Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)
Sirve para que tu sociedad pueda dedicarse a una actividad nueva: primero, si hace falta, amplías el objeto social en el Registro Mercantil y luego añades el epígrafe IAE y obligaciones en el Modelo 036 de la AEAT. Útil cuando vas a vender/servir algo distinto a lo que montaste al principio.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Registro Mercantil / AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Objeto social actual (última escritura inscrita). 2) Decisión clara de qué vas a hacer nuevo y desde cuándo. 3) Epígrafe IAE exacto. 4) Cl@ve o certificado del administrador/apoderado. 5) Si hay que ampliar objeto social: convocatoria y acta de junta, y cita con notaría.
Documentación
- Escritura de modificación de estatutos con el nuevo objeto social (solo si hace falta).
- NIF de la sociedad y DNI/NIE de quien firma/presenta.
- Justificante de presentación/inscripción del Registro Mercantil.
- Epígrafe IAE y CNAE de la actividad, con la fecha de inicio real.
- Poder de representación o apoderamiento en AEAT si presenta un tercero.
- Si superas umbrales de IAE: datos para Modelo 840 (domicilio de actividad, superficie, etc.).
Paso a paso
- Revisa el objeto social. Si la actividad nueva encaja, te ahorras notaría/registro. Si no, convoca junta y acuerda ampliar objeto social.
- Firma en notaría la escritura de modificación de estatutos. Pide al notario redacción concreta (nada de vaguedades que el registrador tumba).
- Presenta en el Registro Mercantil provincial (teletrámite en sede.registradores.org o ventanilla). Paga aranceles y guarda el asiento de presentación.
- Cuando esté inscrito, descarga la nota simple/inscripción. Si no hubo modificación, salta directo al 036.
- Entra en sede.agenciatributaria.gob.es > Censos y presenta el Modelo 036 de modificación: añade epígrafes IAE, ajusta obligaciones (IVA/IS/retenciones), y pon fecha de inicio. Presenta y guarda el justificante.
- Si procede, tramita IAE (Modelo 840) en el ayuntamiento/AEAT según el municipio y presenta el 848 si te lo piden por cifra de negocios.
- Ajusta facturas (epígrafe/CNAE), libros y, si corresponde, pide licencias municipales o presenta declaración responsable antes de abrir local.
Trucos que te ahorran tiempo
- Define el epígrafe IAE antes de ir a notaría; te ayuda a redactar un objeto social que no dé problemas.
- Si es una S.L. con administrador único, prepara apoderamiento en AEAT por si otra persona va a presentar el 036.
- Presenta el 036 el mismo día que empieces a facturar la nueva actividad y así te olvidas del plazo de 1 mes.
- Usa Cl@ve o certificado y evita Safari: la sede de la AEAT va más fina con Chrome/Firefox.
Errores frecuentes
- No cambiar estatutos cuando la actividad no está en el objeto social: el Registro no te persigue, pero te puedes comer problemas en contratos, bancos o licencias.
- Epígrafe IAE mal elegido: luego te exigen IVA/retenciones que no tocaban o te quitan exenciones. Contrástalo antes.
- Pasarte del mes sin presentar el 036: multa censal de libro.
- Objeto social demasiado genérico: el registrador te pone defectos y vuelta a notaría.
- Olvidar licencias municipales si abres local: aunque AEAT y Registro estén ok, el ayuntamiento te puede cerrar el chiringuito.
- 1.Comprueba tu objeto social en la última escritura inscrita. Si la nueva actividad no encaja, pide cita con notaría para una modificación de estatutos (acuerdo de junta) y firma la escritura.
- 2.Presentas la escritura en tu Registro Mercantil provincial (presencial o telemático en sede.registradores.org). Pagas aranceles y esperas la inscripción. Guarda el asiento de presentación.
- 3.Una vez inscrita la modificación, descargas la nota simple/inscripción y la copias para lo que te pidan. Si no hubo que modificar estatutos, salta al paso de AEAT.
- 4.Entrás en sede.agenciatributaria.gob.es con Cl@ve o certificado y presentas el Modelo 036 de modificación censal: añades el/los epígrafes IAE, marcas obligaciones (IVA/IS/retenciones) y pones fecha de inicio.
- 5.Si la cifra de negocios te saca de la exención de IAE o la actividad no está exenta: tramitas el alta en IAE (Modelo 840) dentro del plazo y, si procede, presentas el 848 de cifra de negocios.
