Escritura pública para constituir o cambiar tu sociedad (Notaría + Registro Mercantil + AEAT)
Si vas a crear una SL o cambiar capital, socios o administrador, toca pasar por notaría y luego por Registro Mercantil y AEAT. Aquí va el recorrido real para que no te comas semanas de idas y venidas.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Registro Mercantil / AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve o certificado digital para AEAT y Registro (si no lo presenta la notaría).
- Nombre de la sociedad reservado en el RMC (certificación negativa vigente).
- Capital social decidido (y cómo lo aportas: metálico/bienes).
- Domicilio social, objeto social y CNAE claros para los estatutos.
- Administrador/es (cargo, duración, sistema de retribución) y reparto de participaciones.
Documentación
- Certificación negativa del RMC (caduca a los 3 meses).
- DNI/NIE/pasaporte de socios y administrador, y domicilios.
- Estatutos sociales (mejor estatutos tipo si quieres ir rápido/barato por CIRCE).
- Certificado bancario del capital o manifestación de aportación en metálico ante notario.
- Declaración de titular real y de actividad (formularios de la notaría).
- Justificante del Modelo 600 de ITPAJD presentado (aunque sea exento).
- NIF provisional (si lo pediste antes) o lo pides después con el 036.
Paso a paso
- Reserva nombre: solicita la certificación negativa en https://www.rmc.es. Te llega por email o recogida; sin esto no te aceptan la escritura.
- Notaría: pide cita, lleva docs y firma la escritura pública. Pregunta si tramitan CIRCE/DUE para que envíen telemáticamente al Registro y pidan NIF provisional.
- Impuesto (Modelo 600): en 30 días hábiles presenta el 600 en tu CCAA. Si es exento, marca exención y envía igual. Ej. Madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/tributos/modelo-600.
- Registro Mercantil: presenta la escritura por https://sede.registradores.org/site/mercantil adjuntando el justificante del 600. Paga arancel registral + BORME. Te notificarán defectos o inscripción.
- AEAT (Modelo 036): saca NIF provisional si no te lo tramitó la notaría y, cuando el Registro inscriba, presenta otro 036 con la hoja registral para el NIF definitivo: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G322.shtml.
Trucos que te ahorran tiempo
- Estatutos tipo + CIRCE aceleran y abaratan. Si tu caso es estándar, te compensa.
- Pide a la notaría que presente telemáticamente al Registro. Ellos tienen el canal y rara vez falla.
- Si presentas tú, usa Autofirma y Chrome/Windows. Evita líos con navegadores raros.
- Sube al Registro todo: escritura, Modelo 600, DNI del presentante, y si hay poderes, la escritura de poderes.
- Reserva el nombre con tiempo, pero no demasiado: recuerda la caducidad de 3 meses.
Errores frecuentes
- No presentar el 600 por estar exento. Luego llegan sanciones y el Registro no inscribe sin justificante.
- Nombre caducado o no coincide con la certificación del RMC.
- Estatutos mal (objeto social inabarcable o CNAE incoherente) y el Registro te pone defectos.
- Firmar la escritura sin aceptación de cargo del administrador o sin fijar su retribución si procede.
- Quedarte con NIF provisional y no cambiarlo a definitivo: el banco y clientes te bloquearán.
- Intentar presentar en la sede de Registradores sin certificado digital: con Cl@ve no siempre te deja firmar la carga; deja que lo haga la notaría si no tienes certificado.
- 1.Pide la certificación negativa de nombre en el Registro Mercantil Central (online en https://www.rmc.es). Sin nombre reservado no hay escritura.
- 2.Pide cita en una notaría, lleva la documentación y otorga la escritura (constitución/modificación). Paga aranceles y, si quieres, que la notaría te tramite CIRCE/DUE.
- 3.Autoliquida el ITPAJD (Modelo 600) en 30 días hábiles en la sede tributaria de tu CCAA; si es exento, márcalo y presenta igual (ej. Madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/tributos/modelo-600).
- 4.Presenta la escritura en el Registro Mercantil provincial por sede electrónica: https://sede.registradores.org/site/mercantil. Adjunta el justificante del 600 y paga Registro+BORME.
- 5.Solicita NIF provisional/definitivo con Modelo 036 en AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G322.shtml (Cl@ve/Certificado). Para el definitivo te pedirán la inscripción.
- 6.Cuando te inscriban (te avisan por email si lo hiciste online), descarga la certificación de inscripción y, si tienes NIF provisional, cambia a definitivo con otro 036.
- Certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central vigente (caduca a los 3 meses)
- DNI/NIE/pasaporte de socios y administrador, con domicilio social y porcentajes de participación
- Estatutos sociales (o estatutos tipo si vas por CIRCE/PAE)
- Certificado bancario del desembolso del capital social o manifestación de aportación en metálico ante notario
- Declaración de titular real y de actividad (te las prepara la notaría, pero las firmas tú)
- Justificante del Modelo 600 (ITPAJD) presentado en tu Comunidad Autónoma, incluso si es exento
- Si ya lo tienes: justificante del NIF provisional de la sociedad (AEAT, Modelo 036)
Modelo 600: 30 días hábiles
Aunque la constitución y muchas operaciones societarias estén exentas, el 600 se presenta igual en 30 días hábiles desde la firma. Si pasas del plazo, sanción y recargos.
Nombre reservado caduca
La certificación negativa del RMC caduca a los 3 meses. Si llegas tarde, a repetir y a esperar otros días.
NIF provisional no es para siempre
AEAT puede exigirte el NIF definitivo a los 6 meses. Sin inscripción en el Registro no te lo dan y te bloqueas para bancos y facturación.
Presentación online tiquismiquis
La sede de Registradores pide Autofirma y suele ir mejor en Windows/Chrome. Con Cl@ve puedes pagar y consultar, pero para subir escrituras es más fiable certificado digital.
No inscribir = problemas
Sin inscripción la sociedad no tiene personalidad jurídica. Facturar así es jugar a la ruleta: responsabilidad personal y cierre registral para actos posteriores.
¿Qué necesito para completar Escritura Pública sin que me lo rechacen?
Escritura Pública tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, presentarse sin la documentación exacta obliga a pedir cita otra vez. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Si la constitución está exenta, debo presentar el Modelo 600?
Sí. En la mayoría de CCAA debes presentarlo en 30 días hábiles marcando exención (cuota 0). Si no lo haces, te pueden sancionar aunque no haya cuota a pagar.
¿Puedo constituir sin abrir cuenta y sin certificado bancario?
Puedes manifestar ante notario que aportas el capital en metálico y abrir la cuenta después con la escritura. El banco te pedirá escritura e identificación de titulares reales.
¿Cuánto tarda el Registro Mercantil en inscribir?
Si todo está correcto, 5–15 días hábiles. Si hay defectos, te calificarán con nota y se para el reloj hasta que subsanes.
¿Me multan si no inscribo la escritura?
Más que multa, te quedas sin personalidad jurídica y con cierre registral. Fiscalmente puedes meterte en un lío si operas sin NIF definitivo y sin inscripción.
¿Se puede hacer todo online?
Con estatutos tipo y CIRCE, la notaría puede tramitar telemáticamente y tú firmas presencial o por videoconferencia si procede. Registro y AEAT van online con Cl@ve/certificado.
¿Puedo usar Cl@ve en vez de certificado digital?
Para AEAT sí (036 admite Cl@ve). Para el Registro, para presentar escrituras y firmar suele exigirse certificado digital; si no, que lo presente tu notaría.
¿Qué es Escritura Pública y ante qué organismo se presenta?
Escritura Pública es un trámite gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Trámite oficial de Escritura Pública gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Escritura Pública?
El coste de Escritura Pública es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de Registro Mercantil / AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Escritura Pública?
El tiempo estimado para Escritura Pública es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Registro Mercantil / AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Escritura Pública?
Para Escritura Pública el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Escritura Pública necesita cita previa?
Sí, Escritura Pública normalmente requiere cita previa en Registro Mercantil / AEAT. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Escritura Pública obliga a inscripción en el Registro Mercantil?
Determinadas operaciones derivadas de Escritura Pública requieren inscripción registral. Confirma con tu asesor o con el Registro Mercantil provincial la necesidad concreta en tu caso.
¿Escritura Pública aplica a autónomos y a sociedades?
Escritura Pública puede afectar de forma distinta a autónomos y a sociedades. Revisa las obligaciones específicas de tu forma jurídica antes de presentarlo.
¿Escritura Pública genera obligaciones periódicas adicionales?
Algunos trámites empresariales como Escritura Pública implican obligaciones posteriores (declaraciones, libros, depósito de cuentas). Planifícalo con tu asesor para evitar sanciones.
¿Qué necesito para completar Escritura Pública sin que me lo rechacen?
Para completar Escritura Pública necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Escritura Pública tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, presentarse sin la documentación exacta obliga a pedir cita otra vez. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Pide la certificación negativa de nombre en el Registro Mercantil Central (online en https://www.rmc.es). Sin nombre reservado no hay escritura.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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