Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)
Para cuando tu sociedad empieza una nueva actividad: amplías el objeto social si no lo cubre y das de alta el epígrafe IAE en la AEAT. Sirve para sociedades que quieren facturar algo nuevo sin comerse una sanción por no actualizar el censo.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Registro Mercantil / AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Certificado digital de representante instalado y funcionando con AutoFirma.
- Estatutos vigentes y tu escritura de constitución.
- Texto claro del nuevo objeto (si hay que ampliarlo) y acuerdo de junta.
- Epígrafes IAE exactos (código y descripción) que vas a dar de alta.
- Datos del local (dirección y referencia catastral) si la actividad se hace en un sitio físico.
- IBAN si vas a domiciliar impuestos.
Documentación
- Acta o certificado de la junta aprobando la modificación del objeto social (si hace falta).
- Escritura pública de modificación de estatutos otorgada ante notario.
- NIF de la sociedad y datos del administrador.
- Listado de epígrafes IAE a añadir.
- Contrato del local o título habilitante (si lo hay), con referencia catastral.
- Poderes de representación si firma un apoderado.
Paso a paso
- Comprueba el objeto social: si la nueva actividad no cabe, redacta el nuevo texto (sin vaguedades) y apruébalo en junta.
- Notaría: lleva el acuerdo, elevas a público la modificación y te entregan la escritura.
- Registro Mercantil: presenta la escritura en tu RM (mejor online en sede.registradores.org). Paga aranceles y espera la inscripción y el BORME.
- AEAT – Modelo 036: entra en la sede, trámite de declaración censal. Marca “Modificación”, añade los epígrafes IAE, la fecha de inicio, regímenes de IVA/IS y el domicilio de la actividad. Firma y presenta; guarda el justificante.
- IAE – Modelo 840 (si procede): si no estás exento, da de alta los epígrafes con cuota. Si estás exento, no lo presentes; con el 036 vale.
- Revisión: ajusta libros de IVA, facturación y contratos para que cuadre con la actividad nueva. Si hay empleados o local, prepara trámites de Seguridad Social y de apertura de centro de trabajo.
Trucos que te ahorran tiempo
- Presenta primero el 036 si ya estás cubierto por el objeto. Si no lo estás, modifica estatutos antes para evitar incoherencias.
- Lleva un listado de epígrafes IAE alternativos por si el que creías no aplica; cambiar en el 036 es rápido.
- Autofirma abierto y actualizado evita el clásico error de firma en AEAT y Registradores.
- Pide al notario copia simple electrónica: te servirá para subsanar en el RM sin paseos.
Errores frecuentes
- Elegir un epígrafe IAE equivocado y luego verte sin posibilidad de aplicar el régimen de IVA correcto. Solución: revisa el listado y, si dudas, elige el más específico; corrige con otro 036 cuanto antes.
- No modificar el objeto social cuando toca: el RM te pondrá una nota y te frenará otras gestiones (bancos, licencias). Haz la modificación si hay riesgo.
- Presentar fuera de plazo el 036: te puede caer la sanción de 200 € por obligaciones censales. No esperes a “cuando facture”.
- Meter un local sin referencia catastral: el 036 te lo puede pedir y te bloqueará el envío. Tenla a mano.
- Intentar firmar con Cl@ve como sociedad: para personas jurídicas, certificado de representante. Con Cl@ve te dará error y perderás la tarde.
- 1.Revisa tus estatutos: si la actividad nueva no encaja en el objeto social, convoca junta y aprueba la modificación (acuerdo claro con el texto nuevo del objeto).
- 2.Vas a la notaría con el acuerdo: elevas a público la modificación de estatutos y te llevas la escritura firmada.
- 3.Inscribes la escritura en el Registro Mercantil de tu provincia; si presentas online, usa sede.registradores.org con tu certificado (https://sede.registradores.org/site/mercantil). Luego lo publican en el BORME (https://www.boe.es/borme).
- 4.Actualizas el censo en la AEAT con Modelo 036 marcando 'Modificación' e indicando los nuevos epígrafes IAE, fecha de inicio, régimen de IVA/IS, y domicilio de la actividad (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/censos-nif-domicilio-fiscal.html).
- 5.Si NO estás exento de IAE (cifra de negocios ≥ 1.000.000 € y no en periodo de exención), presentas el Modelo 840 de alta en el IAE por los epígrafes nuevos (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/tributos/impuesto-actividades-economicas.html).
- 6.Si la nueva actividad se hace en un local nuevo, guarda el contrato/cesión y ten la referencia catastral: la AEAT te la pide en el 036 y te conviene para licencias municipales.
