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Guía pública

Dar de alta una vivienda adicional en el Catastro (alteración física 901N/902N)

Cédulas y certificados energéticos caducan. Sin vigentes, el contrato puede anularse.

Sirve para declarar al Catastro que en tu inmueble ahora existe una vivienda adicional (por obra, segregación interior o cambio de uso). Te permite que cada vivienda tenga su referencia catastral y que el IBI se calcule como toca.

Empezar trámiteGratis · sin tarjeta · guardas el progreso
Fuente oficial enlazada7 pasos6 documentos
Plazo
3–8 semanas (puede alargarse si hay requerimientos)
Coste
Gratuito
Oficial
Fuente oficial

Qué hace GovEasy

  • Prepara el expediente y la documentación
  • Detecta errores frecuentes antes del envío
  • Guarda tu progreso y te avisa de plazos

Qué hace el organismo

Ministerio de Vivienda / Catastro

  • Recibe y revisa tu solicitud
  • Emite la resolución o el documento oficial

Guía completa

Requisitos previos
  1. Tener Cl@ve, certificado digital o DNIe operativo. Si firmas online, instala AutoFirma.
  2. Obra terminada y licencia que ampara la creación de la vivienda. Si tu ayuntamiento usa declaración responsable, llévala también.
  3. Si buscas referencia catastral independiente, tener la división horizontal o título urbanístico que lo permita.
Documentación
  • DNI/NIE del declarante y, si procede, autorización o poder.
  • Referencia catastral del inmueble origen.
  • Licencia de obra y, si aplica, licencia de primera ocupación o declaración responsable.
  • Certificado final de obra y planos acotados con superficies por vivienda, firmados por técnico.
  • Escritura de obra nueva/división horizontal o documento que acredite el acto.
  • Último recibo del IBI para cruzar datos.
Paso a paso
  1. Entra en sedecatastro.gob.es y identifícate.
  2. Ve a Declaraciones catastrales y elige 901N (nueva construcción/cambio de uso) o 902N (ampliación, reforma, segregación interior). Para una vivienda adicional en edificio existente, suele ser 902N.
  3. Rellena: fecha fin de obra, descripción, superficies (construida/útil), uso (residencial) y datos de contacto.
  4. Adjunta PDF: licencia, certificado final de obra, planos, escritura/título. Mejor un informe técnico breve explicando la segregación.
  5. Firma y presenta. Descarga el justificante.
  6. Si prefieres presencial, pide cita en tu Gerencia del Catastro desde la sede, imprime el modelo y lleva originales y copias.
  7. Revisa Carpeta Ciudadana y la sede por si hay requerimientos (suelen dar 10 días hábiles). Responde a tiempo.
  8. Recibida la resolución, comprueba la Consulta Descriptiva y Gráfica y verifica después tu IBI en el ayuntamiento.
Consejos de experto
  • Si quieres referencias independientes, adjunta división horizontal con coeficientes. Evita idas y venidas.
  • En superficies, usa los mismos criterios que Catastro (superficie construida con y sin comunes). Tu arquitecto lo clava en 5 minutos.
  • Si lo registró un notario (obra nueva/división), puede que ya hayan comunicado a Catastro, pero no te fíes: compruébalo y declara si no aparece.
  • Si la sede no te deja firmar, AutoFirma actualizado y prueba con Chrome/Edge. Quita bloqueadores raros.
Errores comunes
  • Presentar sin licencia/título habilitante: te lo paran. Adjunta siempre el respaldo urbanístico.
  • No indicar fecha de fin de obra: sin fecha no hay efectos tributarios claros.
  • Subir planos sin acotar ni superficies: te pedirán subsanación y pierdes semanas.
  • Esperar a que el IBI “se actualice solo”: si no declaras en 2 meses, te expones a sanción y a ajustes retroactivos.
  • Pedir cita el día antes: en algunas Gerencias no hay huecos. Si lo necesitas presencial, resérvala antes.
  1. 1.Entras en https://www.sedecatastro.gob.es y te identificas con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
  2. 2.Accedes a Declaraciones catastrales y eliges la alteración física que encaje: 901N (nueva construcción/cambio de uso) o 902N (ampliaciones, reformas, segregaciones interiores).
  3. 3.Rellenas el modelo: datos del inmueble (referencia catastral), fecha de fin de obra, descripción de la nueva vivienda, superficies construidas/útiles y uso (residencial).
  4. 4.Adjuntas en PDF la licencia, el certificado final de obra, los planos, y la escritura o título habilitante. Firmas y presentas. Guarda el justificante.
  5. 5.Si lo haces presencial, desde la sede pides cita en tu Gerencia/Subgerencia del Catastro, imprimes el modelo 901N/902N cumplimentado y llevas originales y copias.
  6. 6.Vigila las notificaciones en https://carpetaciudadana.gob.es o en la sede del Catastro. Si te requieren, contesta en plazo (normalmente 10 días hábiles) adjuntando lo que falte.
  7. 7.Cuando te notifiquen la resolución, comprueba la nueva referencia catastral/elemento en la Consulta Descriptiva y Gráfica y revisa después el IBI con tu ayuntamiento.
  • DNI/NIE y, si actúas por otro, autorización o poder de representación firmado
  • Referencia catastral del inmueble original (sale en el IBI o en sedecatastro.gob.es)
  • Licencia municipal de obra y, si aplica, licencia de primera ocupación o declaración responsable
  • Certificado final de obra y planos acotados con superficies por vivienda, firmados por técnico
  • Escritura de obra nueva/división horizontal o título jurídico que ampare la creación de la nueva vivienda
  • Recibo del IBI más reciente (para cruzar datos) y datos de la comunidad si hay división horizontal

¿Qué necesito para completar Dar de alta una vivienda adicional en el Catastro (alteración física 901N/902N) sin que me lo rechacen?

Dar de alta una vivienda adicional en el Catastro (alteración física 901N/902N) es gratuito en Ministerio de Vivienda / Catastro y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, hay que aportar 4 documentos a lo largo de 6 pasos, y la sede rechaza el envío completo si un solo dato no coincide con el que consta en el registro. GovEasy reúne y comprueba los 4 documentos antes de tocar la sede, para que el envío no se rechace por un dato descuadrado, y si no tienes la identificación digital o la cita, un gestor colegiado del marketplace la gestiona y lo presenta por ti.

  • Cl@ve activa (PIN o permanente)
  • GovEasy (extensión + gestor colegiado)
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