Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT
Vas a montar otra empresa y sumar una sociedad más a las que ya gestionas. Aquí haces la constitución en el Registro Mercantil y el alta censal/NIF en la AEAT para poder operar y facturar.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Registro Mercantil / AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve o certificado digital (como representante o con apoderamiento) para la AEAT y Registradores.
- Nombre claro para la nueva empresa (y 1-2 alternativas por si el principal está cogido).
- Cita en notaría (lo siento, esto no te lo quita nadie). Lleva DNI/NIE y datos de socios/administrador.
Documentación
- Certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central.
- Escritura de constitución con estatutos y nombramiento de administrador.
- Certificado bancario del capital social (si no optas por SL de 1€ y el notario lo exige).
- Modelo 600 (ITPAJD exento) presentado en tu CCAA, con justificante.
- Inscripción en el Registro Mercantil (nota simple o asiento) para el NIF definitivo.
- Modelo 036 (declaración censal) para NIF provisional/definitivo y alta de obligaciones.
Paso a paso
- Reserva el nombre: entra en https://www.rmc.es y pide la certificación negativa. Sin esto, la notaría no te firma.
- Firma la escritura: lleva certificación, estatutos y datos. Pide al notario envío telemático al Registro Mercantil y, si puedes, que gestione el 600.
- Presenta el Modelo 600 (exento) en la hacienda autonómica que te corresponda. Sin resguardo, el Registro no inscribe.
- Inscribe en el Registro Mercantil: si el notario no lo hizo, súbelo en https://sede.registradores.org/site/mercantil. Paga aranceles y espera la calificación.
- Pide NIF provisional: en la AEAT (ruta: Sede > Empresas y profesionales > Censos, NIF y domicilio fiscal) haz el Modelo 036 adjuntando la escritura. Con esto puedes empezar ciertos trámites.
- Canjea a NIF definitivo y alta censal: cuando tengas la inscripción, presenta otro Modelo 036 para pasar a definitivo y marcar IVA/retenciones/IAE. Sin esto, no factures.
- Saca el certificado digital de representante en la FNMT: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/representante-para-administradores-unicos-y-solidarios para operar con AEAT y otros organismos.
Trucos que te ahorran tiempo
- Que el notario teletransmita la escritura y el 600: te quitas colas y escaneos.
- Adjunta todo bien en el 036 (escritura y, cuando toque, inscripción). Evitas requerimientos tontos y retrasos.
- Prepara epígrafes IAE y marcas de IVA/retenciones antes de entrar al 036. No improvises en la pantalla.
- Hazlo con certificado digital del representante; Cl@ve funciona, pero el 036 para sociedades con certificado va más fino.
Errores frecuentes
- Olvidar el 600: está exento, sí, pero si no lo presentas, no hay inscripción.
- Dejar caducar la denominación: la certificación no es eterna. Si caduca, vuelta a empezar.
- Quedarte con el NIF provisional sin canjear: la AEAT te puede clavar 200€ por no actualizar el censo a tiempo.
- Nombre “demasiado parecido” a otra sociedad: te lo tiran y pierdes semanas.
- Sede de Registradores: te puede dar guerra. Si te atasca, llama a la notaría para que reenvíen telemáticamente.
- 1.Entras en https://www.rmc.es y pides la “Certificación negativa de denominación social” para el nombre de la nueva sociedad.
- 2.Vas a la notaría con la certificación, estatutos y datos de socios/administrador; firmas la escritura y pides al notario remisión telemática al Registro Mercantil.
- 3.Presentas el Modelo 600 (ITPAJD, exento por constitución) en la sede tributaria de tu comunidad autónoma y guardas el justificante.
- 4.Inscribes la sociedad en el Registro Mercantil provincial (si el notario no lo hizo) en https://sede.registradores.org/site/mercantil adjuntando escritura y 600.
- 5.Solicitas el NIF provisional en la AEAT con Modelo 036 en https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresas-y-profesionales/censos-nif-iva.html adjuntando la escritura.
- 6.Con la inscripción, canjeas a NIF definitivo y haces el alta censal completa en el Modelo 036: epígrafes IAE, IVA, retenciones y domicilio fiscal.
- 7.Pides certificado digital de representante para la nueva sociedad en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/representante-para-administradores-unicos-y-solidarios y ya puedes operar online.
