuando nace o adoptas/acoges a un menor. Te sirve para cobrar mientras estás de baja por nacimiento y cuidado si cotizas en España.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
INSS / TGSS
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve o certificado digital que funcione (DNIe también vale) y tu móvil para los códigos.
- IBAN de una cuenta donde seas titular.
- Certificación literal de nacimiento del Registro Civil si el sistema aún no la “ve”.
- Certificado de empresa (si tu empresa no lo ha mandado por Sistema RED). Si eres autónomo, datos de tu actividad y quién te cubre.
- Resoluciones especiales (discapacidad, familia numerosa/monoparental) si dan ampliaciones.
Documentación
- DNI/NIE/pasaporte del solicitante (y del otro progenitor si te lo piden para contrastar datos).
- Certificación literal de nacimiento o resolución de adopción/guarda (solo si no consta aún en la sede).
- Certificado de empresa de nacimiento y cuidado del menor (si no se ha comunicado por Sistema RED).
- IBAN de tu cuenta para el ingreso de la prestación.
- Libro de familia antiguo o resolución de adopción/guarda (si aplica y no hay volcado telemático).
- Autónomos: declaración de situación de actividad durante el permiso (si corresponde).
- Títulos/resoluciones de discapacidad o familia numerosa/monoparental (si dan derecho a ampliaciones).
Paso a paso
- Entra en Tu Seguridad Social: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/tuss e identifícate con Cl@ve o certificado.
- Abre Familia > Nacimiento y cuidado del menor y pulsa Solicitar. Indica fechas del hecho causante y el tipo de disfrute (completo o parcial si lo has acordado con tu empresa).
- Comprueba si el nacimiento ya aparece por volcado del Registro Civil. Si no, sube la certificación literal en PDF/JPG.
- Verifica si está el certificado de empresa (trabajadores por cuenta ajena). Si falta, adjúntalo. Si eres autónomo, rellena la situación de actividad.
- Mete tu IBAN, revisa las bases de cotización que muestra el sistema y marca la responsable. Firma la solicitud.
- Descarga el resguardo con CSV (guárdalo como oro). Si prefieres ir en persona, pide cita aquí: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/CitaPrevia y lleva los papeles.
- Vigila el estado en Tu Seguridad Social y la Carpeta Ciudadana (https://carpetaciudadana.gob.es). Cuando resuelvan, verás la cuantía y fechas de pago.
Trucos que te ahorran tiempo
- Sube los documentos en PDF y con menos de 10 MB. Evita fotos borrosas. Nombre claro a los archivos.
- Si el Registro Civil tarda en volcar, adjunta la certificación y no esperes: no te bloquees por eso.
- Pide a tu empresa que envíe el certificado por Sistema RED antes de que presentes. Sin eso, el INSS a veces no mueve ficha.
- Si vas justo de cotización, mira tu vida laboral primero. Te evitas una denegación tontamente.
- ¿Parcialidad? Acuerdo por escrito con la empresa antes de marcarlo. Si no, te lo echan para atrás.
Errores frecuentes
- Dejarlo pasar y que se te caiga retroactividad: solo retrotraen 3 meses. Pídelo cuanto antes.
- Confundir esto con una baja médica: no es IT; es una prestación específica y los papeles son otros.
- No comprobar que el certificado de empresa está en el expediente: el INSS no adivina, y tu solicitud se queda en limbo.
- Subir fotos del DNI recortadas o ilegibles: te requerirán y sumarás semanas de espera.
- Marcar tiempo parcial sin acuerdo con la empresa: denegación inmediata y vuelta a empezar.
- Hacerlo con un navegador que bloquea ventanas: Tu Seguridad Social es delicada; usa Chrome/Edge y permite pop-ups.
- 1.Entras en Tu Seguridad Social: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/tuss e inicias sesión con Cl@ve o certificado digital.
- 2.Dentro de Familia > Nacimiento y cuidado del menor, inicias la solicitud indicando fechas del nacimiento/adopción y cómo vas a disfrutar el permiso (continuo, a tiempo parcial si procede).
- 3.Compruebas si el nacimiento ya aparece cargado desde el Registro Civil; si no, adjuntas la certificación literal en PDF/JPG.
- 4.Revisas si figura el certificado de empresa remitido por Sistema RED; si no está, adjunta el certificado de empresa. Si eres autónomo, cumplimenta la situación de actividad.
- 5.Indicas tu IBAN, revisas datos y bases de cotización que muestra el sistema, firmas la solicitud y descargas el justificante con CSV.
- 6.Si prefieres presencial, pides cita en INSS aquí: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/CitaPrevia y llevas la documentación a la oficina el día de la cita.
- 7.Vigilas el estado y notificaciones en Tu Seguridad Social y en la Carpeta Ciudadana: https://carpetaciudadana.gob.es; cuando resuelvan, verás el detalle del pago.
