Casarte por lo civil en tu Ayuntamiento
Trámite para que el alcalde o un concejal te celebre el matrimonio cuando ya tienes el expediente aprobado. Útil si quieres boda civil sencilla en la casa consistorial o junta de distrito.
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- 1.Consigue el expediente matrimonial aprobado en tu Registro Civil o ante notario (sin esto, el Ayuntamiento no te casa). Puedes pedir certificados de nacimiento en https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-nacimiento
- 2.Entra con Cl@ve o certificado digital en la sede electrónica de tu ayuntamiento y busca “Solicitud de celebración de matrimonio civil”
- 3.Rellena la solicitud: propones fechas, eliges sala (salón de plenos, junta de distrito, etc.) y subes la autorización del Registro Civil y los DNIs
- 4.Si la sala tiene tasa, paga en la propia sede (pasarela de pago) o genera carta de pago y sube el justificante
- 5.Recibe la confirmación de fecha y hora por registro/correo. Guarda el justificante: ahí te dirán dónde presentarte y si hay requisitos extra
- 6.Día de la boda: acudís ambos con dos testigos y sus DNIs. Firmáis el acta; el ayuntamiento remite el expediente al Registro Civil para la inscripción
- 7.Una vez inscrito, pide el certificado literal de matrimonio en la sede del Ministerio de Justicia si lo necesitas (https://sede.mjusticia.gob.es)
Acción inmediata
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