- Certificación negativa de denominación social del Registro Mercantil Central (RMC)
- DNI/NIE y NIF de socios y de la persona administradora
- Certificado bancario del desembolso del capital social (si constituyes SL con capital)
- Estatutos sociales y datos de domicilio social y objeto
- Escritura pública de constitución otorgada ante notario
- Justificante del Modelo 600 (ITPAJD exento por constitución) presentado en tu CCAA
- Justificante de inscripción en el Registro Mercantil (nota simple o asiento)
- Modelo 036 presentado (solicitud de NIF provisional/definitivo y alta censal)
Plazos de inscripción y canje de NIF
Presenta la escritura a inscripción en el Registro Mercantil en un máximo de 2 meses. Canjea el NIF provisional por el definitivo en cuanto tengas la inscripción; no actualizar el censo (Modelo 036) puede acarrear sanción fija (habitual 200€).
ITPAJD exento, pero obligatorio
Aunque la constitución esté exenta, el Modelo 600 hay que presentarlo sí o sí en tu CCAA. Si no, el Registro no inscribe.
Nombre social caduca
La certificación negativa de denominación tiene validez limitada. No te duermas o tendrás que pedirla de nuevo.
Sede de Registradores caprichosa
La presentación telemática mercantil a veces falla. Prueba con Chrome/Windows y, si te desespera, que el notario envíe la copia telemática.
¿Qué necesito para completar Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT sin que me lo rechacen?
Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Puedo usar un nombre parecido al de mi empresa actual?
Si induce a confusión, el Registro Mercantil Central te lo tumba. Pide siempre la certificación negativa antes de ir a notaría y evita palabras reservadas sin permiso.
¿Me pueden multar si no presento el Modelo 036 para el NIF?
Sí. No presentar o actualizar el censo lleva sanción fija (típicamente 200€). Además, sin NIF definitivo no podrás operar con normalidad.
¿Se puede hacer todo online?
Casi todo: denominación, inscripción (si el notario envía telemáticamente) y AEAT (036) van online con Cl@ve o certificado. La firma de la escritura es presencial salvo firma electrónica en PAE/notaría con cita.
¿Hace falta ingresar 3.000€ de capital para una SL?
Desde la SL de formación sucesiva puedes constituir con 1€. Eso sí, tendrás límites de reparto y reservas obligatorias hasta alcanzar el capital estándar. Consulta con tu notaría.
¿Cuánto tarda el NIF definitivo?
Con la escritura inscrita, el canje a definitivo con el Modelo 036 suele resolverse en pocos días si la documentación está bien. Mientras, puedes operar con el NIF provisional con limitaciones.
¿Puedo domiciliar la sociedad en mi casa?
Sí, si tus estatutos lo permiten y no incumples normativa municipal o de comunidad de propietarios. Para la AEAT basta un domicilio fiscal claro y acreditable.
¿Qué es Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT y ante qué organismo se presenta?
Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT es un trámite gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Trámite oficial de Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT?
El coste de Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de Registro Mercantil / AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT?
El tiempo estimado para Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Registro Mercantil / AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT?
Para Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT necesita cita previa?
Sí, Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT normalmente requiere cita previa en Registro Mercantil / AEAT. Reserva con antelación porque la disponibilidad suele ser limitada.
¿Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT obliga a inscripción en el Registro Mercantil?
Determinadas operaciones derivadas de Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT requieren inscripción registral. Confirma con tu asesor o con el Registro Mercantil provincial la necesidad concreta en tu caso.
¿Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT aplica a autónomos y a sociedades?
Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT puede afectar de forma distinta a autónomos y a sociedades. Revisa las obligaciones específicas de tu forma jurídica antes de presentarlo.
¿Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT genera obligaciones periódicas adicionales?
Algunos trámites empresariales como Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT implican obligaciones posteriores (declaraciones, libros, depósito de cuentas). Planifícalo con tu asesor para evitar sanciones.
¿Qué necesito para completar Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT sin que me lo rechacen?
Para completar Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Dar de alta una empresa adicional (nueva sociedad) en Registro Mercantil y AEAT tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.
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Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Entras en https://www.rmc.es y pides la “Certificación negativa de denominación social” para el nombre de la nueva sociedad.
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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