- DNI/NIE/pasaporte del solicitante (y del otro progenitor si te lo piden para verificar datos)
- Certificación literal de nacimiento del Registro Civil (solo si aún no aparece en la sede; en adopción/guarda, resolución judicial o administrativa)
- Certificado de empresa de nacimiento y cuidado del menor (si tu empresa no lo ha enviado por Sistema RED)
- Número de cuenta bancaria (IBAN) del que seas titular para el ingreso
- Libro de familia antiguo o resolución de adopción/guarda (si aplica y no hay volcado telemático)
- Para autónomos: declaración de situación de actividad durante el permiso (si corresponde)
- Resolución de discapacidad del menor o título de familia numerosa/monoparental (solo si da derecho a ampliaciones)
No te duermas
Los efectos económicos solo se retrotraen 3 meses. Si lo pides más tarde, pierdes dinero.
Carencia de cotización
Necesitas estar de alta o asimilada y cumplir mínimos de cotización según tu edad. Si vas justa, pide vida laboral y asesórate antes de tramitar.
Bloqueo por certificado de empresa
Si tu empresa no envía el certificado por Sistema RED, el INSS puede parar el expediente. Pídeles que lo remitan en cuanto antes o sube un certificado firmado.
Web tiquismiquis
Tu Seguridad Social a veces falla con pop-ups y navegadores raros. Chrome/Edge y PDF en menos de 10 MB suele evitar errores.
Permiso a tiempo parcial
La parcialidad necesita acuerdo con la empresa y autorización del INSS. Si tu empresa no acepta, no lo marques o te lo denegarán.
¿Qué necesito para completar Nacimiento y Cuidado (Maternidad) sin que me lo rechacen?
Nacimiento y Cuidado (Maternidad) es gratuito en INSS / TGSS y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 6 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Cuánto tarda el INSS en pagar la maternidad/paternidad?
Entre 1 y 4 semanas es lo normal. Se cobra a mes vencido con prorrata si entras a mitad de mes. En Tu Seguridad Social verás la resolución cuando esté lista.
¿Puedo trabajar mientras cobro la prestación?
No, es incompatible con trabajar a la misma jornada. Puedes plantear disfrute a tiempo parcial si tu empresa acepta y el INSS lo autoriza.
No tengo Cl@ve ni certificado, ¿puedo pedirlo online?
Sí, pero el canal sin certificado es más puñetero y te pedirá más adjuntos. Si puedes, actívate Cl@ve en https://clave.gob.es o pide cita presencial en el INSS.
Soy autónomo, ¿qué tengo que aportar?
Además de DNI y nacimiento, indica tu situación de actividad (quién atiende el negocio durante el permiso) y el IBAN. Asegúrate de estar al corriente con TGSS o te pueden parar el pago.
¿Hasta cuándo puedo coger las semanas que me quedan?
Las 6 primeras son obligatorias tras el nacimiento para cada progenitor. El resto puedes repartir dentro de los 12 meses siguientes, según acuerdo con la empresa.
El Registro Civil no ha volcado el nacimiento, ¿qué hago?
Adjunta la certificación literal de nacimiento en la solicitud y tira palante. Cuando el volcado llegue, el INSS ya tendrá la prueba en tu expediente.
¿Qué es Nacimiento y Cuidado (Maternidad) y ante qué organismo se presenta?
Nacimiento y Cuidado (Maternidad) es un trámite gestionado por INSS / TGSS. Trámite oficial de Nacimiento y Cuidado gestionado por INSS / TGSS. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Nacimiento y Cuidado (Maternidad)?
El coste de Nacimiento y Cuidado (Maternidad) es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de INSS / TGSS antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Nacimiento y Cuidado (Maternidad)?
El tiempo estimado para Nacimiento y Cuidado (Maternidad) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo INSS / TGSS y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Nacimiento y Cuidado (Maternidad)?
Para Nacimiento y Cuidado (Maternidad) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Nacimiento y Cuidado (Maternidad) necesita cita previa?
Sí, Nacimiento y Cuidado (Maternidad) normalmente requiere cita previa en INSS / TGSS. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Necesito estar dado de alta para Nacimiento y Cuidado (Maternidad)?
En muchos trámites ante el INSS o la TGSS, como Nacimiento y Cuidado (Maternidad), la Seguridad Social exige situación de alta, asimilada al alta o periodos mínimos cotizados. Comprueba tu vida laboral antes de solicitarlo.
¿Cómo compruebo el estado de mi solicitud de Nacimiento y Cuidado (Maternidad)?
Puedes consultar el estado de Nacimiento y Cuidado (Maternidad) en "Tu Seguridad Social" con Cl@ve, certificado o vía SMS. El INSS/TGSS también notifica resoluciones por carta o por la sede electrónica.
¿Qué puedo hacer si me deniegan Nacimiento y Cuidado (Maternidad)?
Ante una denegación de Nacimiento y Cuidado (Maternidad) puedes presentar reclamación previa en el plazo indicado en la resolución (normalmente 30 días) y, en su caso, demanda ante el juzgado de lo social.
¿Qué necesito para completar Nacimiento y Cuidado (Maternidad) sin que me lo rechacen?
Para completar Nacimiento y Cuidado (Maternidad) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Nacimiento y Cuidado (Maternidad) es gratuito en INSS / TGSS y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 6 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Empezar trámiteGratis. Sin cuenta y sin instalar nada.
Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en Tu Seguridad Social: https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/tuss e inicias sesión con Cl@ve o certificado digital.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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