- Escritura de constitución y estatutos vigentes de la sociedad
- Certificado digital de representante de la sociedad (FNMT) o Cl@ve del administrador
- Acta/acuerdo de la junta sobre modificación del objeto social (si la nueva actividad no está recogida)
- Escritura pública de modificación de estatutos (si aplica)
- Listado de epígrafes IAE exactos (código y descripción) que vas a dar de alta
- Datos del local o centro donde se hará la nueva actividad: dirección completa y referencia catastral
- IBAN de la empresa para posibles domiciliaciones de impuestos
- Poderes de representación si firma un apoderado distinto del administrador
Plazos del 036
Tienes 1 mes desde que cambie la actividad/obligaciones para presentar el Modelo 036. Si empiezas a facturar sin estar en el censo correcto, te arriesgas a sanción fija (art. 198 LGT, 200 €), reducible si pagas pronto.
IAE: no pagues si estás exento
La mayoría de sociedades están exentas de pagar IAE si su cifra de negocios es < 1.000.000 € o durante los dos primeros años. Si estás exento, no presentes Modelo 840 de alta de cuota: basta con el 036 con epígrafes.
Objeto social desfasado
Si tu objeto social no cubre lo nuevo, modifica estatutos ANTES de dar de alta la actividad en la AEAT. Si no, el RM puede tumbar el depósito de cuentas y te rechazarán trámites donde pidan coherencia con el objeto.
Firma y navegadores
Para inscribir online en Registradores y firmar en AEAT necesitas certificado y AutoFirma. Evita Safari; en Windows tira de Edge o Chrome, y ejecuta AutoFirma antes de entrar.
¿Qué necesito para completar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) sin que me lo rechacen?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Tengo que cambiar el objeto social si solo añado una actividad secundaria parecida?
Si la actividad nueva encaja literalmente en tu objeto actual, no. Si no aparece o es de otro sector, toca modificar estatutos. Es mejor afinar ahora que pelear luego con el Registro o con bancos/proveedores.
¿Qué epígrafe IAE elijo si mi actividad es online y difusa?
Elige por la actividad efectiva (venta, servicios, intermediación). La AEAT publica listados de epígrafes; si dudas, selecciona el más específico y evita duplicar. Si te equivocas, puedes rectificar con otro 036.
¿Me pueden multar si empiezo a facturar sin haber presentado el 036 de modificación?
Sí. Es obligación censal comunicar cambios en plazo y pueden sancionarte (200 € base) además de líos con IVA/retenciones mal configuradas. Presenta el 036 antes de la primera factura.
¿Puedo hacer el 036 con Cl@ve o necesito el certificado de representante?
Como sociedad, usa certificado de representante. Cl@ve funciona para personas físicas; para sociedades lo normal es certificado FNMT de representante o DNIe del administrador con poderes.
¿Cuánto tarda el Registro Mercantil en inscribir la modificación del objeto?
Suele ir de 7 a 15 días hábiles si la escritura está bien y pagas aranceles sin demoras. Luego publican en el BORME. Si hay defectos, te emiten nota y el reloj se para hasta que subsanes.
¿Hay que avisar a la Seguridad Social si abro un local o contrato gente para la actividad nueva?
Sí. Si abres centro de trabajo o contratas, tramita CCC/alta en Sistema RED y comunicación de apertura de centro de trabajo en tu comunidad. No es parte del 036, pero te lo pedirán si tienes plantilla.
¿Qué es Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) y ante qué organismo se presenta?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es un trámite gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Trámite oficial de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
El coste de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de Registro Mercantil / AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
El tiempo estimado para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Registro Mercantil / AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
Para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) necesita cita previa?
No, Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) obliga a inscripción en el Registro Mercantil?
Determinadas operaciones derivadas de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) requieren inscripción registral. Confirma con tu asesor o con el Registro Mercantil provincial la necesidad concreta en tu caso.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) aplica a autónomos y a sociedades?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) puede afectar de forma distinta a autónomos y a sociedades. Revisa las obligaciones específicas de tu forma jurídica antes de presentarlo.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) genera obligaciones periódicas adicionales?
Algunos trámites empresariales como Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) implican obligaciones posteriores (declaraciones, libros, depósito de cuentas). Planifícalo con tu asesor para evitar sanciones.
¿Qué necesito para completar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) sin que me lo rechacen?
Para completar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) tiene una tasa oficial variable en Registro Mercantil / AEAT y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
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Información oficial verificada y actualizada.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
50%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Revisa tus estatutos: si la actividad nueva no encaja en el objeto social, convoca junta y aprueba la modificación (acuerdo claro con el texto nuevo del objeto).
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
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