Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)
Si has creado una vivienda extra (por obra nueva interior, segregación o división de una vivienda en dos), esto sirve para que Catastro lo reconozca, genere el nuevo elemento y, si toca, una nueva referencia catastral. Lo usa el propietario o su representante.
Te explicamos cómo hacerlo
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- 1.Entras en la Sede Electrónica del Catastro: https://www.sedecatastro.gob.es/ y accedes con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- 2.Vas a Trámites → Declaraciones y comunicaciones catastrales y eliges la opción de alteración por construcciones/transformaciones o división en nuevas viviendas.
- 3.Rellenas la declaración: identificas el inmueble de origen por referencia catastral y detallas la vivienda adicional (superficie, uso vivienda, planta, acceso, cuota en división si aplica).
- 4.Adjuntas en PDF la licencia municipal, certificado final de obra, planos acotados y, si la tienes, la escritura de obra nueva/división horizontal. Comprueba que superficies y linderos cuadran.
- 5.Firmas electrónicamente la declaración y la presentas. Descarga el justificante y anota el número de expediente.
- 6.Revisas el estado del expediente desde tu área en la Sede del Catastro y, si te llega un requerimiento, respondes online adjuntando lo que te pidan (suelen dar 10 días hábiles).
- 7.Cuando resuelvan, compruebas la nueva situación catastral y la referencia catastral asignada al nuevo elemento. Guarda la resolución para el banco/IBI/seguros.
- DNI/NIE del titular que declara (o del representante con autorización)
- Referencia catastral del inmueble original (sale en el IBI o en sedecatastro.gob.es)
- Licencia urbanística del Ayuntamiento (obra/división) o resolución equivalente
- Certificado final de obra y, si procede, certificado de eficiencia energética
- Planos acotados de la nueva distribución (superficies útiles y construidas, y croquis de acceso)
- Escritura de declaración de obra nueva y/o división horizontal (si ya la has otorgado e inscrito)
- Recibo del IBI más reciente del inmueble de origen
- Documento de representación (si lo presenta un administrador/gestor; vale apoderamiento en el Registro de Apoderamientos o autorización firmada)
Plazo legal: 2 meses
Tienes 2 meses desde que termina la obra o desde la escritura/acto que crea la vivienda para declararlo al Catastro. Si lo dejas pasar, te pueden requerir, sancionar y practicar liquidaciones complementarias de IBI.
Sin licencia o sin división horizontal, te van a parar
Si la vivienda adicional nace de una división, Catastro te pedirá licencia y, normalmente, la escritura/inscripción de división horizontal. Sin eso, el expediente se queda en subsanación eterna.
AutoFirma y navegador
Para firmar con certificado, usa AutoFirma actualizado. La Sede suele ir mejor en Chrome o Edge. Si no carga la firma, prueba a desactivar bloqueadores o usar modo incógnito.
¿Me pueden multar si no declaro la nueva vivienda al Catastro?
Sí. No declarar alteraciones es infracción tributaria. Además, te pueden girar IBI complementario cuando lo detecten (notaría, registro, inspección o fotos aéreas). Mejor declarar en plazo.
¿Necesito tener inscrita la división horizontal antes de declarar?
En la práctica, sí. Si la vivienda adicional implica nuevos elementos privativos, Catastro suele pedir la escritura de obra nueva/división horizontal y/o su inscripción. Sin eso, te requerirán y no resolverán.
¿Me asignan una nueva referencia catastral para la vivienda adicional?
Si nace un nuevo elemento independiente (otra puerta), sí: tendrá su referencia catastral propia. Si solo amplías superficie de la vivienda existente, se actualiza la misma referencia.
¿Sube el IBI al declarar una vivienda adicional?
Normalmente sí, porque aumenta el valor catastral al haber más superficie/elementos. El cambio suele surtir efecto en el ejercicio siguiente, salvo regularizaciones.
¿Puedo presentar esto en papel en el Registro o en el Ayuntamiento?
Puedes presentarlo por registro (presencial o por ORVE) dirigido al Catastro, pero te rogarán lo mismo: licencia, planos y escrituras. Online con Cl@ve es más rápido y te ahorras paseos.
¿Y si lo comunica el notario o el Registro por mí?
Si otorgas escritura de obra nueva/división horizontal, notaría y registro suelen comunicarlo. Aun así, revisa en sedecatastro.gob.es que se ha tramitado, por si falta algún plano o hay discrepancias.
¿Qué es Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) y ante qué organismo se presenta?
Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es un trámite gestionado por Ministerio de Vivienda / Catastro. Trámite oficial de Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) gestionado por Ministerio de Vivienda / Catastro. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
El coste de Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de Ministerio de Vivienda / Catastro antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
El tiempo estimado para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Ministerio de Vivienda / Catastro y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
Para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) necesita cita previa?
No, Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es compatible con otras ayudas de vivienda?
La compatibilidad de Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) con otras ayudas depende del programa autonómico y estatal aplicable. Revisa las bases vigentes antes de concurrir a varias convocatorias.
¿Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) afecta al contrato de alquiler o hipoteca?
Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) puede exigir presentar copia del contrato de alquiler o escritura de hipoteca vigente. Tenlos a mano al iniciar la solicitud.
¿Cómo justifico mi nivel de renta en Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
Para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) suele pedirse la última declaración de la renta o certificado de imputaciones de la AEAT. Descárgalo previamente desde la sede electrónica de la AEAT.
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