Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)
Para cuando tu sociedad empieza una nueva actividad: amplías el objeto social si no lo cubre y das de alta el epígrafe IAE en la AEAT. Sirve para sociedades que quieren facturar algo nuevo sin comerse una sanción por no actualizar el censo.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Registro Mercantil / AEAT
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Te explicamos cómo hacerlo
Una guía clara, sin jerga, con los pasos oficiales y los documentos que necesitas.
Ver la guíaInformación oficial verificada y actualizada.
Hecho por profesionales
Un gestor lo hace por ti
Cuéntale tu caso y recibe un presupuesto sin compromiso.
Ver gestores disponiblesPago protegido: el gestor solo cobra cuando el trabajo avanza.
- 1.Revisa tus estatutos: si la actividad nueva no encaja en el objeto social, convoca junta y aprueba la modificación (acuerdo claro con el texto nuevo del objeto).
- 2.Vas a la notaría con el acuerdo: elevas a público la modificación de estatutos y te llevas la escritura firmada.
- 3.Inscribes la escritura en el Registro Mercantil de tu provincia; si presentas online, usa sede.registradores.org con tu certificado (https://sede.registradores.org/site/mercantil). Luego lo publican en el BORME (https://www.boe.es/borme).
- 4.Actualizas el censo en la AEAT con Modelo 036 marcando 'Modificación' e indicando los nuevos epígrafes IAE, fecha de inicio, régimen de IVA/IS, y domicilio de la actividad (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/censos-nif-domicilio-fiscal.html).
- 5.Si NO estás exento de IAE (cifra de negocios ≥ 1.000.000 € y no en periodo de exención), presentas el Modelo 840 de alta en el IAE por los epígrafes nuevos (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/tributos/impuesto-actividades-economicas.html).
- 6.Si la nueva actividad se hace en un local nuevo, guarda el contrato/cesión y ten la referencia catastral: la AEAT te la pide en el 036 y te conviene para licencias municipales.
- Escritura de constitución y estatutos vigentes de la sociedad
- Certificado digital de representante de la sociedad (FNMT) o Cl@ve del administrador
- Acta/acuerdo de la junta sobre modificación del objeto social (si la nueva actividad no está recogida)
- Escritura pública de modificación de estatutos (si aplica)
- Listado de epígrafes IAE exactos (código y descripción) que vas a dar de alta
- Datos del local o centro donde se hará la nueva actividad: dirección completa y referencia catastral
- IBAN de la empresa para posibles domiciliaciones de impuestos
- Poderes de representación si firma un apoderado distinto del administrador
Plazos del 036
Tienes 1 mes desde que cambie la actividad/obligaciones para presentar el Modelo 036. Si empiezas a facturar sin estar en el censo correcto, te arriesgas a sanción fija (art. 198 LGT, 200 €), reducible si pagas pronto.
IAE: no pagues si estás exento
La mayoría de sociedades están exentas de pagar IAE si su cifra de negocios es < 1.000.000 € o durante los dos primeros años. Si estás exento, no presentes Modelo 840 de alta de cuota: basta con el 036 con epígrafes.
Objeto social desfasado
Si tu objeto social no cubre lo nuevo, modifica estatutos ANTES de dar de alta la actividad en la AEAT. Si no, el RM puede tumbar el depósito de cuentas y te rechazarán trámites donde pidan coherencia con el objeto.
Firma y navegadores
Para inscribir online en Registradores y firmar en AEAT necesitas certificado y AutoFirma. Evita Safari; en Windows tira de Edge o Chrome, y ejecuta AutoFirma antes de entrar.
¿Tengo que cambiar el objeto social si solo añado una actividad secundaria parecida?
Si la actividad nueva encaja literalmente en tu objeto actual, no. Si no aparece o es de otro sector, toca modificar estatutos. Es mejor afinar ahora que pelear luego con el Registro o con bancos/proveedores.
¿Qué epígrafe IAE elijo si mi actividad es online y difusa?
Elige por la actividad efectiva (venta, servicios, intermediación). La AEAT publica listados de epígrafes; si dudas, selecciona el más específico y evita duplicar. Si te equivocas, puedes rectificar con otro 036.
¿Me pueden multar si empiezo a facturar sin haber presentado el 036 de modificación?
Sí. Es obligación censal comunicar cambios en plazo y pueden sancionarte (200 € base) además de líos con IVA/retenciones mal configuradas. Presenta el 036 antes de la primera factura.
¿Puedo hacer el 036 con Cl@ve o necesito el certificado de representante?
Como sociedad, usa certificado de representante. Cl@ve funciona para personas físicas; para sociedades lo normal es certificado FNMT de representante o DNIe del administrador con poderes.
¿Cuánto tarda el Registro Mercantil en inscribir la modificación del objeto?
Suele ir de 7 a 15 días hábiles si la escritura está bien y pagas aranceles sin demoras. Luego publican en el BORME. Si hay defectos, te emiten nota y el reloj se para hasta que subsanes.
¿Hay que avisar a la Seguridad Social si abro un local o contrato gente para la actividad nueva?
Sí. Si abres centro de trabajo o contratas, tramita CCC/alta en Sistema RED y comunicación de apertura de centro de trabajo en tu comunidad. No es parte del 036, pero te lo pedirán si tienes plantilla.
¿Qué es Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) y ante qué organismo se presenta?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es un trámite gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Trámite oficial de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) gestionado por Registro Mercantil / AEAT. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
El coste de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es Variable. Verifica importes actualizados en la sede de Registro Mercantil / AEAT antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
El tiempo estimado para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Registro Mercantil / AEAT y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT)?
Para Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) necesita cita previa?
No, Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) obliga a inscripción en el Registro Mercantil?
Determinadas operaciones derivadas de Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) requieren inscripción registral. Confirma con tu asesor o con el Registro Mercantil provincial la necesidad concreta en tu caso.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) aplica a autónomos y a sociedades?
Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) puede afectar de forma distinta a autónomos y a sociedades. Revisa las obligaciones específicas de tu forma jurídica antes de presentarlo.
¿Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) genera obligaciones periódicas adicionales?
Algunos trámites empresariales como Añadir una actividad adicional a tu empresa (Registro Mercantil + AEAT) implican obligaciones posteriores (declaraciones, libros, depósito de cuentas). Planifícalo con tu asesor para evitar sanciones.
Acción inmediata
Inicia la preparación guiada
goveasy puede iniciar una preparación guiada y acompañarte hasta el paso oficial, pero la validación o resolución final sigue dependiendo del organismo.
Tu progreso
96%- Entender
- Preparar
- Ejecutar
- Seguimiento
Tu siguiente paso
1.Revisa tus estatutos: si la actividad nueva no encaja en el objeto social, convoca junta y aprueba la modificación (acuerdo claro con el texto nuevo del objeto).
- Validamos la documentación antes del envío
- Guardamos tu progreso: puedes continuar más tarde
- Te avisamos de plazos y cambios de estado
¿Quieres guardarlo y recibir avisos? Crea una cuenta gratis
Asistente del expediente
Crea el expediente, prepara documentos, detecta riesgos y te indica solo el siguiente paso.
Gestor administrativo
Para casos complejos o urgentes.
Todo en un solo panel
Gestiona este trámite y todos los demás desde GovEasy Pro
Rellena modelos oficiales, almacena justificantes y delega lo que importa. Cancela cuando quieras. Desde 9,99 €/mes.