Presentar el Modelo 184 de entidades en atribución de rentas
Sirve para declarar cada año a Hacienda cómo se reparten las rentas de tu comunidad de bienes, sociedad civil no sujeta a IS o herencia yacente. Lo presentas online en enero con los datos de partícipes y las rentas/retenciones del año anterior.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve, certificado digital o DNIe. Sin esto no firmas nada.
- Datos censales actualizados: alta como entidad en atribución de rentas (Modelo 036/037) y domicilio fiscal correcto.
- Listado de partícipes: NIF, nombre, país de residencia, porcentajes y fechas de alta/baja.
- Rentas del año desglosadas por categorías (capital inmobiliario, actividades, capital mobiliario, ganancias/pérdidas) y retenciones soportadas.
- Referencias catastrales de inmuebles alquilados y datos básicos de la actividad (epígrafes IAE, método de determinación).
Documentación
- NIF de la entidad y de cada partícipe.
- Libro mayor/Excel con los importes totales por clave/subclave y las retenciones.
- Certificados de retención (bancos, inquilinos, clientes) para cuadrar importes.
- Epígrafes de IAE y método (estimación directa normal/simplificada).
- Referencias catastrales y dirección de los inmuebles con alquiler.
Paso a paso
- Revisa el censo en la AEAT. Si la entidad no está en atribución de rentas o cambió el domicilio, modifícalo en el 036/037 antes de liarte con el 184.
- Accede a la Sede de la AEAT y busca “Modelo 184 – Presentación”. Entra con Cl@ve o certificado.
- Selecciona ejercicio y elige formulario web (pocos partícipes) o fichero (muchos registros). Si vas por fichero, respeta los diseños de registro y valida antes.
- Identificación de la entidad: NIF, domicilio, IAE y marca las claves de rentas que vas a informar.
- Partícipes: da de alta uno por uno. NIF, porcentaje (que sume 100%), país de residencia y fechas. Si hay no residentes, indícalo bien.
- Rentas y retenciones: por cada clave (p.ej., capital inmobiliario) mete base, rendimiento neto, gastos deducibles si aplica y las retenciones soportadas. Reparte por porcentaje.
- Validación: pulsa validar. Corrige errores (rojos) y revisa los avisos (amarillos). Si algo no cuadra (porcentajes, NIF, catastral), te tira atrás.
- Firma y presenta. Descarga el justificante (CSV) y el PDF. Guárdalos junto con tu Excel; te salvarán si hay requerimiento.
Trucos que te ahorran tiempo
- Monta un Excel base con el censo de partícipes y porcentajes para no rehacerlo cada año.
- Si tienes muchos registros, ve por fichero y valida con el servicio de comprobación antes de firmar. Te evita errores tontos.
- Cuadra retenciones con los certificados de bancos/arrendatarios: si fallan, saltan avisos luego en el IRPF de los socios.
- Antes de enero, pide a tiempo los certificados (bancos, inquilinos). Si los esperas el día 30, te comes el cierre.
Errores frecuentes
- Porcentajes que no suman 100% o partícipe duplicado.
- NIF mal (sobre todo extranjeros) o país de residencia sin indicar.
- Referencia catastral vacía en alquileres: el sistema te bloquea.
- Rentas desglosadas mal (metes todo como actividades cuando es capital inmobiliario) y luego no cuadra con los 115/180/190 de terceros.
- Presentar fuera de plazo: sanción fija por informativas. Si te has pasado, presenta cuanto antes y sin requerimiento para reducir daño.
- 1.Revisa tu censo en la AEAT: que la entidad esté dada de alta como atribución de rentas (Modelo 036/037) y con datos actualizados. Si falta algo, actualízalo en sede.agenciatributaria.gob.es con Cl@ve o certificado.
- 2.Entra en la Sede de la AEAT y busca “Modelo 184 – Presentación”. Accede con Cl@ve (o certificado digital/DNIe si lo prefieres).
- 3.Elige el ejercicio (año que declaras) y la forma de presentación: formulario web si tienes pocos registros o fichero si tienes muchos partícipes (usa los diseños de registro y valida antes).
- 4.Rellena los datos de la entidad: identificación, domicilio, epígrafes IAE, y marca las claves de rentas que vayas a imputar.
- 5.Añade a los partícipes: NIF, porcentaje de participación (que sume 100%), país de residencia, y fechas de alta/baja si han cambiado ese año.
- 6.Imputa las rentas y retenciones por cada clave/subclave: capital inmobiliario, actividades, capital mobiliario, etc. Reparte según porcentaje y verifica totales.
- 7.Valida, corrige los avisos/errores, firma y presenta. Descarga el justificante con CSV y guarda el PDF; es lo que te pedirá Hacienda si te revisan.
- NIF de la entidad y domicilio fiscal declarado en el Modelo 036/037
- NIF, nombre y domicilio de cada partícipe, porcentaje de participación y fechas de alta/baja
- Detalle de rentas del ejercicio por categorías: capital inmobiliario, capital mobiliario, actividades económicas, ganancias/pérdidas patrimoniales
- Retenciones e ingresos a cuenta soportados imputables a la entidad (certificados y sumas)
- Epígrafe(s) de IAE de la actividad y método de determinación (estimación directa/simplificada, etc.)
