Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)
Si has creado una vivienda extra (por obra nueva interior, segregación o división de una vivienda en dos), esto sirve para que Catastro lo reconozca, genere el nuevo elemento y, si toca, una nueva referencia catastral. Lo usa el propietario o su representante.
Qué hace GovEasy
- Prepara el expediente y la documentación
- Detecta errores frecuentes antes del envío
- Guarda tu progreso y te avisa de plazos
Qué hace el organismo
Ministerio de Vivienda / Catastro
- Recibe y revisa tu solicitud
- Emite la resolución o el documento oficial
Guía completa
Lo que necesitas tener a mano
- Cl@ve, certificado digital o DNIe funcionando y AutoFirma actualizado.
- Referencia catastral del inmueble original (mírala en el IBI o en sedecatastro.gob.es).
- Licencia municipal que ampara la obra/división.
- Certificado final de obra y planos acotados con superficies útiles y construidas.
- Escritura de obra nueva y/o división horizontal si ya la firmaste (ayuda muchísimo).
- Teléfono y correo para avisos del expediente.
Documentación
- DNI/NIE del titular o autorización/representación si lo presenta otro.
- Licencia urbanística o resolución equivalente del Ayuntamiento.
- Certificado final de obra y, si aplica, certificado energético.
- Planos en PDF legibles: distribución, superficies y acceso a la nueva vivienda.
- Escritura (obra nueva/división) y, si la tienes, nota simple del Registro.
- Recibo IBI del inmueble de origen (para cruzar datos).
Paso a paso
- Entra en https://www.sedecatastro.gob.es/ y accede con Cl@ve/certificado.
- Abre Trámites → Declaraciones y comunicaciones catastrales y elige la opción que encaje: nueva construcción/ampliación o división en varias viviendas.
- Identifica el inmueble con la referencia catastral y completa los datos de la vivienda adicional (uso: vivienda, planta, superficie, acceso, cuota en división horizontal).
- Adjunta licencia, final de obra, planos y escritura (si la tienes). Ojo con las superficies: que cuadren con la licencia y el proyecto.
- Firma y presenta. Descarga el justificante y guarda el número de expediente.
- Vigila tu bandeja de notificaciones y el estado del expediente. Si te requieren, responde en plazo (suelen ser 10 días hábiles) adjuntando lo que falte.
- Cuando salga la resolución, comprueba la nueva referencia catastral y que los metros y usos estén bien. Si hay errores, pide subsanación.
Trucos que te ahorran tiempo
- Si ya tienes división horizontal inscrita, adjunta la escritura: te evitará requerimientos.
- Sube los planos con medidas claras y una tabla de superficies (útil/const.), y marca el acceso. Evita fotos borrosas.
- Usa Chrome o Edge con AutoFirma. Si falla la firma, cierra y reabre en modo incógnito.
- Anota en un papel las superficies y revisa que sumen igual que en la licencia. Un metro de más y te lo devuelven.
Errores frecuentes
- Presentar sin licencia o sin escritura cuando hay división: requerimiento asegurado.
- Superficies que no cuadran entre planos, licencia y lo que declaras.
- Olvidar el plazo de 2 meses desde la obra/escritura: te expones a sanción e IBI complementario.
- Adjuntar planos sin acotar o ilegibles.
- No revisar la bandeja de notificaciones y dejar pasar un requerimiento.
- 1.Entras en la Sede Electrónica del Catastro: https://www.sedecatastro.gob.es/ y accedes con Cl@ve, certificado digital o DNIe.
- 2.Vas a Trámites → Declaraciones y comunicaciones catastrales y eliges la opción de alteración por construcciones/transformaciones o división en nuevas viviendas.
- 3.Rellenas la declaración: identificas el inmueble de origen por referencia catastral y detallas la vivienda adicional (superficie, uso vivienda, planta, acceso, cuota en división si aplica).
- 4.Adjuntas en PDF la licencia municipal, certificado final de obra, planos acotados y, si la tienes, la escritura de obra nueva/división horizontal. Comprueba que superficies y linderos cuadran.
- 5.Firmas electrónicamente la declaración y la presentas. Descarga el justificante y anota el número de expediente.
- 6.Revisas el estado del expediente desde tu área en la Sede del Catastro y, si te llega un requerimiento, respondes online adjuntando lo que te pidan (suelen dar 10 días hábiles).
- 7.Cuando resuelvan, compruebas la nueva situación catastral y la referencia catastral asignada al nuevo elemento. Guarda la resolución para el banco/IBI/seguros.
- DNI/NIE del titular que declara (o del representante con autorización)
- Referencia catastral del inmueble original (sale en el IBI o en sedecatastro.gob.es)
- Licencia urbanística del Ayuntamiento (obra/división) o resolución equivalente
- Certificado final de obra y, si procede, certificado de eficiencia energética
- Planos acotados de la nueva distribución (superficies útiles y construidas, y croquis de acceso)
- Escritura de declaración de obra nueva y/o división horizontal (si ya la has otorgado e inscrito)
- Recibo del IBI más reciente del inmueble de origen
- Documento de representación (si lo presenta un administrador/gestor; vale apoderamiento en el Registro de Apoderamientos o autorización firmada)
Plazo legal: 2 meses
Tienes 2 meses desde que termina la obra o desde la escritura/acto que crea la vivienda para declararlo al Catastro. Si lo dejas pasar, te pueden requerir, sancionar y practicar liquidaciones complementarias de IBI.