- 6.Descarga y guarda los justificantes (registro del 036 y, si aplica, 840/848). Ajusta libros y facturación (CNAE/epígrafe en facturas) y revisa si necesitas licencia municipal o comunicación ambiental.
- Escritura pública de modificación de estatutos con ampliación del objeto social (si la nueva actividad no está ya incluida)
- Justificante de presentación e inscripción en el Registro Mercantil (asiento de presentación y, después, inscripción)
- NIF de la sociedad y DNI/NIE del administrador o apoderado que firma
- Poder de representación (si presenta otra persona) inscrito en el Registro o apoderamiento en AEAT
- Epígrafe(s) IAE exacto(s) de la nueva actividad y fecha de inicio
- Datos fiscales a actualizar en Modelo 036 (IVA, retenciones, regímenes aplicables)
- Si dejas de estar exento de IAE: alta en IAE (Modelo 840) y, en su caso, declaración 848 de cifra de negocios
Plazo AEAT: 1 mes
Tienes 1 mes desde que empiezas la nueva actividad o cambian tus datos para presentar el Modelo 036. La AEAT puede multar con 200€ (reducible) por no comunicar cambios censales a tiempo.
No todo requiere cambiar estatutos
Si la actividad nueva ya está cubierta por tu objeto social (por ejemplo, "comercio, distribución y servicios relacionados"), no vayas a notaría: basta con el 036. Si no está, sí o sí escritura e inscripción.
Epígrafe IAE bien elegido o te crujen luego
Elegir mal el epígrafe puede liarte con el IVA, recargos de equivalencia o exenciones de IAE. Verifica el epígrafe exacto antes de presentar el 036.
Registro puede tumbar la escritura por redacción
Si el objeto social queda demasiado genérico o incompatible con normativa sectorial, el registrador te pondrá defectos y toca subsanar. Revisa con tu notario la redacción antes de firmar.
¿Qué necesito para completar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) sin que me lo rechacen?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Tengo que cambiar el objeto social sí o sí para añadir una actividad?
Solo si la actividad nueva no encaja en el objeto social que tienes inscrito. Si ya está cubierta, haces únicamente el Modelo 036 en la AEAT.
¿Cuál es el plazo para avisar a la AEAT de la nueva actividad?
Un mes desde el inicio efectivo de la actividad o desde el cambio de datos. La comunicación se hace con el Modelo 036 (modificación).
¿Me pueden multar si empiezo a facturar sin actualizar el censo?
Sí. La AEAT puede sancionar por incumplir obligaciones censales (multa fija, normalmente 200€ reducible). Además, te puedes comer requerimientos de IVA/retenciones mal declaradas.
¿Tengo que darme de alta en el IAE (Modelo 840)?
Si tu cifra de negocios es inferior a 1.000.000€ estás exento de cuota, pero igualmente debes comunicar el epígrafe en el 036. Si superas el umbral o no estás exento por norma especial, tramita el 840.
¿Puedo presentar el Modelo 036 con Cl@ve?
Sí, con Cl@ve o certificado digital. Si no eres administrador/apoderado, necesitarás un apoderamiento en AEAT para presentar en nombre de la sociedad.
¿Cuánto tarda el Registro Mercantil en inscribir la ampliación del objeto social?
Lo normal: entre 5 y 15 días hábiles desde el asiento de presentación. Si hay defectos, se alarga hasta que subsanes.
¿Qué es Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) y ante qué organismo se presenta?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es un trámite gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Trámite oficial de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
El coste de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de Registro Mercantil / AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
El tiempo estimado para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Registro Mercantil / AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
Para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) necesita cita previa?
No, Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) obliga a inscripción en el Registro Mercantil?
Determinadas operaciones derivadas de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) requieren inscripción registral. Confirma con tu asesor o con el Registro Mercantil provincial la necesidad concreta en tu caso.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) aplica a autónomos y a sociedades?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) puede afectar de forma distinta a autónomos y a sociedades. Revisa las obligaciones específicas de tu forma jurídica antes de presentarlo.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) genera obligaciones periódicas adicionales?
Algunos trámites empresariales como Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) implican obligaciones posteriores (declaraciones, libros, depósito de cuentas). Planifícalo con tu asesor para evitar sanciones.
¿Qué necesito para completar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) sin que me lo rechacen?
Para completar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 3 documentos a lo largo de 5 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 3 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
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Tu progreso
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- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Comprueba tu objeto social en la última escritura inscrita. Si la nueva actividad no encaja, pide cita con notaría para una modificación de estatutos (acuerdo de junta) y firma la escritura.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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