- Referencias catastrales y datos de inmuebles si hay alquileres (capital inmobiliario)
- País de residencia de cada partícipe si hay no residentes y, en su caso, NIF extranjero
- Correo y teléfono de contacto para notificaciones de la AEAT
Plazo: enero
Se presenta en enero del año siguiente al que declaras (último día hábil de enero, salvo calendario distinto que publique AEAT). Si te pasas, hay sanción fija por declaración informativa; si presentas sin requerimiento, normalmente se reduce.
Obligados a presentar
Comunidades de bienes, sociedades civiles no sujetas a Impuesto sobre Sociedades y herencias yacentes que realicen actividades o atribuyan rentas. Si dudas por importes bajos o inactividad, revisa si hubo actividad o rentas; si no, puede que no estés obligado.
Complementaria o sustitutiva
Si olvidaste datos, puedes presentar complementaria (añade lo que faltó) o sustitutiva (reemplaza íntegramente la anterior). Necesitas el número de justificante de la que corriges.
Errores que bloquean
Porcentajes que no suman 100%, NIF de partícipe mal, referencia catastral en blanco con alquileres, o residencias mal informadas. Valida antes de firmar y te evitas el via crucis.
¿Qué necesito para completar Modelo 184 (Entidades) sin que me lo rechacen?
Modelo 184 (Entidades) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 184?
Entidades en atribución de rentas: comunidades de bienes, sociedades civiles no sujetas a IS y herencias yacentes que repartan rentas o realicen actividad. Si hay actividad o atribución de rentas, toca presentar.
¿Cuándo se presenta el 184?
Cada enero, con los datos del año natural anterior. El plazo acaba el último día hábil de enero salvo que la AEAT publique calendario distinto.
¿Hay que pagar algo al presentar el 184?
No. Es una declaración informativa, sin ingreso. Pero ojo con los retrasos: las sanciones por informativas duelen.
¿Puedo presentarlo con Cl@ve?
Sí, la Sede admite Cl@ve para muchas personas y representantes. Si firmas como entidad, lo más robusto es certificado digital del NIF de la entidad o apoderamiento vigente.
Me equivoqué en un porcentaje o me falta un partícipe, ¿cómo lo arreglo?
Presenta una complementaria si solo añades datos o una sustitutiva si vas a rehacerla entera. Ten a mano el justificante de la anterior para referenciarla.
Este año no tuvimos ingresos, ¿hay que presentar?
Si hubo actividad o circunstancias que te mantengan obligado, presenta en cero. Si no hubo actividad ni atribución de rentas y no cumples los supuestos de obligación, podrías no tener que presentarla.
¿Y si uno de los partícipes es no residente?
Lo informas igual en el 184 indicando país de residencia. La renta se le imputará en su IRNR; el 184 solo informa, no liquida.
¿Qué es Modelo 184 (Entidades) y ante qué organismo se presenta?
Modelo 184 (Entidades) es un trámite gestionado por AEAT. Trámite oficial de Modelo 184 gestionado por AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Modelo 184 (Entidades)?
El coste de Modelo 184 (Entidades) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Modelo 184 (Entidades)?
El tiempo estimado para Modelo 184 (Entidades) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Modelo 184 (Entidades)?
Para Modelo 184 (Entidades) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Modelo 184 (Entidades) necesita cita previa?
No, Modelo 184 (Entidades) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Quién está obligado a presentar Modelo 184 (Entidades)?
Están obligadas a presentar Modelo 184 (Entidades) las personas físicas o entidades que cumplan los umbrales y supuestos previstos por la AEAT. Conviene revisar cada año la normativa vigente publicada por la AEAT.
¿Puedo presentar Modelo 184 (Entidades) fuera de plazo?
Presentar Modelo 184 (Entidades) fuera de plazo puede conllevar recargos y, en su caso, intereses de demora y sanciones. Aun así, siempre es mejor presentarlo tarde que no presentarlo.
¿Dónde consulto los plazos oficiales de Modelo 184 (Entidades)?
Los plazos oficiales de Modelo 184 (Entidades) se publican en la sede electrónica de la AEAT y varían por ejercicio. Consulta el calendario del contribuyente de la AEAT para confirmar fechas exactas.
¿Qué es el Modelo 184 y qué entidades lo presentan?
El Modelo 184 es una declaración informativa anual que presentan las entidades en régimen de atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles sin objeto mercantil, herencias yacentes, etc.) para informar de las rentas obtenidas y su atribución a cada socio, comunero o partícipe. No conlleva pago: es puramente informativa.
¿Cómo se rellena el Modelo 184 paso a paso?
En la sede de la AEAT, identifícate con Cl@ve o certificado, indica los datos de la entidad, el resultado de la actividad (ingresos y gastos) y el detalle de cada partícipe con su porcentaje de participación y la renta atribuida. Valida, corrige los avisos y presenta. Cada partícipe usará esos datos en su propia declaración de la Renta.
¿Cuándo se presenta el Modelo 184 en 2026?
El Modelo 184 se presenta en el mes de enero del año siguiente al ejercicio declarado (declaración informativa anual). Conviene presentarlo antes de que los partícipes hagan su Renta, ya que sus datos fiscales dependen de la atribución que consta en el 184. Comprueba en la sede la fecha límite exacta de la campaña.
¿Qué necesito para completar Modelo 184 (Entidades) sin que me lo rechacen?
Para completar Modelo 184 (Entidades) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Modelo 184 (Entidades) tiene una tasa oficial variable en AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Revisa tu censo en la AEAT: que la entidad esté dada de alta como atribución de rentas (Modelo 036/037) y con datos actualizados. Si falta algo, actualízalo en sede.agenciatributaria.gob.es con Cl@ve o certificado.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
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