Sin licencia o sin división horizontal, te van a parar
Si la vivienda adicional nace de una división, Catastro te pedirá licencia y, normalmente, la escritura/inscripción de división horizontal. Sin eso, el expediente se queda en subsanación eterna.
AutoFirma y navegador
Para firmar con certificado, usa AutoFirma actualizado. La Sede suele ir mejor en Chrome o Edge. Si no carga la firma, prueba a desactivar bloqueadores o usar modo incógnito.
¿Qué necesito para completar Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) sin que me lo rechacen?
Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es gratuito en Ministerio de Vivienda / Catastro y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
- Cl@ve activa (PIN o permanente)
- GovEasy (extensión + gestor colegiado)
¿Me pueden multar si no declaro la nueva vivienda al Catastro?
Sí. No declarar alteraciones es infracción tributaria. Además, te pueden girar IBI complementario cuando lo detecten (notaría, registro, inspección o fotos aéreas). Mejor declarar en plazo.
¿Necesito tener inscrita la división horizontal antes de declarar?
En la práctica, sí. Si la vivienda adicional implica nuevos elementos privativos, Catastro suele pedir la escritura de obra nueva/división horizontal y/o su inscripción. Sin eso, te requerirán y no resolverán.
¿Me asignan una nueva referencia catastral para la vivienda adicional?
Si nace un nuevo elemento independiente (otra puerta), sí: tendrá su referencia catastral propia. Si solo amplías superficie de la vivienda existente, se actualiza la misma referencia.
¿Sube el IBI al declarar una vivienda adicional?
Normalmente sí, porque aumenta el valor catastral al haber más superficie/elementos. El cambio suele surtir efecto en el ejercicio siguiente, salvo regularizaciones.
¿Puedo presentar esto en papel en el Registro o en el Ayuntamiento?
Puedes presentarlo por registro (presencial o por ORVE) dirigido al Catastro, pero te rogarán lo mismo: licencia, planos y escrituras. Online con Cl@ve es más rápido y te ahorras paseos.
¿Y si lo comunica el notario o el Registro por mí?
Si otorgas escritura de obra nueva/división horizontal, notaría y registro suelen comunicarlo. Aun así, revisa en sedecatastro.gob.es que se ha tramitado, por si falta algún plano o hay discrepancias.
¿Qué es Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) y ante qué organismo se presenta?
Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es un trámite gestionado por Ministerio de Vivienda / Catastro. Trámite oficial de Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) gestionado por Ministerio de Vivienda / Catastro. Incluye guía completa, requisitos y plazos reales según normativa vigente.
¿Cuánto cuesta realizar Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
El coste de Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es Gratis. Verifica importes actualizados en la sede de Ministerio de Vivienda / Catastro antes de presentarlo.
¿Cuánto tarda Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
El tiempo estimado para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es 1–4 semanas. Puede variar según la carga del organismo Ministerio de Vivienda / Catastro y la complejidad del expediente.
¿Qué sistema de identificación necesito para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
Para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) el usuario requiere Cl@ve (PIN o permanente). Si no dispones del medio exigido, valora alternativas presenciales o apoderamiento.
¿Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) necesita cita previa?
No, Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) se puede iniciar sin cita previa. Puedes comenzar directamente por la sede electrónica o ventanilla correspondiente.
¿Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es compatible con otras ayudas de vivienda?
La compatibilidad de Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) con otras ayudas depende del programa autonómico y estatal aplicable. Revisa las bases vigentes antes de concurrir a varias convocatorias.
¿Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) afecta al contrato de alquiler o hipoteca?
Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) puede exigir presentar copia del contrato de alquiler o escritura de hipoteca vigente. Tenlos a mano al iniciar la solicitud.
¿Cómo justifico mi nivel de renta en Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral)?
Para Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) suele pedirse la última declaración de la renta o certificado de imputaciones de la AEAT. Descárgalo previamente desde la sede electrónica de la AEAT.
¿Qué necesito para completar Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) sin que me lo rechacen?
Para completar Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) necesitas Cl@ve activa. GovEasy prepara el expediente y un gestor colegiado lo presenta por ti. Comunicar al Catastro una vivienda adicional en tu inmueble (alta/modificación catastral) es gratuito en Ministerio de Vivienda / Catastro y se puede presentar por cuenta propia. El punto que interrumpe el trámite es que hace falta Cl@ve activa, y si no está dada de alta el registro previo puede tardar días. Además, el formulario tiene 5 pasos y la sesión de la sede caduca antes de terminar si se interrumpe. GovEasy prepara el expediente completo y comprueba los datos antes de tocar la sede, y si no tienes la identificación digital lista, un gestor colegiado del marketplace lo presenta por ti.
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